Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria

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Registro oficial

Fecha de suscripción: 2020-07-28

Fecha de publicación: 2020-08-04

Número de registro: 260

Advertencia

Esta información es referencial, puede encontrarse desactualizada.

Tipo de regulación: Reglamento de ley

Artículo 1.- Objeto: El presente Reglamento tiene como objeto definir los lineamientos para la aplicación de:

1. La remisión del cien por ciento (100%) de intereses y recargos generados, incluidos los intereses de mora, multas y gastos administrativos, de las obligaciones de crédito educativo que hayan vencido y que se encuentren pendientes de pago a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, o de convenios de pago suscritos dentro de los mismos.

2. La remisión del cien por ciento (100%) de los intereses que se hubieren generado hasta la fecha de entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria, cuando se ha terminado de forma anticipada la relación contractual, en los programas de becas y ayudas económicas, o de convenios de pago suscritos dentro de los mismos.

3. La condonación total de la deuda, capital, intereses, interés de mora, multas y recargos derivados de las obligaciones vencidas o convenios de pago, dentro de los programas de fomento al talento humano, cuando la persona becaria o beneficiaria, su cónyuge o conviviente, hijo/(a) bajo su dependencia económica; haya fallecido o padezca una enfermedad catastrófica, huérfana o rara.

Institución o instituciones emisoras

  • Asamblea Nacional

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