CONCESIÓN DE VISA DE RESIDENCIA TEMPORAL DE TRIPULANTE MARINO

Otorgamiento de una visa de tripulante marino a ciudadanos extranjeros quienes forman parte del equipo de embarcaciones especiales, comerciales, industriales o personal especializado que labora en la industria pesquera, dedicada a sus maniobras o servicio, el solicitante deberá presentar además de los requisitos generales contemplados en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, los establecidos en el artículo 70 del reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, el mismo que fue reformado por el Acuerdo Ministerial 696, de 20 de marzo de 2023. Las visas de tripulante marino se otorgan en los Consulados y/o en las Oficinas Consulares en los distintos países en donde el Ecuador mantiene relaciones consulares, en el Ecuador estas visas son otorgadas por las Direcciones Zonales, las mismas que se encuentran distribuidas y desconcentradas en todo el territorio nacional.

¿A quién está dirigido?

Trámite orientado a ciudadanos extranjeros: quienes forman parte del equipo de embarcaciones especiales, comerciales, industriales o personal especializado que labora en la industria pesquera, dedicada a sus maniobras o servicio. La señalada visa se otorgará a extranjeros quienes reúnan los requisitos legales generales contemplados en el artículo 64 de la LOMH, así como los especiales contemplados en el artículo 70 del reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana norma reformada por el Acuerdo Ministerial 696, de 20 de marzo de 2023, la señalada visa cuenta con entradas múltiples al Ecuador. La visa de visitante temporal de tripulante marino en el exterior es un servicio brindado a través de los Consulados u Oficinas Consulares del Ecuador, así como, en las Oficinas (Direcciones Zonales) desconcentradas.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de tripulante marino

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos Especiales:

La persona extranjera podrá aplicar para esta categoría migratoria presentando los siguientes requisitos:

  1. Contrato de trabajo y
  2. Registro Único de Contribuyentes actualizado

Adicionalmente, se requerirá la acreditación de la calidad de tripulante marino, con la presentación del Libretin de Identificación y Registro de la Gente de Mar (Seaman’s Book) o con el contrato de trabajo en el que conste el detalle de las funciones que desempeñará el personal extranjero especializado que deba contratarse.

Para la renovación de esta visa se deberán presentar, además de los requisitos generales previstos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, los exigidos para su otorgamiento por primera vez, dejando a salvo el derecho de los tripulantes marinos de solicitar la residencia permanente cumplidos los requisitos y condiciones previstos en la ley.

¿Cómo hago el trámite?

PROCEDIMIENTO PRESENCIAL

  • Acudir a las ventanillas dispuestas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana en las Direcciones Zonales o de los Consulados del Ecuador en el Mundo.
  • Presentar documentación habilitante debidamente apostillada y/o legalizada.
  • Cancelación de tarifa del formulario
  • Una vez validada la información acudir a la cita (día y hora) convocada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  • Cancelar el costo de la visa
  • Retirar el certificado de concesión de visa y confirmar y firmar el recibido conforme de la visa.

 PROCEDIMIENTO EN LINEA

  1. Registro
  1. Completa campos de registro
  • Ingresar datos personales y aceptar términos y condiciones.
  1. Solicitud de visa
  • Seleccionar nuevo trámite
  • Escoger tipo de servicio al que se desea acceder
  • Completar datos: pasaporte, fotografía y demás documentos de respaldo.
  • NOTA: los menores de edad deben realizar este trámite a través de sus representantes legales o apoderados según sea el caso.
  • Luego de realizar la solicitud de visa se debe realizar el primer pago en línea.
  • NOTA: este pago corresponde a la presentación de la solicitud y revisión de documentos, el usuario recibirá correos electrónicos de notificación según el proceso avance conjuntamente con la factura electrónica del pago efectuado. Se debe seleccionar de manera adecuada el tipo de visa ya que este pago NO es reembolsable.
  1. Confirmación y seguimiento de trámite
  • Revisar el estado de solicitud en el sistema.
  • Puede acceder al expediente para obtener un resumen del trámite.
  1. Proceso de subsanación
  • Si la información presentada esta incompleta o incorrecta recibirá una notificación.
  • Seguir las indicaciones y subir la documentación solicitada.
  • El tiempo previsto en la norma para realizar este proceso son 10 días laborables.
  • En el caso que corresponda el CESDI informará si se requiere o no una entrevista presencial o virtual.
  1. Realizar pago
  • Una vez aprobada la solicitud podrá realizar el pago de la visa y orden de cedulación, dependiendo del tipo de visa solicitada. Por ahora se lo puede realizar solo en línea posteriormente se incrementará el canal presencial en las oficinas bancarias autorizadas.
  • En su correo electrónico recibirá una notificación del pago conjuntamente con las facturas electrónicas de los valores pagados por el usuario.
  1. Emisión de visa y orden de cedulación
  • Una vez efectuado el segundo pago, se generará de forma automática la visa y orden de cedulación, en caso de corresponder.

El videotutorial de la nueva plataforma se podrá visualizar en el siguiente enlace:

https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared

 

 

 

 

 

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa USD $200. No grava IVA

Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En el Ecuador -  Direcciones Zonales:
Lunes a viernes de 08h30 a 17h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/informacion-sobre-como-solicitar-y-acceder-a-los-servicios-que-ofrece-el-ministerio-de-relaciones-exteriores-y-movilidad-humana-a-nivel-nacional-durante-la-emergencia-sanitaria/

 

En el Exterior - Oficinas Consulares:
Lunes a viernes de 08h30 a 14h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:

https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La visa de tripulante marino permite el ingreso hasta por dos años con entradas múltiples, de conformidad al artículo 70 del reglamento de la LOMH.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 023933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 3
2 2024-01 0 1
3 2024-02 0 4
4 2024-03 0 4
5 2024-04 0 8
6 2024-05 0 6
7 2024-06 0 13
8 2024-07 0 22
9 2024-08 0 14
10 2024-09 0 13
11 2024-10 0 6
12 2024-11 0 4
13 2024-12 0 0
14 2023-06 0 5
15 2023-07 0 0
16 2023-08 0 0
17 2023-09 0 1
18 2023-10 0 1
19 2023-11 0 16
20 2023-12 0 5
Ir al trámite en línea

Fecha de última actualización: 2024/12/31

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