De acuerdo al Art....
DE CONFORMIDAD A LA CONSTITUCION, LEYES REGLAMENTOS Y RESOLUCIONES EMITIDAS PARA ADULTOS MAYORES Y DISCAPACIDAD SE PROCEDE A LA EXONERACION DEL RUBRO DEL IMPUESTO PREDIAL Y DEL AGUA POTABLE...
Se considera persona adulta mayor aquella que ha cumplido los 65 años de edad, a la cual se aplicara el Art 15 de la Ley del Ancianom que indica:...
De conformidad con lo que establecen los Arts. 13 y 14 de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, todas las personas que han cumplido los 65 años de edad, tienen derecho a la exoneración o rebaja en el pago de impuestos y tasas por servicios municipales. Como son impuestos prediales y servicios básicos de agua potable y alcantarillado....
Aplicación del Beneficio de la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores para la exoneración del 50% del valor del consumo mensual de agua potable, para fines exclusivamente residenciales para personas que han cumplido los 65 años de edad. La aplicación del referido subsidio, también se extiende a instituciones sin fines de lucro que den atención a las personas de la tercera edad como: asilos, albergues, comedores, instituciones gerontológicas...