Emisión de resolución administrativa de transferencia de la autorización de uso y/o aprovechamiento de agua superficial o subterránea

Resolución Administrativa de transferencia

Trámite orientado a que el traspaso de autorizaciones para uso de agua y aprovechamiento productivo de agua podrá darse en caso de existir transferencia de dominio de la tierra o, cambio del titular de la iniciativa productiva; siempre y cuando se mantenga el destino el objeto inicial para el cual se otorgó la autorización.

¿A quién está dirigido?

Todas las personas naturales ecuatorianas o extranjeras o personas jurídicas privadas o públicas tienen el derecho de la obtención de una transferencia de una autorización para el uso y aprovechamiento de aguas subterráneas, siempre y cuando se cumpla con las condiciones establecidas en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua, dispuestas para el efecto.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución administrativa de transferencia

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos obligatorios:

1.- Solicitud de transferencia de la autorización de uso y/o aprovechamiento.
2.-  Cédula, RUC o documento que acredite la calidad en la que comparece presentación original de cédula de ciudadanía o identidad. (Se validará a través del sistema, no necesario la presentación en físico ni copia ni original)
3.- Documento legal que garantice la tenencia de la tierra: Escritura Pública del Inmueble (Primera Copia) o Documento legal que justifique la tenencia de la Tierra  (Escritura de Compra Venta, Promesa de Venta, Declaración Juramentada, Certificado de Residencia emitido por la Tenencia Política o Certificado de la Subsecretaria de Tierras).

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

El proceso que deben seguir las personas naturales o jurídicas es:

Procedimiento Presencial:

  1. Presentar la solicitud de transferencia y cédula de identidad o ciudadanía (persona natural) /Registro Único de Contribuyentes (persona jurídica) adjuntando documento que acredite la titularidad de la propiedad en las instalaciones de la Oficina Técnica más cercana a su lugar de residencia.
  2. Retirar la calificación de la solicitud de transferencia.
  3. Retirar el informe técnico y responder con la aceptación o negación.
  4. Recibir la resolución administrativa.

Procedimiento en Línea:

1.- Realizar la solicitud inicial, utilizando el siguiente link:  http://suia.ambiente.gob.ec/?page_id=1132 y continuar con los pasos presenciales, a partir del número 2.


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00.

Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24h00.

A continuación, se indican las direcciones de los puntos de atención:

Direcciones MAATE

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Mesa de Ayuda

Email: mesadeayuda@ambiente.gob.ec

Teléfono: (02) 3987 600, ext. 3001, 3002, 3003, 3004, 3005, 3006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 0
2 2025-02 0 5
3 2025-03 0 3
4 2024-01 3 0
5 2024-02 0 4
6 2024-03 0 3
7 2024-04 0 1
8 2024-05 0 9
9 2024-06 0 1
10 2024-07 0 9
11 2024-08 0 11
12 2024-09 0 7
13 2024-10 0 1
14 2024-11 0 3
15 2024-12 0 7
16 2023-01 0 6
17 2023-02 0 1
18 2023-03 0 7
19 2023-04 0 2
20 2023-05 0 13
21 2023-06 0 5
22 2023-07 0 5
23 2023-08 0 4
24 2023-09 0 9
25 2023-10 0 7
26 2023-11 0 7
27 2023-12 0 1
28 2022-01 0 18
29 2022-02 0 0
30 2022-03 0 7
31 2022-04 0 13
32 2022-05 0 29
33 2022-06 0 8
34 2022-07 0 8
35 2022-08 0 9
36 2022-09 0 0
37 2022-10 0 22
38 2022-11 0 10
39 2022-12 0 21
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/12/27

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