Emisión de resolución de acumulación de permisos de régimen de minería artesanal para la modificación a régimen de pequeña minería

acumulacion permisos

Información proporcionada por: Ministerio de Energía y Minas (MEM)

IMPORTANTE

Por motivo de parametrización en el Sistema, en cumplimiento a lo establecido en Decreto Ejecutivo Nro. 198, mediante el cual se dispuso la modificación de la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado IVA del 12 % al 15% para el 2024, se suspende temporalmente el trámite en línea. Lamentamos los inconvenientes ocasionados.

 

Trámite orientado a que los titulares de un derecho minero que se encuentren dentro del régimen de minería artesanal y que cumplan con los actos administrativos favorables, podrán solicitar el cambio al régimen especial de pequeña minería, mediante la acumulación de dos o mas permiso de minería artesanal

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios del trámite son:

Persona Natural - Ecuatoriana o extranjera:  Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente

Persona Jurídica Pública o privada:  Adjudicatarias de título minero y que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de Acumulación de Áreas de Régimen de Minería Artesanal Para la Modificación a Régimen de Pequeña Minería

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Formulario de solicitud impreso del Sistema de Gestión Minera.

2. Escritura pública o copia certificada de la procuración común debidamente inscrita en el registro minero, otorgada por cada uno de los titulares de un permiso de minería artesanal que tienen la voluntad de acumular y modificar dicho permiso

3. Declaración juramentada celebrada ante notario publico de los peticionarios donde conste la voluntad de renunciar al régimen de minería artesanal con el objetivo de acumular y modificar el permiso de minería artesanal y asumir todas las responsabilidades técnicas, económicas, sociales y ambientales que conlleva la concesión bajo el régimen especial de pequeña minería. En dicha declaración deberá constar que los peticionarios no están incursos en las inhabilidades establecidas en el artículo del 153 de la constitución y  20 de la ley de minería

4. Acto administrativo que aprobó la personería jurídica de la asociación o compañía y nombramiento del representante legal. Debidamente inscrito en el correspondiente registro, los cuales contarán con el objeto social único relacionado a la minería y su RUC

5. Copia de actos administrativos previos.

- Declaración juramentada de no afectación de infraestructura
- Registro Ambiental
- Certificado de no afectación a los cuerpos hídricos debidamente aprobados

6. Plan de trabajo técnico.

Contiene:
- Número de hectáreas mineras e identificación de las coordenadas de los vértices del polígono resultante de la nueva superficie, el sistema de referencia PSAD 56 y de conformidad al Art.  32 de la ley de minería
- Ubicación geográfica, determinación parroquia, cantón de la provincia donde se encuentra localizada
- Cronograma de las actividades mineras proyectadas a realizar en el primer año en el régimen especial de pequeña minería
- Descripción de la infraestructura a instalar para cumplir con las actividades mineras planificadas
- Descripción del equipo y maquinaria a utilizar en las actividades planificadas.
- Monto proyectado de inversión

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

1. Completar el formulario en el sistema Sistema de Gestión Minera
2. Ingresar en las oficinas de las Coordinaciones Zonales correspondientes, un oficio dirigido al coordinador zonal adjuntando los documentos habilitantes
3. Atender las observaciones del trámite, si existieren, y enviar mediante correo electrónico, la subsanación de las mismas, en los 10 días laborables posterior a la recepción de la observación
4. Recibir la resolución administrativa correspondiente de manera presencial en las Oficinas de la Coordinación Zonal correspondiente en el plazo establecido.
5. Protocolizar la resolución ante notario público
6. Inscribir la resolución en el Registro Minero de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables
7. Entregar un ejemplar de la resolución, debidamente registrado en la oficina de la Coordinación Zonal correspondiente


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

50%  de Remuneración Básica Unificada - que son valores de la inscripción de la resolución cobrados por la Agencia de Regulación y Control

Depósito en efectivo o transferencia a nombre: Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables
RUC: 1768193080001
Banco: Pichincha
Tipo de cuenta: Corriente
Nro. de cuenta: 2100222767
Sublínea: 1301121925
Correo de confirmación: lorena.quezada@controlrecursosyenergia.gob.ec

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Contáctese con los servidores del Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovable.

Coordinación Zonal Centro            aracely.cruz@energiayminas.gob.ec                 (02) 3976000 ext.3700
Coordinación Zonal Centro Sur    norma.cardenas@energiayminas.gob.ec         (02) 3976-000 ext.3000
Coordinación Zonal Litoral             jessica.garcia@energiayminas.gob.ec              (02) 3976000 ext.3200      
Coordinación Zonal Norte              coordinacion.norte@energiayminas.gob.ec     (02) 3976 000 ext.3300          
Coordinación Zonal Sur                   Yesenia.Gonzalez@energiayminas.gob.ec      (02) 3976000 ext.3600


Lunes a viernes de 08h00 a 17h00


Ibarra: Coordinación Zonal Norte, Calle Juan de Velasco y Sánchez y Cifuentes esq. Edificio La Previsora 2do piso, 02-3976-000 ext. 3300

Tena: Oficina Zonal de Minas Tena: Avenida 15 de Noviembre y Zamora, Edificio Ex. Consejo de la Judicatura, 3er piso- Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3800

Guayaquil: Coordinación Zonal Litoral, Cdla. Los Ceibos Av. Del Bombero Km 6½ Vía a la Costa -Edificio Grace - Petroecuador. 1er Piso, 02-3976-000 ext. 3200

Riobamba: Coordinación Zonal Centro, Av. Antonio José de Sucre, Edificio IBEDONIA, subestación 2 de la empresa eléctrica, 02-3976-000 ext. 3700

Cuenca: Coordinación Zonal Centro Sur, Av. Honorato Vásquez 521 y Luis Cordero, 02-3976-000 ext. 3000

Macas: Oficina Zonal de Minas Macas: Av. Simón Bolívar y 24 de Mayo. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3500

Zamora: Coordinación Zonal  Sur, Edificio de la Gobernación - José Luis Tamayo entre Diego de Vaca y Sevilla de Oro 3er. Piso, 02-3976-000 ext. 3909

Loja: Oficina Zonal de Minas Loja: Av. José Antonio Eguiguren y Lauro Guerrero - Edificio Amauta. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3400

Machala: Oficina  Zonal de Minas Machala: Av. Guayas entre Pichincha y Arizaga. Edificio Atlántico, Mezanine. - Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3600

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Operadora

Email: mejora.gestion@energiayminas.gob.ec

Teléfono: (02) 3976000 ext 1000

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-02 0 0
2 2024-03 0 0
3 2023-05 0 0
4 2023-06 0 0
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/03/28