Trámite orientado a recibir la documentación habilitante, validarla y verificar la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud y sus profesionales de salud para realizar la actividad trasplantológica en el programa de trasplante de progenitores hematopoyéticos
¿A quién está dirigido?
Trámite orientado a recibir la documentación habilitante, validarla y verificar la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud y sus profesionales de salud para realizar la actividad trasplantológica en el programa de trasplante de progenitores hematopoyéticos
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Acreditación de establecimientos de salud y sus profesionales de salud para programa de trasplante de progenitores hematopoyéticos
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Carta motivada para la creación de Programa de Trasplante de células progenitoras hematopoyéticas suscrita por la máxima autoridad del Establecimiento de Salud.
- Permiso de funcionamiento vigente del establecimiento de salud.
- Registro Único de Contribuyentes.
- Nombramiento del Representante Legal o máxima autoridad del requirente
- Certificación del sistema de gestión de calidad del establecimiento o documento que certifique que el establecimiento de salud cuenta con un Sistema de Gestión de Calidad
- Esquema organizacional del equipo de ablación y de trasplante.
- Documento que demuestre que el establecimiento de salud garantiza contar con las especialidades de apoyo de acuerdo al instructivo vigente
- Documento emitido por la Máxima Autoridad del Establecimiento de Salud, que garantice que el Establecimiento de Salud cuente con los servicios según el instructivo de acreditación vigente.
- Perfil epidemiológico de morbi-mortalidad del establecimiento de salud
- Proyección anual de trasplantes a realizarse durante el periodo de acreditación.
- Planificación de vacaciones de los miembros del equipo de donación y trasplante
- Planificación anual de capacitaciones de los miembros del equipo de donación y trasplante
- Listado de equipos básicos para la actividad trasplantológica
- Listado de insumos y materiales a ser utilizados para la actividad trasplantológica que incluya la disponibilidad y el cálculo de necesidades anuales y planificación de compras.
- Listado de medicamentos a ser utilizados para la actividad trasplantológica que incluya la disponibilidad y el cálculo de necesidades anuales y planificación de compras.
- Programa de entrenamiento en trasplante a un profesional hematólogo para los 2 años de acreditación
- Planificación anual de mantenimiento preventivo, correctivo y calibración de los equipos a ser usados en la actividad trasplantológica.
- Registro de los documentos pertinentes a la cadena de frío de equipos y productos
- Protocolos o procedimientos de la actividad trasplantológica
- Análisis estadístico de la actividad trasplantológica realizada durante los dos últimos años de acreditación, considerando lo que indica el instructivo de acreditación correspondiente.
- Solicitud de acreditación de profesionales
- Hoja de vida por cada profesional que desee acreditarse
- Documento que certifique la relación laboral con el establecimiento de salud
- Documento que avale la formación y/o experiencia en donación y trasplante de acuerdo al instructivo de acreditación.
- Registro del título profesional en el ACESS - MSP
- Historial o récord quirúrgico y/o clínico de los tres años de acreditación en el programa de donación y trasplante
Formatos y anexos
¿Cómo hago el trámite?
- Ir a trámite en línea y llenar el formulario en la Plataforma Gob.ec
- Descargar formularios de la página web institucional
- Bajo un canal presencial, solicitar formulario en las Coordinaciones Zonales del INDOT (Quito: Yaguachi y Numa Pompillo Llona E6-68 Barrio "EL Dorado" , Cuenca: Av. Octavio Chacón Moscoso-Carlos Tosi Siri Bloque Ocho Edificio CENAPIC Oficina 201-202-204, Guayaquil: Av. García Moreno Hospital Teodoro Maldonado Carbo IESS, planta baja. Referencia: ingresando por la antigua emergencia (a lado del departamento de Necropsia).
- Cargar los requisitos con toda la documentación habilitante a través de la Plataforma Gob.ec
- Bajo un canal presencial, Entregar los requisitos con toda la documentación habilitante conforme el programa al que se desee acreditar en las Coordinaciones Zonales del Indot (Quito: Yaguachi y Numa Pompillo Llona E6-68 Barrio "EL Dorado" , Cuenca: Av. Octavio Chacón Moscoso-Carlos Tosi Siri Bloque Ocho Edificio CENAPIC Oficina 201-202-204, Guayaquil: Av. García Moreno Hospital Teodoro Maldonado Carbo IESS, planta baja. Referencia: ingresando por la antigua emergencia (a lado del departamento de Necropsia).
- Coordinar la visita de inspección que se realizará al establecimiento solicitante.
- Visita presencial de inspección.
Canales de atención:
En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
La atención para este servicio se realiza únicamente en las siguientes Oficinas del Instituto Nacional de Donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células - INDOT:
Coordinación Zonal 1 - Quito
- Dirección: Quito Calle Yaguachi E6-68 y Numa Pompillo Llona (Barrio El Dorado)
Coordinación Zonal 2 - Guayaquil
- Dirección: Guayaquil Av. García Moreno Hospital Teodoro Maldonado Carbo IESS, planta baja. Referencia: ingresando por la antigua emergencia (a lado del departamento de Necropsia)
Coordinación Zonal 3 - Cuenca
- Dirección: Cuenca Av. Octavio Chacón Moscoso-Carlos Tosi Siri Bloque Ocho Edificio CENAPIC Oficina 201-202-204
Horario de Atención
LUN - VIE
08:00 - 16:30
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
2 años
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Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células - Art(s). Artículo 19
Art. 19.- Autorización y Acreditación.- Los trasplantes de órganos, tejidos y células solamente podrán realizarse en hospitales e instituciones de salud que cuenten con la autorización de la Autoridad Sanitaria Nacional.
La acreditación será otorgada por la entidad o dependencia designada por la Autoridad Sanitaria Nacional. Los requisitos para la acreditación serán determinados por el reglamento que se expida para el efecto.
La Autoridad Sanitaria Nacional suspenderá o retirará, en forma inmediata y luego de la correspondiente inspección, la autorización y/o acreditación a los programas de trasplantes de los establecimientos de salud que no realicen estos procedimientos, de conformidad con el reglamento correspondiente.
-
Norma Técnica Sustitutiva a la "Norma Técnica de Acreditación y Re acreditación en Actividad Trasplantológica de los Establecimientos de Salud y sus Profesionales de la Salud" - Art(s). Art. 6, 18, 19, 20, 21, 28
-
Reglamento a la Ley Orgánica de Donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células - Art(s). Artículo 7
Capítulo IV
Régimen de Acreditación
Artículo 7.- Acreditación.- Es un proceso que tiene como objetivo la evaluación y garantía pública de que los procedimientos de donación y trasplantes de órganos, tejidos y células, incluida la terapia celular o regenerativa, la ingeniería tisular y el xenotrasplante, realizados por instituciones, hospitales, bancos de tejidos y/o células y profesionales, cumplan con lo establecido en la ley, el presente reglamento general y las demás resoluciones que emita la Autoridad Sanitaria Nacional y el INDOT.
La acreditación otorgada a las instituciones, hospitales y profesionales relacionadas con la actividad trasplantológica será concedida para cada órgano, tipo de tejido o aplicación regenerativa específico/a de acuerdo al órgano, tejido o célula utilizada, tanto para terapia celular, ingeniería tisular como para el xenotrasplante.
La acreditación otorgada es pública por lo que podrá ser consultada por los usuarios a través de la página web del Ministerio de Salud Pública y exhibida en la oficina principal de las instituciones, hospitales y bancos de tejidos y/o células.
Los requisitos y el procedimiento de acreditación serán establecidos por el INDOT.
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Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
1 |
2025-01 |
0 |
0 |
2 |
2025-02 |
0 |
2 |
3 |
2025-03 |
0 |
6 |
4 |
2025-04 |
0 |
0 |
5 |
2024-01 |
0 |
0 |
6 |
2024-02 |
0 |
0 |
7 |
2024-03 |
0 |
0 |
8 |
2024-04 |
0 |
0 |
9 |
2024-05 |
0 |
0 |
10 |
2024-06 |
0 |
0 |
11 |
2024-07 |
0 |
0 |
12 |
2024-08 |
0 |
0 |
13 |
2024-09 |
0 |
0 |
14 |
2024-10 |
0 |
2 |
15 |
2024-11 |
0 |
0 |
16 |
2024-12 |
0 |
0 |
17 |
2023-01 |
0 |
0 |
18 |
2023-02 |
0 |
0 |
19 |
2023-03 |
0 |
1 |
20 |
2023-04 |
0 |
0 |
21 |
2023-05 |
0 |
0 |
22 |
2023-06 |
0 |
1 |
23 |
2023-07 |
0 |
0 |
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2023-08 |
0 |
0 |
25 |
2023-09 |
0 |
0 |
26 |
2023-10 |
0 |
0 |
27 |
2023-11 |
0 |
0 |
28 |
2023-12 |
0 |
0 |
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2022-01 |
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0 |
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2022-02 |
0 |
0 |
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2022-03 |
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2022-04 |
0 |
0 |
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2022-05 |
0 |
0 |
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2022-06 |
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0 |
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2022-07 |
0 |
0 |
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2022-08 |
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1 |
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2022-09 |
0 |
0 |
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2022-10 |
0 |
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2022-11 |
0 |
0 |
40 |
2022-12 |
0 |
0 |
41 |
2021-01 |
0 |
0 |
42 |
2021-02 |
0 |
1 |
43 |
2021-03 |
0 |
0 |
44 |
2021-04 |
0 |
0 |
45 |
2021-05 |
0 |
0 |
46 |
2021-06 |
0 |
0 |
47 |
2021-07 |
0 |
0 |
48 |
2021-08 |
0 |
0 |
49 |
2021-09 |
0 |
0 |
50 |
2021-10 |
0 |
2 |
51 |
2021-11 |
0 |
0 |
52 |
2021-12 |
0 |
0 |
53 |
2020-01 |
0 |
0 |
54 |
2020-02 |
0 |
0 |
55 |
2020-03 |
0 |
0 |
56 |
2020-04 |
0 |
0 |
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2020-05 |
0 |
0 |
58 |
2020-06 |
0 |
0 |
59 |
2020-07 |
0 |
0 |
60 |
2020-08 |
0 |
0 |
61 |
2020-09 |
0 |
0 |
62 |
2020-10 |
0 |
0 |
63 |
2020-11 |
0 |
0 |
64 |
2020-12 |
0 |
0 |
65 |
2019-01 |
0 |
0 |
66 |
2019-02 |
0 |
0 |
67 |
2019-03 |
0 |
0 |
68 |
2019-04 |
0 |
0 |
69 |
2019-05 |
0 |
0 |
70 |
2019-06 |
0 |
0 |
71 |
2019-07 |
0 |
0 |
72 |
2019-08 |
0 |
0 |
73 |
2019-09 |
0 |
0 |
74 |
2019-10 |
0 |
0 |
75 |
2019-11 |
0 |
0 |
76 |
2019-12 |
0 |
0 |
77 |
2018-12 |
0 |
0 |
78 |
2017-12 |
0 |
0 |
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Fecha de última actualización: 2025/06/06