Emisión de autorización de re-exportación de fuentes radiactivas

Autorización de re-exportación de fuentes radiactivas

Información proporcionada por: Ministerio de Energía y Minas (MEM)

Las instituciones que no tengan previsto utilizar más fuentes radiactivas, o cuyos propietarios necesiten enviarlas fuera del país, deberán solicitar la autorización de re-exportación de fuentes a la Autoridad Reguladora. Este trámite se realiza a través de la plataforma SENAE (ECUAPASS-VUE), con el objetivo de garantizar la seguridad física y la protección radiológica durante el manejo adecuado de todo tipo de fuentes.

¿A quién está dirigido?

Persona Natural – Ecuatoriana/ Extranjera: Personas que cuenten con equipos generadores o fuentes de radiación ionizantes.
Persona Jurídica Pública: Ministerio de Salud, IESS, Ministerio de Transporte, Ministerio de Gobierno, SENAE, SOLCA, Centros de Educación Gubernamental, entre otras.
Persona Jurídica Privada: Consultorios odontológicos, hospitales, industrias, clínicas que posean y operen equipos generadores o fuentes de radiación ionizantes, entidades sin fines de lucro, entre otras.
Entidades ONG´s: ONG's que cuenten con instalaciones con equipos generadores o fuentes de radiación ionizantes.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Autorización de re-exportación de fuentes radiactivas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para trámite en presencial:

Este proceso se realiza únicamente a través de plataforma VUE-ECUAPASS.

Requisitos para trámite en línea:

  1. El usuario debe ingresar al portal SENAE (ECUAPASS-VUE) y adjuntar documentos solicitados.
  2. Oficio emitido por el representante legal de la institución, dirigido al Subsecretario/a de Control y Aplicaciones Nucleares. Este documento debe especificar el tipo de fuente de radiación que se va a re-exportar, e incluir detalles como el tipo de bulto, radioisótopos, actividad, marca, modelo y serie.
  3. Hoja de vida de la fuente, la cual describe la historia y características técnicas de las fuentes radiactivas que se van a re-exportar, incluyendo datos y especificaciones del material de monitoreo.
  4. Informe de Monitoreo Radiológico actualizado, realizado por el Oficial de Seguridad Radiológica (OSR). Este informe debe contener el Índice de Transporte, el número de Naciones Unidas (UN), respaldo fotográfico de las especificaciones de las fuentes y los bultos, así como el etiquetado, tipo y categoría de bulto. Además, se deben incluir los valores de tasa de dosis medidos a 1 metro del bulto y en contacto con él.
  5. Oficio firmado por la institución receptora de las fuentes, en el cual se detallan las especificaciones del material y el país de destino. Este documento debe confirmar que la institución receptora cuenta con los permisos de ingreso de las fuentes, otorgados por la entidad competente del país correspondiente.

Requisitos Especiales:

No aplica

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento en Línea:

  1. El usuario debe ingresar al portal SENAE (ECUAPASS-VUE) y adjuntar los requisitos.
  2. La documentación detallada en requisitos debe ser ingresada por el usuario, a través de la Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE-ECUAPASS).
  3. El personal técnico encargado del Ministerio de Energía y Minas (MEM) llevará a cabo la revisión de la documentación. En caso de que esta no esté completa, se devolverá al usuario para su subsanación; mismo que para continuar con el trámite, deberá adjuntar los documentos requeridos. Si por alguna razón el importador no subsane las observaciones emitidas a través del sistema en un plazo de 15 días, el sistema dará de baja el trámite y tendrá que iniciar nuevamente el proceso.
  4. Una vez que, la documentación presentada por el usuario esté a conformidad el técnico encargado, procederá con la emisión del certificado re-exportación, el cual podrá ser visualizado a través del sistema VUE-ECUAPASS.

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Quito: Subsecretaría de Control y Aplicaciones Nucleares ubicada en la Av. República del Salvador N36-64 y Suecia. Teléfono: 3976-000 Ext: 2015

Cuenca: Av. México S/N y Av de las Américas, Edificio SENPLADES, antiguo CREA. Teléfonos: 02-3976-000 ext. 3015

Guayaquil: Av. 9 de Octubre y Chile, Edif. Valco 8vo piso oficina 2 - Teléfono: 02-3976-000 ext. 3211

Lunes a viernes de 08h00 a 17h00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Dependiente de la SENAE

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Daisy Calles

Email: daisy.calles@energiayminas.gob.ec

Teléfono: (02)3976000 ext. 2011

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 8
2 2024-02 0 3
3 2024-03 0 3
4 2024-04 0 0
5 2023-01 0 0
6 2023-02 0 0
7 2023-03 0 2
8 2023-04 0 1
9 2023-05 0 1
10 2023-06 0 1
11 2023-07 0 0
12 2023-08 0 1
13 2023-09 0 0
14 2023-10 0 0
15 2023-11 0 0
16 2023-12 0 0
17 2022-01 0 0
18 2022-02 0 0
19 2022-03 0 1
20 2022-04 0 0
21 2022-05 0 0
22 2022-06 0 0
23 2022-07 0 0
24 2022-08 0 3
25 2022-09 0 0
26 2022-10 0 2
27 2022-11 0 1
28 2022-12 0 0
29 2021-01 0 0
30 2021-02 0 0
31 2021-03 0 1
32 2021-04 0 1
33 2021-05 0 0
34 2021-06 0 0
35 2021-07 0 0
36 2021-08 0 0
37 2021-09 0 1
38 2021-10 0 0
39 2021-11 0 0
40 2021-12 0 0
41 2020-01 0 1
42 2020-02 0 0
43 2020-03 0 0
44 2020-04 0 0
45 2020-05 0 0
46 2020-06 0 0
47 2020-07 0 0
48 2020-08 0 0
49 2020-09 0 0
50 2020-10 0 7
51 2020-11 0 0
52 2020-12 0 0
53 2019-01 0 0
54 2019-02 0 0
55 2019-03 0 0
56 2019-04 0 1
57 2019-05 0 0
58 2019-06 0 0
59 2019-07 0 0
60 2019-08 0 0
61 2019-09 0 0
62 2019-10 0 0
63 2019-11 0 0
64 2019-12 0 0
65 2018-08 0 4
66 2018-09 0 0
67 2018-10 0 4
68 2018-11 0 0
69 2018-12 0 0
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Fecha de última actualización: 2024/04/01