Subsistema Privado del Sistema Nacional de Áreas Protegidas

Trámite orientado a las personas que requieran la declaración de sus predios de conservación como áreas protegidas correspondientes al Subsistema Privado del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

¿A quién está dirigido?

Este trámite lo pueden solicitar, los propietarios de predios privados que demuestren la titularidad de manera individual o también de manera conjunta en asocio, en este último caso deberá nombrar un representante y adjuntar las escrituras de todos los predios

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Declaración del área protegida privada en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1.- Solicitud de declaratoria del predio privado como área protegida en el correspondiente subsistema del SNAP.

2.- Realización de estudios técnicos preliminares que contengan información sobre la relevancia para el cumplimiento de los objetivos nacionales de conservación y la relación con el área privada a crearse como área protegida.

3.-  Análisis de la capacidad del/los propietario/s para el manejo y administración del área protegida con la finalidad de determinar los mecanismos de gestión y cooperación con actores públicos y privados.

4.-  Determinación legal del régimen de tenencia de la tierra mediante la verificación de la existencia de títulos de propiedad debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad, sea esta individual o en asocio entre dos o más propietarios. Se deberá identificar que no existan conflictos de tenencia de las tierras actuales o pre actuales.

5.- Formalización de la voluntad del propietario o propietarios para crear un área protegida sobre sus predios, que deberá ser manifestada mediante la presentación de un instrumento de carácter público.

6.-  Documento de alternativas de manejo.

7.-  Plan de sostenibilidad financiera.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Los únicos autorizados a llenar el formulario son: Propietarios de los predios

PROCEDIMIENTO EN LÍNEA

1. Acceder a la opción "ir al trámite en línea" que se encuentra en la presente página y llenar los campos de la solicitud digital

2. Adjuntar los siguientes requisitos en la plataforma digital:

  • Adjuntar documento que acredite su cargo cuando corresponda
  • Adjuntar coordenadas referenciales en archivo excel
  • Adjuntar polígono de la propuesta del área en formato Shapefile en DATUM WGS 84 17S
  • Adjuntar escritura del predio

3. Descargar, imprimir y firmar la solicitud creada en línea

4. Entregar en las oficinas del Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica, el expediente físico y digital en los formatos establecidos con los siguientes documentos:

  • Presentar la solicitud creada en línea 
  • Realización de estudios técnicos preliminares que contengan información sobre la relevancia para el cumplimiento de los objetivos nacionales de conservación y la relación con el área privada a crearse como área protegida;
     
  • Análisis de la capacidad del/los propietario/s para el manejo y administración del área protegida con la finalidad de determinar los mecanismos de gestión y cooperación con actores públicos y privados;
     
  • Determinación legal del régimen de tenencia de la tierra mediante la verificación de la existencia de títulos de propiedad debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad, sea esta individual o en asocio entre dos o más propietarios. Se deberá identificar que no existan conflictos de tenencia de las tierras actuales o pre existentes;
     
  • Formalización de la voluntad del propietario o propietarios para crear un área protegida sobre sus predios, que deberá ser manifestada mediante la presentación de un instrumento de carácter público;
     
  • Documento de alternativas de manejo; y,
     
  • Plan de sostenibilidad financiera.

5. Recibir notificación para subsanar observaciones a los documentos según los requerimientos que emita el Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica.

6. Recibir Acuerdo Ministerial de declaratoria

PROCEDIMIENTO PRESENCIAL

  1. Entregar en las oficinas del Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica, el expediente físico y digital en los formatos establecidos, de los siguientes documentos:
  • Solicitud de declaratoria del predio privado como área protegida en el correspondiente subsistema del SNAP;
  • Realización de estudios técnicos preliminares que contengan información sobre la relevancia para el cumplimiento de los objetivos nacionales de conservación y la relación con el área privada a crearse como área protegida;
  • Análisis de la capacidad del/los propietario/s para el manejo y administración del área protegida con la finalidad de determinar los mecanismos de gestión y cooperación con actores públicos y privados;
  • Determinación legal del régimen de tenencia de la tierra mediante la verificación de la existencia de títulos de propiedad debidamente inscritos en el Registro de la Propiedad, sea esta individual o en asocio entre dos o más propietarios. Se deberá identificar que no existan conflictos de tenencia de las tierras actuales o pre existentes;
  • Formalización de la voluntad del propietario o propietarios para crear un área protegida sobre sus predios, que deberá ser manifestada mediante la presentación de un instrumento de carácter público;
  • Documento de alternativas de manejo; y,
  • Plan de sostenibilidad financiera.
  1. Recibir notificación para subsanar observaciones a los documentos según los requerimientos que emita el Ministerio del Ambiente Agua y Transición Ecológica.
  2. Recibir Acuerdo Ministerial de declaratoria

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención es de lunes a viernes de 8h00 a 17h00. 

Para el trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24h00

A continuación se indican las direcciones de los puntos de atención:

Direcciones MAATE

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Angel Onofa

Email: segundo.onofa@ambiente.gob.ec

Teléfono: (02) 3987 600 ext. 1423

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2024-01 0 0
2 2024-02 0 0
3 2024-03 0 0
4 2023-01 0 0
5 2023-02 0 0
6 2023-03 0 1
7 2023-04 0 0
8 2023-05 0 0
9 2023-06 0 0
10 2023-07 0 0
11 2023-08 0 0
12 2023-09 0 0
13 2023-10 0 0
14 2023-11 0 0
15 2023-12 0 0
16 2022-01 0 0
17 2022-02 0 0
18 2022-03 0 0
19 2022-04 0 0
20 2022-05 0 0
21 2022-06 0 0
22 2022-07 0 0
23 2022-08 0 0
24 2022-09 0 0
25 2022-10 0 0
26 2022-12 0 0
27 2021-01 0 0
28 2021-02 0 0
29 2021-03 0 0
30 2021-04 0 0
31 2021-05 0 0
32 2021-06 0 0
33 2021-07 0 0
34 2021-08 0 0
35 2021-09 0 0
36 2020-01 0 0
37 2020-02 0 0
38 2020-03 0 0
39 2020-04 0 0
40 2020-05 0 0
41 2020-06 0 0
42 2020-07 0 0
43 2020-08 0 0
44 2020-09 0 0
45 2020-10 0 0
46 2020-11 0 0
47 2020-12 0 0
48 2019-01 0 0
49 2019-02 0 0
50 2019-03 0 0
51 2019-04 0 0
52 2019-05 0 0
53 2019-06 0 0
54 2019-07 0 0
55 2019-08 0 0
56 2019-09 0 0
57 2019-10 0 0
58 2019-11 0 0
59 2019-12 0 0
60 2018-12 0 0
61 2017-12 0 1
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Fecha de última actualización: 2024/03/21