Registro y otorgamiento de personería jurídica de las comunas y comunidades, organizaciones indígenas, Afroecuatorianas y montubias

Personería jurídica de las comunas y comunidades, organizaciones indígenas, Afroecuatorianas y montubias

Información proporcionada por: Secretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades (SGDPN)

La Secretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades ofrece el servicio para otorgar la personería jurídica a las comunas y comunidades, organizaciones indígenas, Afroecuatorianas y montubias.

 

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de este trámite son las comunas, comunidades o como se autodenominen, que soliciten su registro y el otorgamiento de personería jurídica en la Secretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Respuesta a la solicitud del trámite ingresado por el solicitante.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

(Resolución Nro. SGDPN-SGDPN-2024-0008-R de fecha 27 de diciembre de 2024). Art. 10.

a) Solicitud dirigida a la máxima autoridad de la Secretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades, suscrita por la máxima autoridad de la comuna y/o comunidad en proceso de registro;
b) Dos ejemplares del Acuerdo de Gobierno y Convivencia - Estatutos; debidamente aprobado y codificado, con la certificación de la autoridad de la comuna y/o comunidad. El Acuerdo de Gobierno y convivencia - estatutos, establecerá y regulará como mínimo los siguientes aspectos de acuerdo al art.10 de Resolución Nro. SGDPN-SGDPN-2024-0008-R;
c) Convocatoria para obtener el registro y la personería jurídica de la comuna o comunidad;
d) Acta de autodefinición y ratificación que son una comuna o comunidad, u organización de base, que han existido históricamente desde tiempos inmemorables, en la que se manifieste la voluntad de registrarse en la Secretaria de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades. Esta acta deberá contener al menos los siguientes aspectos de acuerdo al art.10 de Resolución Nro. SGDPN-SGDPN-2024-0008-R;
e) Registro general de todas las personas (ancianos, adultos, niños, hombres y mujeres) por familias, que se integran como miembros de la comuna o comunidad, como producto de un censo comunitario previamente realizado;
f) Nombres, apellidos, número de documento de identidad y firma de los jefes de familia o jefas de familia que representan a las familias que se integran como miembros de la comuna o comunidad, acompañando una copia de su cédula de identidad. Para el registro de las comunas o comunidades, presentarán un mínimo de 30 jefes o jefas de familia en el caso de la Amazonía; y, un mínimo de 50 jefes o jefas de familia en el caso de la región Costa y Sierra;
g) Nómina de los miembros del órgano de gobierno propio o Consejo de Gobierno o autoridades de la comuna o comunidad con su respectivo número de cédula. Deberán adjuntar copia de cédula de identidad de cada uno de los miembros del órgano de gobierno propio; y,
h) De existir oposición o conflictos entre las comunas o comunidades existentes con las comunas y comunidades que están solicitando su registro, se procederá conforme el numeral 3 del artículo 13 del presente Reglamento.

¿Cómo hago el trámite?

Presencial:

1. Presentar la solicitud de personería jurídica con los requisitos en las oficinas de la Secretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades.

Nota: La respuesta se entrega de forma presencial o a través del correo electrónico registrado y/o Sistema de Gestión Documental Quipux.

 

 


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

 Planta Central: Av. Quitumbe Ñan y Av. Amaru Ñan, Plataforma Gubernamental de Desarrollo Social, Quito - Pichincha, Piso PB.
 Oficina Zona 1: Esmeraldas; Av. Jaime Roldós Aguilera, vía al puerto Artesanal, segundo piso, oficina al Este, bloque A.
 Oficina Zona 3: Puyo; Calle Francisco de Orellana y Cerro Sumaco.
 Oficina Zona 4: Portoviejo; calle Los Nardos y Av. 15 de Abril, planta baja, bloque 3 (Edificio Centro de Atención Ciudadana).
 Oficina Zona 5 y 8: Guaranda; calle 7 de Mayo, entre Olmedo y Rocafuerte (Centro cultural Josefina Barba).
 Oficina Zona 6 y 7: Macas; calles Hernando de Benavente y Pedro Carvajal, SCETEA - Delegación de Macas.

 Horario de atención en todas las oficinas: lunes a viernes, 08:00 - 17:00

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Indefinido

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Registro de Comunidades, Pueblos, Nacionalidades, Fundaciones y Organizaciones sin fines de lucro

Email: registro.organizaciones@sgdpn.gob.ec

Teléfono: 02 3834 037 Ext. 1006

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 2
2 2025-02 0 1
3 2025-03 0 2

Fecha de última actualización: 2025/04/02

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