Registro como depositario a titulo de mera tenencia privada de bienes de las sociedades originarias arqueológicas y/o paleontológicas

Registro como depositario a titulo de mera tenencia privada de bienes de las sociedades originarias arqueológicas y/o paleontológicas

Información proporcionada por: Ministerio de Cultura y Patrimonio (MC)

Trámite orientado a  registrar como depositario a título de mera tenencia a los objetos arqueológicos y paleontológicos a fin de que formen parte de un régimen de protección por parte del Estado.

¿A quién está dirigido?

La mera tenencia de bienes culturales patrimoniales se refiere a la posesión legal de estos bienes por parte de personas naturales o jurídicas, sin ser necesariamente los propietarios, pero con la responsabilidad de su cuidado y conservación de los mismos.

 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Registro como depositario a título de mera tenencia privada de bienes de las sociedades originarias arqueológicas y/o paleontológicas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Solicitud de registro como depositario a título de mera tenencia privada.
  • Expediente técnico para mera tenencia.
  • Informe de verificación del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural.

 

¿Cómo hago el trámite?

1. Presentar solicitud con los requisitos para la atención del trámite.

2. Recibir mediante correo electrónico y el sistema de gestión documental “Quipux” la Notificación del Certificado depositario a título de mera tenencia privada de bienes de las sociedades originarias, arqueológicos y/o paleontológicos

Nota: las personas naturales o jurídicas de derecho privado que soliciten ser registrados como depositarios a título de mera tenencia privada de bienes de sociedades originarias, arqueológicos y/o paleontológicos del patrimonio cultural nacional, deberán presentar en primera instancia al Instituto Nacional de Patrimonio Cultural (INPC) los requisitos que se establece en la normativa. Posteriormente, el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural procederá a remitir al Ministerio de Cultura y Patrimonio, el expediente completo para la respectiva revisión, y, en caso de cumplir con la normativa establecida, se emitirá el respectivo Oficio de registro como depositario a título de mera tenencia privada de bienes arqueológicos y/o paleontológicos.


Canales de atención: Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Lugar: Edificio matriz del Ministerio de Cultura y Patrimonio, ubicado en la Av. Colón E5-34 y Juan León Mera.

Horario de atención: LUN - VIE, 08h00 a 17h00.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Paulina Herrera

Email: paulaherrera91@hotmail.com

Teléfono: 3814550

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-05 0 0
2 2025-06 0 0
3 2025-07 0 0
4 2025-08 0 0

Fecha de última actualización: 2025/09/11

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