Trámite orientado a recibir la documentación habilitante, validarla y verificar la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud y sus profesionales de salud para realizar la actividad trasplantológica en el programa de donación y trasplante pancreático y renopancreático adulto y/o pediátrico.
Nota: La entrega de la resolución de acreditación se lo realizara vía memorando por medios electrónicos, evitando que el personal del Instituto Nacional de Donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células - INDOT y de las unidades médicas se movilice, de esta manera reduciendo costos de movilización.
¿A quién está dirigido?
Trámite orientado a recibir la documentación habilitante para realizar el proceso de acreditación dentro del programa de trasplante pancreático y renopancreático, de las Instituciones que estén interesadas y cumplan con los requisitos.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Acreditación de establecimientos de salud y sus profesionales de salud para programa de trasplante pancreático y renopancreático adulto y/o pediátrico.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Listado de equipos e instrumental quirúrgico para la actividad trasplantológica
- Listado de insumos, materiales y medicamentos a ser utilizados para la actividad trasplantológica que incluya la disponibilidad y el cálculo de necesidades anuales y planificación de compras.
- Formulario 001 “Solicitud de acreditación”. Código: RG – INDOT– 270
- Formulario 002.PAN "Requerimientos para Acreditación y Reacreditación del Programa de Trasplante". Código: RG – INDOT – 582
- Permiso de funcionamiento vigente del establecimiento de salud.
- Registro Único de Contribuyentes.
- Nombramiento del Representante Legal o máxima autoridad del requirente
- Esquema organizacional del equipo de trasplante según el instructivo correspondiente.
- Certificación de contar con un Sistema de Gestión de Calidad emitido por una empresa, institución, establecimiento externo o por el área de gestión de calidad del establecimiento de salud solicitante o manual de calidad institucional
- Documento que garantice que el establecimiento de salud cuenta con los servicios de especialidades especificados en el instructivo correspondiente
- Perfil epidemiológico de morbi-mortalidad del establecimiento de salud
- Proyección anual de trasplantes a realizarse durante el periodo de acreditación.
- Planificación anual de vacaciones de los miembros del equipo de donación y trasplante
- Planificación anual de capacitaciones de los miembros del equipo de donación y trasplante
- Planificación anual de mantenimiento preventivo, correctivo y calibración de los equipos a ser usados en la actividad trasplantológica.
- Documento que certifique las condiciones para la movilización y logística del equipo quirúrgico de ablación, en el caso de aceptar la oferta renal de una ciudad fuera de la que se encuentra el establecimiento de salud
- Listado de los exámenes serológicos para la evaluación del donante que ofrece el laboratorio del Establecimiento de Salud, en base a la normativa vigente.
- Protocolos y Manuales de Procedimientos del programa de trasplante renal indicados en el instructivo de acreditación correspondiente.
- Análisis estadístico de la actividad trasplantológica realizada durante los dos últimos años de acreditación, considerando lo que indica el instructivo de acreditación correspondiente.
- Solicitud de acreditación de profesionales
- Hoja de vida actualizada en donde conste el número de documento de identificación y/o pasaporte en caso de ser pertinente.
- Documento que avale la formación y/o experiencia en donación y trasplante de acuerdo al instructivo de acreditación.
- Contrato legalizado con la institución o documento que avale la relación contractual con el establecimiento
- Historial o récord quirúrgico y/o clínico de los tres años de acreditación en el programa de donación y trasplante
Formatos y anexos
¿Cómo hago el trámite?
- Descargar formularios de la página web institucional
- Bajo la modalidad presencial, solicitar formulario en las Coordinaciones Zonales del INDOT (Quito: Yaguachi y Numa Pompillo Llona E6-68 Barrio "EL Dorado" , Cuenca: Av. Octavio Chacón Moscoso-Carlos Tosi Siri Bloque Ocho Edificio CENAPIC Oficina 201-202-204, Guayaquil: Av. García Moreno Hospital Teodoro Maldonado Carbo IESS, planta baja. Referencia: ingresando por la antigua emergencia (a lado del departamento de Necropsia).
- Bajo la modalidad presencial, entregar los requisitos con toda la documentación habilitante conforme el programa al que se desee acreditar en las Coordinaciones Zonales del Indot (Quito: Yaguachi y Numa Pompillo Llona E6-68 Barrio "EL Dorado" , Cuenca: Av. Octavio Chacón Moscoso-Carlos Tosi Siri Bloque Ocho Edificio CENAPIC Oficina 201-202-204, Guayaquil: Av. García Moreno Hospital Teodoro Maldonado Carbo IESS, planta baja. Referencia: ingresando por la antigua emergencia (a lado del departamento de Necropsia).
- Coordinar la visita de inspección que se realizará al establecimiento solicitante.
- Visita presencial de inspección.
- Recibir certificado de acreditación de acuerdo a la Coordinación Zonal donde fue entregada la solicitud.
Canales de atención:
Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
La atención para este servicio se realiza únicamente en las siguientes Oficinas del Instituto Nacional de Donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células - INDOT:
Coordinación Zonal 1 - Quito
- Dirección: Quito Calle Yaguachi E6-68 y Numa Pompillo Llona (Barrio El Dorado)
Coordinación Zonal 2 - Guayaquil
- Dirección: Guayaquil Av. García Moreno Hospital Teodoro Maldonado Carbo IESS, planta baja. Referencia: ingresando por la antigua emergencia (a lado del departamento de Necropsia)
Coordinación Zonal 3 - Cuenca
- Dirección: Cuenca Av. Octavio Chacón Moscoso-Carlos Tosi Siri Bloque Ocho Edificio CENAPIC Oficina 201-202-204
Horario de Atención
LUN - VIE
08:00 - 16:30
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
2 años
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Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células - Art(s). Art.19 Autorización y Acreditación.-
Art. 19.- Autorización y Acreditación.- Los trasplantes de órganos, tejidos y células solamente podrán realizarse en hospitales e instituciones de salud que cuenten con la autorización de la Autoridad Sanitaria Nacional. La acreditación será otorgada por la entidad o dependencia designada por la Autoridad Sanitaria Nacional. Los requisitos para la acreditación serán determinados por el reglamento que se expida para el efecto. La Autoridad Sanitaria Nacional suspenderá o retirará, en forma inmediata y luego de la correspondiente inspección, la autorización y/o acreditación a los programas de trasplantes de los establecimientos de salud que no realicen estos procedimientos, de conformidad con el reglamento correspondiente.
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Reglamento a la Ley Orgánica de Donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células - Art(s). Art 7. Acreditación
Artículo 7.- Acreditación.- Es un proceso que tiene como objetivo la evaluación y garantía pública de que los procedimientos de donación y trasplantes de órganos, tejidos y células, incluida la terapia celular o regenerativa, la ingeniería tisular y el xenotrasplante, realizados por instituciones, hospitales, bancos de tejidos y/o células y profesionales, cumplan con lo establecido en la ley, el presente reglamento general y las demás resoluciones que emita la Autoridad Sanitaria Nacional y el INDOT.
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Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
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2025-06 |
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Fecha de última actualización: 2025/07/23