Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a personas con discapacidad

Devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a personas con discapacidad

Información proporcionada por: Servicio de Rentas Internas (SRI)

Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales es con una discapacidad igual o superior al 30% (conforme a la calificación efectuada por la autoridad sanitaria) solicitar la devolución del IVA pagado por sus compras de bienes y servicios de primera necesidad adquiridos para uso y consumo personal con facturas autorizadas, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas con una discapacidad igual o superior al 30% (conforme a la calificación efectuada por la autoridad sanitaria) que desean solicitar la devolución del IVA pagado por sus compras de bienes y servicios de primera necesidad adquiridos para uso y consumo personal con facturas autorizadas.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Devolución de IVA, a personas con discapacidad

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación física o digital)
  • Certificado de votación (Presentación)
  • Carnet de discapacidad
  • Comprobantes de ventas originales, copias notariadas o certificadas por la casa emisora (en caso de no disponer de comprobantes electrónicos físicos que le hayan sido emitidos se deberá presentar un listado que justifique la adquisición realizada ).
  • Solicitud de devolución a personas con discapacidad

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Licencia de conducir (Presentación)

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos Especiales:

En caso de que la solicitud la presente una tercera persona:

  • Llenar la autorización que consta en el reverso de la solicitud.
  • Cédula de ciudadanía de la persona con discapacidad.
  • Presentación de la cédula de ciudadanía y certificado de votación de la persona que ingresa la solicitud.

  En caso de que la solicitud sea firmada por una tercera persona:

  En calidad de sustituto

  • Copia del certificado de sustituto (emitido por la autoridad nacional competente).
  • Cédula de ciudadanía de la persona con discapacidad.
  • Presentación de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del tercero.

  En calidad de representante (padre, madre, curador o mandatario)

  • Copia del poder general, especial o documentación que, a la fecha de la solicitud, permita identificar que el representante legal ostenta tal calidad.
  • Cédula de ciudadanía de la persona con discapacidad.
  • Presentación de la cédula de ciudadanía y certificado de votación del tercero.

  En caso de que la solicitud sea presentada por una persona de nacionalidad extranjera no naturalizada:

  • Si solicita la devolución de un período anterior a la expedición de su cédula de ciudadanía, presentar la copia del documento que acredite la fecha de su inscripción en el Registro de Extranjeros del Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

Procedimiento para realizar el trámite a través del canal presencial:

1. Llenar la solicitud de devolución del IVA. 
2. Ingresar la solicitud a través de cualquiera de las ventanillas de las oficinas del Servicio de Rentas Internas a nivel nacional o por los canales electrónicos dispuestos para el efecto, adjuntando los demás requisitos señalados en la pestaña Requisitos.
3. La solicitud es validada por el SRI previo al registro de los datos personales, cuenta bancaria y liquidación.
4. El SRI emite una resolución con los valores reconocidos, la cual se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 90 días hábiles.
5. Comprobar la acreditación en la cuenta bancaria.

Procedimiento para realizar el trámite en línea:

1. Ingrese a www.sri.gob.ec, escoja la opción Devoluciones/IVA-Personas con discapacidad/Devolución por Internet
2. Llene y suba el "Listado de comprobantes para solicitudes por internet" en el menú "Facturas Físicas"
3. Ingrese al menú "Facturas Electrónicas" y seleccione las facturas del año y periodo a solicitar la devolución
4. Envíe la solicitud una vez finalizada la carga de facturas físicas y electrónicas en el menú "Envío de solicitud"
5. Verifique en el lapso de 24 horas de enviada la solicitud, el número de trámite generado en el menú Notificaciones Electrónicas / Buzón del Contribuyente
6. El SRI emite una resolución con los valores reconocidos, la cual se notifica al contribuyente en un plazo máximo de 90 días hábiles
7. Compruebe la acreditación en la cuenta bancaria


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para el trámite presencial el horario de atención a nivel nacional es de 08:00 a 17:00.

Para conocer la dirección de los centros de atención y ventanillas únicas del Servicio de Rentas Internas puede ingresar al enlace: https://www.sri.gob.ec/mapa-de-agencias

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

Contacto para atención ciudadana

Contacto: SRI Telefónico

Email: seguimientotramitesplataforma@sri.gob.ec

Teléfono: 1700 774 774 / 042 598 441 / 032 998 100

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 3 74086
2 2025-02 9 39130
3 2025-03 5 86422
4 2024-01 2 47750
5 2024-02 4 39278
6 2024-03 0 59082
7 2024-04 1 74457
8 2024-05 4 68390
9 2024-06 3 62033
10 2024-07 5 93488
11 2024-08 5 80597
12 2024-09 2 94660
13 2024-10 1 77626
14 2024-11 5 4817
15 2024-12 12 17519
16 2023-01 18 72263
17 2023-02 13 71303
18 2023-03 10 82465
19 2023-04 7 80350
20 2023-05 6 78161
21 2023-06 30 98934
22 2023-07 10 100245
23 2023-08 7 58332
24 2023-09 1 89435
25 2023-10 3 56426
26 2023-11 5 48572
27 2023-12 2 70223
28 2022-01 3 21004
29 2022-02 2 9434
30 2022-03 12 30077
31 2022-04 9 34025
32 2022-05 7 27637
33 2022-06 3 28275
34 2022-07 10 30241
35 2022-08 6 30588
36 2022-09 0 9603
37 2022-10 13 26348
38 2022-11 40 87159
39 2022-12 8 51864
40 2021-01 2 24895
41 2021-02 4 105465
42 2021-03 0 22008
43 2021-04 10 20678
44 2021-05 6 19753
45 2021-06 6 22637
46 2021-07 3 25004
47 2021-08 2 25313
48 2021-09 3 25580
49 2021-10 3 25393
50 2021-11 0 26861
51 2021-12 1 22592
52 2020-01 9 15387
53 2020-02 3 18998
54 2020-03 1 14984
55 2020-04 6 8775
56 2020-05 10 10423
57 2020-06 12 13971
58 2020-07 18 17892
59 2020-08 17 16075
60 2020-09 6 17019
61 2020-10 2 20257
62 2020-11 4 20830
63 2020-12 1 20752
64 2019-01 5 19266
65 2019-02 3 17165
66 2019-03 4 16367
67 2019-04 5 22439
68 2019-05 3 20540
69 2019-06 4 16415
70 2019-07 4 17323
71 2019-08 3 17024
72 2019-09 0 17024
73 2019-10 0 17976
74 2019-11 4 19623
75 2019-12 5 19538
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Fecha de última actualización: 2022/12/12

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