Requerimiento para la determinación del Giro Específico del Negocio de las entidades públicas

Requerimiento para determinación de Giro Específico del Negocio

Trámite orientado a determinar el Giro Específico del Negocio - GEN de las entidades contratantes determinadas en el número 8 del artículo 2 de la LOSNCP, para que realicen procedimientos de contratación específicos acorde a su objeto social.

¿A quién está dirigido?

Está dirigido a:

"...Las empresas públicas o empresas cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en cincuenta (50%) por ciento a las entidades de derecho público o sus subsidiarias, podrán utilizar el régimen especial para contrataciones del giro específico del negocio..." (LOSNCP, art 2 numeral 8)

"...Se considerará exclusivamente giro específico de negocio cuando la empresa demuestre que esa contratación requiere un tratamiento especial, debido a la regulación por una ley específica, por prácticas comerciales o modelos de negocios de aplicación internacional, por tratarse de contratos de orden societario, o debido a la naturaleza empresarial propia o riesgo de competencia en el mercado.
No se considerará como giro específico del negocio, a las contrataciones que realicen las empresas públicas creadas para la prestación de servicios públicos que no tengan un riesgo de competencia en el mercado..."
(RLOSNCP, art. 204).

Dirigido a: Persona Jurídica - Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Oficio dirigido a la máxima autoridad de la empresa solicitante, notificando lo resuelto respecto a la solicitud de determinación, ampliación y/o modificación de giro específico del negocio.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

1. Documento suscrito por el representante legal o su delegado, por el cual solicite motivadamente la determinación del giro específico del negocio;

2. Copia de la escritura pública o del acto o normativa legal de constitución que permita verificar la razón social, objeto o actividad económica principal de la empresa pública o personas jurídicas de derecho privado, de ser el caso;

3. Listado de CPC Nivel 9 de las contrataciones de bienes, obras, servicios, incluidos las de consultoría, requeridas y relacionadas con el objeto social de la empresa, mismas que deberán justificarse, de acuerdo con el formato aprobado por el SERCOP (formato Listado de CPC a N9”); y,

4. Para el caso de personas jurídicas de derecho privado cuyo capital suscrito pertenezca, por lo menos en el cincuenta por ciento (50%) a entidades de derecho público, deberán adjuntar el certificado de socios o accionistas de la empresa, emitido por el organismo de control respectivo y actualizado a la fecha de la solicitud.

Requisitos Especiales:

1. De existir, adjuntar la delegación de la Máxima Autoridad.

2. Anexo (informe, estudios o análisis que justifiquen la solicitud).

Formatos y anexos

  • Listado de CPC a N9
    Listado del Clasificador Central de Productos - CPC a nivel especifico de los bienes, obras, servicios, incluidos los de consultoría requeridos y relacionados con el objeto social debidamente justificados que la entidad solicita se determinen como parte de su Giro Especifico del Negocio.
  • Modelo básico de Reglamento
    Modelo Básico de Reglamento para la publicación. (En el caso de que la empresa pública cuente con la aprobación del uso del Régimen Especial de Giro Específico del Negocio)

¿Cómo hago el trámite?

Una vez que cuente con todos los requisitos, tanto obligatorios como especiales de ser el caso; se debe realizar en línea, mediante el sistema GOB.EC, el formulario para la solicitud de la determinación, ampliación o modificación del giro específico de negocio:

  1. Llenar y validar el formulario de inicio de trámite. Los "Datos del Solicitante” serán de la persona de contacto y quien gestionará todo el trámite.
  1. Llenar el formulario “Datos del Trámite”:
  • Datos de la Entidad Solicitante (RUC, Nombre de la Entidad, Nombre del representante legal y correo institucional del representante legal).
  • Adjuntar los requisitos obligatorios y especiales, de ser el caso, en formato PDF y xls, de máximo 6MB cada uno.
  • Al dar "Continuar" se enviará al correo del solicitante el link para descargar la solicitud y el comprobante.
  1. Leer la información de próximos pasos y de solicitud.
  2. En caso de observaciones en los requisitos remitidos por la entidad, una vez notificada, deberá subsanarlas en el término de 3 días.
  3. Receptar el oficio con lo resuelto respecto a la solicitud de determinación, ampliación y/o modificación de giro específico del negocio.
  4. En caso de aprobación del requerimiento del giro específico del negocio, la entidad solicitante deberá:
  • Generar reglamento del giro específico del negocio (formato “Modelo básico de Reglamento”) y,
  • Enviar al SERCOP mediante oficio en un término de 30 días, contados a partir de la aprobación.

Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Atención virtual:

Ingresa tus requerimientos, mediante el sistema GOB.EC, en el siguiente link:

https://www.gob.ec/tramites/8/webform

Atención presencial:

MATRIZ QUITO
Av. Amazonas y Pereira. Plataforma Gubernamental Financiera
Teléfono: 02 244-0050
Horario de atención:  De lunes a viernes de 8:00 a 16:45

 

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Estudios de Contratación Pública

Email: patricia.velasquez@sercop.gob.ec

Teléfono: 02 2440 050 ext 1653

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 6
2 2025-02 0 2
3 2025-03 0 1
4 2024-01 0 3
5 2024-02 0 6
6 2024-03 0 3
7 2024-04 0 8
8 2024-05 0 3
9 2024-06 0 2
10 2024-07 0 10
11 2024-08 0 8
12 2024-09 0 0
13 2024-10 0 3
14 2024-11 0 5
15 2024-12 0 1
16 2023-01 0 1
17 2023-02 0 0
18 2023-03 0 1
19 2023-04 0 2
20 2023-05 0 1
21 2023-06 0 0
22 2023-07 0 1
23 2023-08 0 1
24 2023-09 0 3
25 2023-10 0 1
26 2023-11 0 1
27 2023-12 0 0
28 2022-01 0 2
29 2022-02 0 3
30 2022-03 0 3
31 2022-04 0 1
32 2022-05 0 0
33 2022-06 0 1
34 2022-07 0 1
35 2022-08 0 1
36 2022-09 0 1
37 2022-10 0 0
38 2022-11 0 2
39 2022-12 0 0
40 2021-01 0 3
41 2021-02 0 0
42 2021-03 0 1
43 2021-04 0 2
44 2021-05 0 2
45 2021-06 0 2
46 2021-07 0 1
47 2021-08 0 0
48 2021-09 0 1
49 2021-10 0 4
50 2021-11 0 1
51 2021-12 0 2
52 2020-01 0 1
53 2020-02 0 1
54 2020-03 0 2
55 2020-04 0 0
56 2020-05 0 1
57 2020-06 0 0
58 2020-07 0 0
59 2020-08 0 0
60 2020-09 0 1
61 2020-10 0 3
62 2020-11 0 0
63 2020-12 0 0
64 2019-01 0 1
65 2019-02 0 2
66 2019-03 0 1
67 2019-04 0 0
68 2019-05 0 3
69 2019-06 0 1
70 2019-07 0 3
71 2019-08 0 1
72 2019-09 0 1
73 2019-10 0 2
74 2019-11 0 2
75 2019-12 0 1
76 2018-01 0 8
77 2018-02 0 2
78 2018-03 0 7
79 2018-04 0 5
80 2018-05 0 6
81 2018-06 0 3
82 2018-07 0 3
83 2018-08 0 3
84 2018-09 0 2
85 2018-10 0 1
86 2018-11 0 1
87 2018-12 0 4
88 2017-12 0 20
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/05/17

Contenido

¿Te sirvió el contenido?