Los Directores Distritales o sus delegados podrán disponer la subasta pública en línea de mercancías, según las reglas respectivas, para lo cual el funcionario delegado organizará las mercancías avaluadas en lotes para subasta. El Director Distrital procederá a realizar la convocatoria al público en general, mediante aviso que se efectuará a través la página Web del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y de boletines informativos.
El sistema informático aduanero, a través del módulo de Subasta en Línea, seleccionará la mejor oferta y notificará al ganador mediante correo electrónico el número de liquidación que deberá ser pagada dentro del término de dos (2) días hábiles posteriores a la emisión de la liquidación. De igual forma, el sistema informático aduanero seleccionará las siguientes cuatro mejores ofertas que serán consideradas en el caso de que el ganador no efectúe el pago de la liquidación dentro del plazo establecido para el efecto. Una vez finalizadas las subastas en línea de cada uno de los lotes contemplados en la convocatoria, el Director de Despacho y Control de Zona Primaria remitirá a la Dirección Distrital un informe final de los resultados del proceso de subasta, en el que se hará constar la misma información requerida para el Acta Final de Subasta Ordinaria. No se podrán subastar las mercancías de prohibida importación, bienes perecibles o de fácil descomposición y animales vivos. Se subastarán los bienes que hayan sido declarados en abandono definitivo, abandono expreso, decomiso administrativo o judicial, para cuyo efecto la unidad competente del Distrito Aduanero organizará en lotes las mercancías que no hayan sido adjudicadas.
Personas mayores de edad domiciliadas en el Ecuador que deseen participar en procesos de subastas públicas de mercancías bajo el control del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE)
Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana.
Registro de participación de Subasta Pública en línea de mercaderías
1. Número de Cédula de Ciudadanía
2. Dirección Domiciliaria
3. Ciudad
4. Dirección de Correo Electrónico
5. Teléfono convencional y celular
6. Contraseña
7. Código de confirmación
El sistema informático aduanero generará en forma automática la liquidación por concepto de tasa de inscripción que será notificada por correo electrónico. Una vez cancelada dicha liquidación, se entenderá que el participante se encuentra inscrito.
No tiene.
1.- Ingresar al portal web http://subastas.aduana.gob.ec, en la sección servicio al ciudadano se desplegará un listado de opciones y de todas ellas se ubicara el cursor en la opción "subastas".
2.- Elegir la opción "Subasta en línea", la cual nos desplegara a otra pantalla y es allí donde se podrá iniciar sesión, registrarse o administrar clave.
3.- En la sección de Distritos Aduaneros u otras categorías seleccione el lote o lotes en los que se encuentre interesado y según el valor del lote(s) se aplica lo siguiente:
a. Si el valor base del lote es de hasta 1.000 USD, la tasa de inscripción corresponderá al 1% del Salario Básico Unificado (SBU);
b. Si el valor base del lote es mayor a 1.000 USD y hasta 10,000 USD, la tasa de inscripción corresponderá al 3% del SBU;
c. Si el valor base del lote es mayor a 10.000 USD y hasta 100,000 USD, la tasa de inscripción corresponderá al 5% del SBU;
d. Si el valor base del lote es mayor a 100.000 USD, la tasa de inscripción corresponderá al 10% del SBU;
5.- Una vez cancelada la tasa se habilitará al participante para que pueda ofertar en el proceso de subasta.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
Una vez pagada la tasa de inscripción de acuerdo al lote seleccionado, el interesado tendrá el acceso a realizar las ofertas, por los lotes a los que se haya inscrito.
En el enlace https://www.aduana.gob.ec/la-institucion/
Atención del trámite: Acceso permitido las 24h del día, los 7 días de la semana
El tiempo que dura el proceso de subasta pública en línea
REGULACIONES PARA EL PROCEDIMIENTO DE SUBASTA PÚBLICA, ADJUDICACIÓN GRATUITA Y DESTRUCCIÓN
Artículo 1.- Alcance.- Establecer las consideraciones y lineamientos necesarios que deben realizar los Operadores de Comercio Exterior, pasajeros y funcionarios del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, para registrar el código numérico IMEI en los teléfonos celulares ingresados al país, bajo los regímenes aduaneros de importación para el consumo, equipaje de viajero vía aérea, tráfico postal y mensajería acelerada o Courier.
Artículo 1.- En la Resolución N° SENAE-SENAE-2021-0141-RE de fecha 29 de diciembre de 2021, mediante la cual se expiden las “REGULACIONES PARA EL PROCEDIMIENTO DE SUBASTA PÚBLICA, ADJUDICACIÓN GRATUITA Y DESTRUCCIÓN”, efectúese los siguientes cambios: 1.- Refórmese el primer inciso del Art. 40, de la siguiente manera.
Expedir el procedimiento documentado denominado: -"SENAE-ISEE-2-3-057-V1 Instructivo para el Uso del Sistema Consulta de Información de Subasta".
Resolución-SENAE-DGN-2013-0330-RE-INSTRUCTIVO-PARA-USO-SISTEMA-CONSULTA-RESULTADO-SUBASTA-SENAE-ISEE-2-3-056-V1
Resolución SENAE-DGN-2013-0330-RE INSTRUCTIVO PARA USO SISTEMA OFERTA EN LÍNEA SUBASTA SENAE-ISEE-2-3-055-V1
Expedir el procedimiento documentado denominado: -"SENAE-ISEE-2-3-054-V1 Instructivo para el Uso del Sistema Solicitud de Registro de Participante en Subasta"
RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2016-0181-RE DISPOSICIONES GENERALES PARA REGULAR EL PAGO DE ALMACENAMIENTO Y MANIPULACION DE LAS MERCANCIAS SOMETIDAS AL PROCESO DE SUBASTA PÚBLICA
RESOLUCIÓN SENAE-DGN-2016-0689-RE REFORMA A LA RESOLUCIÓN N SENAE-DGN-2016-0181-RE
Resolución SENAE-DGN-2016-0799-RE MANUAL ESPECÍFICO PARA SUBASTA PÚBLICA EN LÍNEA MERCANCÍAS SENAE-MEE-2-3-007-V1
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2024-01 | 0 | 0 |
4 | 2024-02 | 0 | 0 |
5 | 2024-03 | 0 | 0 |
6 | 2024-04 | 0 | 0 |
7 | 2024-05 | 0 | 0 |
8 | 2024-06 | 0 | 0 |
9 | 2024-07 | 0 | 0 |
10 | 2024-08 | 0 | 0 |
11 | 2024-09 | 0 | 0 |
12 | 2024-10 | 0 | 0 |
13 | 2024-11 | 0 | 0 |
14 | 2024-12 | 0 | 0 |
15 | 2023-01 | 0 | 0 |
16 | 2023-02 | 0 | 0 |
17 | 2023-03 | 0 | 0 |
18 | 2023-04 | 0 | 0 |
19 | 2023-05 | 0 | 0 |
20 | 2023-06 | 0 | 0 |
21 | 2023-07 | 0 | 0 |
22 | 2023-08 | 0 | 0 |
23 | 2023-09 | 0 | 0 |
24 | 2023-10 | 0 | 0 |
25 | 2023-11 | 4 | 0 |
26 | 2023-12 | 0 | 0 |
27 | 2022-01 | 0 | 117 |
28 | 2022-02 | 0 | 1 |
29 | 2022-03 | 0 | 3 |
30 | 2022-04 | 0 | 78 |
31 | 2022-05 | 0 | 134 |
32 | 2022-06 | 0 | 0 |
33 | 2022-07 | 0 | 0 |
34 | 2022-08 | 0 | 0 |
35 | 2022-09 | 0 | 0 |
36 | 2022-10 | 0 | 0 |
37 | 2022-11 | 0 | 0 |
38 | 2022-12 | 0 | 0 |
39 | 2021-01 | 0 | 0 |
40 | 2021-02 | 0 | 0 |
41 | 2021-03 | 0 | 0 |
42 | 2021-04 | 0 | 0 |
43 | 2021-05 | 1 | 0 |
44 | 2021-06 | 0 | 0 |
45 | 2021-07 | 0 | 0 |
46 | 2021-08 | 0 | 0 |
47 | 2021-09 | 0 | 729 |
48 | 2021-11 | 0 | 146 |
49 | 2021-12 | 0 | 18 |
50 | 2020-01 | 0 | 18 |
51 | 2020-02 | 0 | 0 |
52 | 2020-03 | 0 | 46 |
53 | 2020-04 | 0 | 0 |
54 | 2020-05 | 0 | 0 |
55 | 2020-06 | 0 | 0 |
56 | 2020-07 | 0 | 0 |
57 | 2020-08 | 0 | 0 |
58 | 2020-09 | 0 | 0 |
59 | 2020-10 | 0 | 0 |
60 | 2020-11 | 0 | 0 |
61 | 2020-12 | 0 | 0 |
62 | 2011-10 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2021/09/20