Concesión de visa de residencia temporal de cooperantes gubernamentales, de organizaciones no gubernamentales y de prensa extranjera

Concesión de Cooperantes gubernamentales, de organizaciones no gubernamentales y de prensa extranjera

Autorización de residencia temporal que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras que tienen la intención de establecerse en el país para realizar actividades lícitas bajo Convenio para Organizaciones no Gubernamentales. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras: funcionarios, expertos, miembros o consultores de Organizaciones No Gubernamentales extranjeras bajo Convenio Básico de Funcionamiento con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de residencia temporal Convenio para Organizaciones No Gubernamentales

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Fotografía a color en formato JPG máximo de un MB, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  2. Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  3. Certificado original de antecedentes penales del país de origen o en los que hubiese residido durante los últimos cinco años, traducido, apostillado o legalizado. Se tomarán en cuenta ciento ochenta (180) días de vigencia, contados desde la fecha de emisión del certificado hasta el último ingreso del interesado al país. Los certificados emitidos por Gobiernos federales, serán válidos en tanto comprendan los antecedentes penales a nivel nacional. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  4. Pago de la tarifa fijada por la autoridad de movilidad humana; y,
  5. Demás documentos que la autoridad requiera en los casos que amerite.
  6. Acreditar medios de vida lícitos conforme el Acuerdo Ministerial No. 70, de 28 de junio de 2024.  (Enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2024/07/0000070.pdf)

Requisitos Especiales:

Para solicitar esta categoría migratoria los funcionarios, expertos, miembros o consultores de organizaciones gubernamentales o no gubernamentales, extranjeras, que hayan suscrito un convenio de sede o básico de funcionamiento con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, y que se establezcan legalmente en el país; así como los corresponsales de prensa extranjera que residan en el territorio ecuatoriano, a más de los requisitos previstos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana, estas personas extranjeras deberán presentar lo siguiente:

  1. Copia del convenio de sede o básico de funcionamiento vigente, suscrito entre el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador y la organización auspiciante;
  2. Certificados que acrediten que la organización gubernamental o no gubernamental, extranjera, está al día en sus obligaciones con el Servicio de Rentas Internas y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de ser aplicable; y,
  3. Oficio original de auspicio para la obtención de “Visado de residencia temporal de cooperantes gubernamentales, de organizaciones no gubernamentales y de prensa extranjera” suscrito por el representante o apoderado legal en Ecuador o del Director o Presidente de la sede de la Organización auspiciante, en la que se especifique la nómina, funciones relacionadas con los objetivos del Convenio y tiempo de permanencia de la(s) persona(s) auspiciada(s).

Para los corresponsales de prensa extranjera a más de los requisitos previstos en la Ley Orgánica de Movilidad Humana se requerirá la presentación de la carta de acreditación de la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

PROCEDIMIENTO PRESENCIAL

Direcciones Zonales en el Ecuador

  1. Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

Nota: En el Ecuador el depósito en la cuenta bancaria se puede realizar hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Presentar documentación habilitante.
  3. Cancelación de Tasa.

PROCEDIMIENTO EN LÍNEA

  1. Registro
  1. Completa campos de registro
  • Ingresar datos personales y aceptar términos y condiciones.
  1. Solicitud de visa
  • Seleccionar nuevo trámite
  • Escoger tipo de servicio al que se desea acceder
  • Completar datos: pasaporte, fotografía y demás documentos de respaldo.
  • NOTA: los menores de edad deben realizar este trámite a través de sus representantes legales o apoderados según sea el caso.
  • Luego de realizar la solicitud de visa se debe realizar el primer pago en línea.
  • NOTA: este pago corresponde a la presentación de la solicitud y revisión de documentos, el usuario recibirá correos electrónicos de notificación según el proceso avance conjuntamente con la factura electrónica del pago efectuado. Se debe seleccionar de manera adecuada el tipo de visa ya que este pago NO es reembolsable.
  1. Confirmación y seguimiento de trámite
  • Revisar el estado de solicitud en el sistema.
  • Puede acceder al expediente para obtener un resumen del trámite.
  1. Proceso de subsanación
  • Si la información presentada esta incompleta o incorrecta recibirá una notificación.
  • Seguir las indicaciones y subir la documentación solicitada.
  • El tiempo previsto en la norma para realizar este proceso son 10 días laborables.
  • En el caso que corresponda el CESDI informará si se requiere o no una entrevista presencial o virtual.
  1. Realizar pago
  • Una vez aprobada la solicitud podrá realizar el pago de la visa y orden de cedulación, dependiendo del tipo de visa solicitada. Por ahora se lo puede realizar solo en línea posteriormente se incrementará el canal presencial en las oficinas bancarias autorizadas.
  • En su correo electrónico recibirá una notificación del pago conjuntamente con las facturas electrónicas de los valores pagados por el usuario.
  1. Emisión de visa y orden de cedulación
  • Una vez efectuado el segundo pago, se generará de forma automática la visa y orden de cedulación, en caso de corresponder.

El videotutorial de la nueva plataforma se podrá visualizar en el siguiente enlace:

https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Formulario para solicitud de visas: USD 50,00; Visa autorizada: USD 80,00. No grava IVA.

Se aplica exoneración de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

En el Ecuador -  Direcciones Zonales:
Lunes a viernes de 08h30 a 17h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

 

En el Exterior - Oficinas Consulares:
Lunes a viernes de 08h30 a 14h00
Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

 

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

2 años

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 5
2 2024-01 0 2
3 2024-02 0 1
4 2024-03 0 1
5 2024-04 0 7
6 2024-05 0 9
7 2024-06 0 3
8 2024-07 0 5
9 2024-08 0 0
10 2024-09 0 5
11 2024-10 0 1
12 2024-11 0 0
13 2024-12 0 0
14 2023-01 0 4
15 2023-02 0 7
16 2023-03 0 5
17 2023-04 0 0
18 2023-05 0 0
19 2023-06 0 3
20 2023-07 0 1
21 2023-08 0 2
22 2023-09 0 4
23 2023-10 0 6
24 2023-11 0 3
25 2023-12 0 1
26 2022-01 0 3
27 2022-02 0 1
28 2022-03 0 1
29 2022-04 0 6
30 2022-05 0 4
31 2022-06 0 1
32 2022-07 0 26
33 2022-08 0 1
34 2022-09 0 13
35 2022-10 0 4
36 2022-11 0 3
37 2022-12 0 4
38 2021-01 0 5
39 2021-02 0 2
40 2021-03 0 1
41 2021-04 0 10
42 2021-05 0 4
43 2021-06 0 1
44 2021-07 0 4
45 2021-08 0 29
46 2021-09 0 10
47 2021-10 0 3
48 2021-11 0 3
49 2021-12 0 5
50 2020-01 0 3
51 2020-02 0 73
52 2020-03 0 73
53 2020-04 0 0
54 2020-05 0 0
55 2020-06 0 0
56 2020-07 0 3
57 2020-08 0 3
58 2020-09 0 2
59 2020-10 0 13
60 2020-11 0 1
61 2020-12 0 1
62 2019-01 0 1
63 2019-02 0 1
64 2019-03 0 0
65 2019-04 0 0
66 2019-05 0 0
67 2019-06 0 1
68 2019-07 0 6
69 2019-08 0 2
70 2019-09 0 4
71 2019-10 0 5
72 2019-11 0 1
73 2019-12 0 3
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Fecha de última actualización: 2024/12/31

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