Otorgamiento de una visa de visitante temporal por actos de comercio y otras actividades a ciudadanos extranjeros quienes desean residir de manera temporal y por estancias cortas en el país, la misma está dirigida y permite a las personas extranjeras realizar actos de comercio, culturales, administrativas, entre otras actividades dentro del país, se la otorgará a quienes reúnan los requisitos legales, y permite entradas múltiples al Ecuador. Las visas de actos de comercio en el exterior se otorgan en los Consulados y/o en las Oficinas Consulares en los distintos países en donde el Ecuador mantiene relaciones consulares, en el Ecuador estas visas son otorgadas por las Direcciones Zonales, las mismas que se encuentran distribuidas y desconcentradas en todo el territorio nacional. |
Trámite orientado a ciudadanos extranjeros quienes desean residir en estancias cortas en el país, la misma que está dirigida a quienes desean residir hasta por (180) días en el país para realizar actos de comercio, culturales, administrativas, entre otras actividades en el Ecuador. La señalada visa se otorgará a ciudadanos extranjeros quienes reúnan los requisitos legales, cuenta con entradas múltiples al Ecuador. La visa de visitante temporal de actos de comercio en el exterior es un servicio brindado por a través de los Consulados u Oficinas Consulares del Ecuador, así como, en el territorio ecuatoriano en las Oficinas (Direcciones Zonales) desconcentradas.
Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.
Visa visitante temporal actos de comercio
Los constantes en el Artículo 64 de la LOMH, y 58 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana.
Requisitos Especiales: Conforme el artículo 98 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana:
La persona extranjera podrá aplicar para esta categoría migratoria ante el órgano administrativo competente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, presentando los siguientes requisitos:
1. Formulario de solicitud de visa, acompañado de los justificativos de la actividad a realizarse, tales como carta de auspicio de una persona natural o jurídica domiciliada en el Ecuador; inscripción, registro o invitación a un evento, seminario, taller, capacitación, competencia o evento deportivo, o conferencia internacional;
2. Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
3. Certificado de no registrar antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco (5) años. El documento deberá ser apostillado en caso de haber sido emitido en un país parte del Convenio de la Apostilla de La Haya; o, legalizado si ha sido emitido en un país que no sea parte de dicho convenio. En caso de que el documento original fuese emitido en un idioma distinto al castellano, éste deberá ser traducido por un profesional autorizado;
4. Acreditar los medios de vida lícitos que permitan su estadía por el tiempo autorizado; y,
5. Pago de la tarifa fijada por la normativa aplicable.
El solicitante deberá proporcionar la información de contacto: correo electrónico y número telefónico de su contraparte o auspiciante en el Ecuador a fin de que la autoridad pueda verificar la documentación proporcionada. En caso de no poderse demostrar la veracidad de la información proporcionada por la persona extranjera, la solicitud de visa será negada.
PROCEDIMIENTO PRESENCIAL
PROCEDIMIENTO EN LÍNEA
El videotutorial de la nueva plataforma se podrá visualizar en el siguiente enlace:
https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $125. No grava IVA
Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional. Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador. |
En el Ecuador - Direcciones Zonales: Lunes a viernes de 08h30 a 17h00 Para mayor información ingresar en el siguiente enlace: Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.
En el Exterior - Oficinas Consulares:
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La visa de visitante temporal permite el ingreso hasta por 180 días con entradas múltiples, sin embargo puede ser renovada por una sola vez según el artículo 56.A de la LOMH.
El modelo de gestión de servicios digitales permitirá que los ciudadanos en el Ecuador y en el exterior, soliciten y reciban los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de manera digital, a través de la utilización de plataformas informáticas, eliminando en su mayoría, la necesidad de realizar trámites presenciales.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 150 |
2 | 2024-01 | 0 | 33 |
3 | 2024-02 | 0 | 35 |
4 | 2024-03 | 0 | 45 |
5 | 2024-04 | 0 | 70 |
6 | 2024-05 | 0 | 68 |
7 | 2024-06 | 0 | 42 |
8 | 2024-07 | 0 | 114 |
9 | 2024-08 | 0 | 34 |
10 | 2024-09 | 0 | 69 |
11 | 2024-10 | 0 | 65 |
12 | 2024-11 | 0 | 46 |
13 | 2024-12 | 0 | 32 |
14 | 2023-06 | 0 | 51 |
15 | 2023-07 | 0 | 32 |
16 | 2023-08 | 0 | 37 |
17 | 2023-09 | 0 | 39 |
18 | 2023-10 | 0 | 49 |
19 | 2023-11 | 0 | 78 |
20 | 2023-12 | 0 | 35 |
Fecha de última actualización: 2024/12/31