Autorización de ingreso de mercancías acogidas al Régimen de Importación para el consumo

Autorización de ingreso de mercancías acogidas al Régimen de Importación para el consumo

Es el régimen aduanero de ingreso definitivo de mercancías importadas desde el extranjero o desde una Zona Especial de Desarrollo Económico pueden circular libremente en el territorio aduanero, con el fin de permanecer en él de manera definitiva, luego del pago de los derechos e impuestos a la importación, recargos y sanciones, cuando hubiere lugar a ellos, y del cumplimiento de las formalidades y obligaciones aduaneras.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales y jurídicas registradas como Operador de Comercio Exterior (OCE) que deseen realizar transacciones de comercio exterior, específicamente importación para el consumo.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Salida autorizada de mercancías de importación para el consumo

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Registro como importador en el sistema informático Ecuapass
  • En caso de requerir los servicios de un auxiliar de la administración aduanera consultar el listado de Agentes de Aduana autorizados en la siguiente ruta: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2020/06/LISTADOS-DE-AGENTES-DE-ADUANA-AUTORIZADOS.pdf

  • Documento de Transporte.

  • Documentos de de control previo (según la subpartida arancelaria de la mercancía), necesarios para la nacionalización del bien importado, emitidos por las autoridades competentes.
  • Factura comercial o documento que acredite la transacción comercial.­ 

  • Documentos que la Dirección General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o el organismo regulador del comercio exterior competente, considere necesarios para el control de la operación y verificación del cumplimiento de la normativa correspondiente

  • Declaración Aduanera de Importación.

Requisitos Especiales:

  • Certificado de Origen para obtener la liberación de tributos al comercio exterior en los casos que corresponda, al amparo de convenios o tratados internacionales y normas supranacionales
  • Para efectos de importaciones de mercancías que no cuenten con factura comercial, presentarán en su lugar, el documento que acredite el valor en aduana de los bienes importados, conforme la naturaleza de la importación. La falta de presentación de este documento de soporte ante la administración aduanera, no impedirá el levante de las mercancías; sin embargo, se descartará la aplicación del primer método de valoración, de acuerdo a lo establecido en la normativa internacional vigente;
  • Realizar la Administración de relación de OCE y agente de aduana, el procedimiento se encuentra en el siguiente link https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2018/11/SENAE-ISEE-2-2-001-V1.pdf

¿Cómo hago el trámite?

  1. Ingresar al sistema informático Ecuapass; Ruta: https://ecuapass.aduana.gob.ec > Tramites Operativos > 1.1.1 Documentos Electrónicos > Declaración de Importación.
  2. Transmitir la Declaración aduanera.
  3. Determinar los tributos 
  4. Pagar tributos al comercio exterior
  5. Realizar aforo (revisión de mercancías).
  6. Retirar la mercancía.

Nota: Para el caso que en el trámite se haya requerido presentar de una Autorización Única de Control Previo (obtenida en la Ventanilla Única Ecuatoriana); puede consultar con mayor detalle la Declaración Aduanera en que ha sido utilizada, a través de la pantalla de consulta con nombre “Consulta de uso de Autorización Única de Control Previo” ubicada en la ruta: Menú Servicios Informativos > 2.11 Servicio de Información de Despacho/Cargo; en la opción: Pestaña Despacho Aduanero / Importación


Canales de atención: Aplicación Móvil, Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo; sin embargo el beneficiario debe considerar el pago de servicios tales propios de la logística tales como: transporte, almacenaje y honorarios del agente de aduana.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Para trámite en línea el servicio se encuentra habilitado las 24 horas a través del siguiente enlace: https://ecuapass.aduana.gob.ec/

 

Para trámite presencial:

Dirección General SENAE: https://www.aduana.gob.ec/direccion-general/

Subdirección de Apoyo Regional: https://www.aduana.gob.ec/sar-uio/

Cuenca: https://www.aduana.gob.ec/cuenca/

Esmeraldas: https://www.aduana.gob.ec/esmeraldas/

Guayaquil Puerto Marítimo: https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-pto-maritimo/

Guayaquil – Zona de Carga Aérea: https://www.aduana.gob.ec/guayaquil-zona-de-carga-aerea/

Huaquillas: https://www.aduana.gob.ec/huaquillas/

Latacunga: https://www.aduana.gob.ec/latacunga/

Loja-Macará: https://www.aduana.gob.ec/loja-macara/

Manta: https://www.aduana.gob.ec/manta/

Puerto Bolívar: https://www.aduana.gob.ec/pto-bolivar/

Quito: https://www.aduana.gob.ec/quito/

Horario de atención: Lunes a Viernes de 08h00 a 17h00

Tulcán: https://www.aduana.gob.ec/tulcan/

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Jefatura de Atención al Usuario

Email: mesadeservicios@aduana.gob.ec

Teléfono: 1800-238262

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 26682
2 2025-02 0 25174
3 2024-01 0 24630
4 2024-02 0 24756
5 2024-03 0 25225
6 2024-04 0 25346
7 2024-05 0 27348
8 2024-06 0 25109
9 2024-07 0 28679
10 2024-08 0 29110
11 2024-09 0 26457
12 2024-10 0 30027
13 2024-11 0 29589
14 2024-12 0 28492
15 2023-01 0 24482
16 2023-02 0 23218
17 2023-03 0 25924
18 2023-04 0 24023
19 2023-05 0 29660
20 2023-06 0 28434
21 2023-07 0 28207
22 2023-08 0 30702
23 2023-09 0 27185
24 2023-10 0 30492
25 2023-11 0 27654
26 2023-12 0 25899
27 2022-01 0 25890
28 2022-02 0 22478
29 2022-03 0 28426
30 2022-04 0 25133
31 2022-05 0 26825
32 2022-06 0 25720
33 2022-07 0 26758
34 2022-08 0 29166
35 2022-09 0 27916
36 2022-10 0 26236
37 2022-11 0 28135
38 2022-12 0 26584
39 2021-01 0 24317
40 2021-02 0 24102
41 2021-03 0 28478
42 2021-04 0 25031
43 2021-05 0 25034
44 2021-06 0 26910
45 2021-07 0 26538
46 2021-08 0 26903
47 2021-09 0 26938
48 2021-10 0 25384
49 2021-11 0 26584
50 2021-12 0 26645
51 2020-01 1 28500
52 2020-02 1 23548
53 2020-03 2 21951
54 2020-04 3 16548
55 2020-05 2 20094
56 2020-06 4 21698
57 2020-07 2 22825
58 2020-08 3 22584
59 2020-09 2 24081
60 2020-10 3 25904
61 2020-11 2 25271
62 2020-12 2 26978
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Fecha de última actualización: 2023/10/25

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