Fecha de suscripción: 2011-01-11
Fecha de publicación: 2011-01-24
Número de registro: 369
Tipo de regulación: Resolución
Con lo establecido en el primer inciso del artículo 1 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, es función de la Superintendencia de Bancos y Seguros promover la confianza pública en el sistema financiero.
Que de conformidad con lo establecido en el primer inciso del artículo 1 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, es función de la Superintendencia de Bancos y Seguros promover la confianza pública en el sistema financiero; Que la letra b) del artículo 180 de la citada ley, dispone que es función del Superintendente de Bancos y Seguros el velar por la estabilidad, solidez y correcto funcionamiento de las instituciones sujetas a su control.