Tramite orientado a entregar el documento de aprobación del plan de seguridad, prevención y gestión del riesgo de desastres en escenarios y eventos deportivos con aforo desde 5001 personas, previo a la ejecución del evento y siempre que los organizadores de eventos deportivos cumplan con los requisitos exigidos por esta cartera de Estado.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
Aprobación del plan de seguridad, prevención y gestión del riesgo de deastres en escenarios y eventos deportivos con aforo mayor a 5000 personas
Pasos a seguir para el trámite en presencial:
Pasos a seguir para el trámite mediante correo electrónico o mediante Sistema de Gestión Documental:
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Para el trámite presencial el usuario puede acudir a entregar la solicitud del trámite a las siguientes dependencias:
Coordinación Zonal 1 (Ibarra):
Coordinación Zonal 2 (Orellana):
Coordinación Zonal 3 (Riobamba):
Coordinación Zonal 4 (Portoviejo):
Coordinación Zonal 5 (Guayaquil):
Coordinación Zonal 6 (Cuenca):
Coordinación Zonal 7 (Loja):
Coordinación Zonal 9 (Quito):
Para el trámite mediante Sistema de Gestión Documental (Quipux), la plataforma se encuentra disponible las 24 horas del día, los 365 días del año.
Contacto: Dirección de Gestión del Cambio de Cultura Organizativa
Email: cultura@gestionderiesgos.gob.ec
Teléfono: 042593500 ext. 3234
Art. 8.- De la previsión y control de los organismos deportivos.- Todo evento deportivo de asistencia pública, con o sin fines de lucro, contará con la supervisión y control por parte de los organismos deportivos correspondientes, de acuerdo a su jurisdicción, competencia y estructura orgánica establecida en la Ley de la materia. Estos organismos deportivos de conformidad con la Ley de la materia y sus estatutos, aplicarán las
sanciones administrativas correspondientes con sus agremiados, en el caso de que se incumplan las normas previamente establecidas.
Art. 9.- De la obligatoriedad de presentar y cumplir con lo establecido en el plan de seguridad, prevención y gestión de riesgos.- Los organizadores de eventos deportivos de asistencia pública, con
o sin fines de lucro, tienen la obligación de implementar un plan de seguridad, prevención y gestión de riesgos a fin de prevenir o reducir el riesgo o el cometimiento de hechos violentos, contravenciones o delitos que afecten los derechos e integridad física, psicológica y social de las personas que intervienen o participan en un evento deportivo, plan que deberá ser presentado ante la Autoridad competente para su aprobación. El organizador referido tendrá la condición de garante.
Art. 10.- Contenido Básico del Plan de Seguridad, Prevención y Gestión de Riesgos en escenarios y eventos deportivos.- Los planes de seguridad, prevención y gestión de riesgos en escenarios y eventos deportivos serán de carácter integral preventivo, debidamente calificados, y, contendrán los siguientes aspectos:
a) Caracterización, proyección del aforo, nivel de riesgo o vulnerabilidad y tiempo de duración del evento deportivo, en el que se debe considerar el traslado, ingreso, permanencia y retiro de los
asistentes;
b) Delimitación del perímetro de seguridad;
c) Determinación de riesgos previsibles y mecanismos de intervención;
d) Definición y asignación del recurso humano, técnico y material para intervención en casos de
incidentes, violencia o emergencia;
e) Contingente policial y personal privado, para garantizar la seguridad;
f) Protocolos y procedimientos para la prevención de la violencia, así como para la intervención, y
acción de personal especializado evitando toda intervención policial;
g) Conformación y mecanismos para el funcionamiento del Puesto de Mando Unificado (PMU) en
aquellos eventos que su aforo sea desde 5001 personas.
h) Conformación y mecanismos para el funcionamiento de brigadas multidisciplinarias de emergencia
(BME), que deberá incorporar, al menos, los siguientes componentes: personal de atención
prehospitalaria; personal contra incendios; personal de evacuación y personal de seguridad.
El cumplimiento de los literales e, g y h dependerá de la clasificación del evento deportivo por su
aforo o nivel de riesgo.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-01 | 0 | 0 |
2 | 2024-02 | 0 | 11 |
3 | 2024-03 | 0 | 20 |
4 | 2024-04 | 0 | 21 |
5 | 2024-05 | 0 | 24 |
6 | 2024-06 | 0 | 6 |
7 | 2024-07 | 0 | 8 |
8 | 2024-08 | 0 | 11 |
9 | 2024-09 | 0 | 12 |
10 | 2024-10 | 0 | 4 |
11 | 2024-11 | 0 | 7 |
12 | 2024-12 | 0 | 1 |
13 | 2023-01 | 0 | 0 |
14 | 2023-02 | 0 | 2 |
15 | 2023-03 | 0 | 2 |
16 | 2023-04 | 0 | 4 |
17 | 2023-05 | 0 | 7 |
18 | 2023-06 | 0 | 7 |
19 | 2023-07 | 0 | 7 |
20 | 2023-08 | 0 | 8 |
21 | 2023-09 | 0 | 17 |
22 | 2023-10 | 0 | 24 |
23 | 2023-11 | 0 | 11 |
24 | 2023-12 | 0 | 1 |
25 | 2022-12 | 0 | 39 |
Fecha de última actualización: 2025/01/15