Emisión del permiso de funcionamiento de centros de formación y capacitación del personal de vigilancia y seguridad privada por renovación

Analista del Departamento de Control de Servicios de Seguriad Privada COSP, realizando la inspección.

Información proporcionada por: Ministerio del Interior (MDI)

Trámite orientado a renovar el permiso de funcionamiento a los centros de formación y capacitación del personal de vigilancia y seguridad privada legalmente constituidos, con la finalidad de dar continuidad a sus operaciones de capacitación del Personal de Vigilancia y Seguridad Privada.

¿A quién está dirigido?

El trámite de renovación del permiso de funcionamiento para los Centros de Formación y Capacitación del personal de Vigilancia y Seguridad Privada esta dirigido para ciudadanos ecuatorianos y extranjeros, así como también personas jurídicas.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Renovacción del permiso de funcionamiento de centros de formación y capacitación del personal de vigilancia y seguridad privada por renovación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos para la renovación del permiso de funcionamiento de los Centros de Formación y Capacitación establecidos en la Ley Orgánica de Vigilancia y Seguridad Privada (LOVSP) y en el Acuerdo Ministerial No. 0091.

1. Solicitud de renovación suscrita por el representante legal del Centro de Formación y Capacitación al Personal de Vigilancia y Seguridad Privada, dirigida al titular de la Dirección de Regulación de Seguridad Privada (Numeral 1 del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 0091).

2. La nómina del personal, administrativo y docente del establecimiento y sus respectivas hojas de vida, que justifiquen la formación profesional o técnica, o el ejercicio de la docencia en centros de educación media, superior o como capacitadores o instructores (Numeral 2 del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 0091, en relación con los Art. 19 y 20 ibidem).

3. El Certificado de Propiedad correspondiente o a su vez el contrato de arrendamiento debidamente legalizado, extendido por un periodo no menor a dos años. (Numeral 3 del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 0091).

4. El croquis de ubicación y plano descriptivo de la infraestructura y su distribución destinada a oficinas administrativas, aulas, laboratorio de computación, área de práctica de primeros auxilios, defensa personal; y, servicios sanitarios, que cumplan con los parámetros establecidos en el Art. 13 del Acuerdo Ministerial No. 0091, de existir variación en la información presentada en la última autorización otorgada (Numeral 4 del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 0091).

5. El comprobante de pago por recuperación de costos administrativos, por concepto de emisión de la renovación del permiso de funcionamiento del centro de formación y capacitación o sucursal (Numeral 5 del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 0091).

6. Permiso de Bomberos (Numeral 6 del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 0091).

7. Permiso de uso de suelo (Numeral 7 del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 0091).

8. La póliza de responsabilidad civil contra daños a terceros y/o usuarios, para garantizar a quienes puedan resultar perjudicados en el proceso de formación y capacitación, con un valor asegurado mínimo de 100.000 mil (dólares de los Estados Unidos de América), por evento y vigencia igual o mayor al permiso de funcionamiento bienal (Numeral 8 del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 0091).

9. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos descritos con anterioridad, se tiene que realizar un Informe favorable de inspección de las instalaciones del Centro de Formación y Capacitación, emitido por la Unidad de Policía de Control de Seguridad Privada y Control de Armas Letales y No Letales (COSP). (Numeral 9 del Art. 10 del Acuerdo Ministerial No. 0091 y el Numeral 1 del Art. 23 de la Ley Orgánica de Vigilancia y Seguridad Privada).

Formatos y anexos

  • Listado de requisitos
    Requisitos para la renovación del permiso de funcionamiento para los Centros de Formación y Capacitación establecidos en la Ley Orgánica de Vigilancia y Seguridad Privada (LOVSP) y el Acuerdo Ministerial No. 0091.

¿Cómo hago el trámite?

El Representante Legal del Centro de capacitación deberá:
1. Descargar el listado de requisitos de la sección Formatos y anexos de esta página web, para recopilar toda la documentación necesaria e ingresar el trámite;
2. Ingresar la documentación para la obtención del permiso de funcionamiento del centro de capacitación (matriz o sucursal) en los cubículos de atención ciudadana del Ministerio del Interior, ubicados en el edificio CONTEMPO en la ciudad de Quito en la Av. Amazonas N24-196 y Luis Cordero;

3. Subsanar las observaciones realizadas por la Dirección de Regulación y Monitoreo de Seguridad Privada, de ser el caso.  
4. Recibir notificación de la Dirección de Regulación y Monitoreo de Seguridad Privada, de la fecha de inspección de verificación a la infraestructura del centro de capacitación.  
5. Participar en la inspección física a la infraestructura del centro de capacitación por parte de la Unidad Nacional de Policía de Control de Seguridad Privada y Control de Armas Letales y No Letales (COSP).  
6. Firmar el Acta de la inspección física a la infraestructura del centro de capacitación.  
7. Recibir el permiso de funcionamiento como Centro de Formación y Capacitación del Personal de Vigilancia y Seguridad Privada.

 


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite tiene un costo de USD $ 500 dólares.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Provicia  Cantón  Responsable de la atención Dirección Horario
Pichincha Quito Dirección de Regulación de Seguridad Privada Av. Amazonas N24-196 y Luis Cordero, edificio Contempo 8:00 - 17:00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

El trámite de emisión del permiso de funcionamiento para los Centros de Formación y Capacitación del personal de Vigilancia y Seguridad Privada tiene una vigencia de dos (2) años.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Mayra León

Email: mayra.leon@interior.gob.ec

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 2
2 2024-02 0 2
3 2024-03 0 0
4 2024-04 0 0
5 2024-05 0 2
6 2024-06 0 2
7 2024-07 0 0
8 2024-08 0 0
9 2024-09 0 2
10 2024-10 0 2
11 2024-11 0 2
12 2024-12 0 3
13 2023-01 0 85
14 2023-02 0 3
15 2023-03 0 4
16 2023-04 0 3
17 2023-05 0 38
18 2023-06 0 2
19 2023-07 0 0
20 2023-08 0 5
21 2023-09 0 5
22 2023-10 0 63
23 2023-11 0 3
24 2023-12 0 1
25 2022-01 0 3
26 2022-02 0 3
27 2022-03 0 2
28 2022-04 0 2
29 2022-05 0 0
30 2022-06 0 2
31 2022-07 0 0
32 2022-08 0 4
33 2022-09 0 2
34 2022-10 0 3
35 2022-11 0 3
36 2022-12 0 0
37 2021-01 0 1
38 2021-02 0 6
39 2021-03 0 2
40 2021-04 0 2
41 2021-05 0 3
42 2021-06 0 3
43 2021-07 0 6
44 2021-08 0 1
45 2021-09 0 3
46 2021-10 0 3
47 2021-11 0 1
48 2021-12 0 2
49 2020-01 0 1
50 2020-02 0 1
51 2020-03 0 1
52 2020-04 0 0
53 2020-05 0 0
54 2020-06 0 33
55 2020-07 0 1
56 2020-08 0 2
57 2020-09 0 2
58 2020-10 0 1
59 2020-11 0 1
60 2020-12 0 1
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/10/30

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