Concesión de visa de residencia permanente por tiempo de permanencia mayor a 21 meses con residencia temporal en el Ecuador.

Autorización de residencia permanente que otorga el Estado ecuatoriano a las personas extranjeras que tienen la intención de establecerse en el país  y que acrediten residencia temporal en Ecuador mayor a 21 meses. Se emite a través de las Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares del Ecuador en el exterior y en las Direcciones Zonales en el Ecuador.

¿A quién está dirigido?

A todas las personas extranjeras que acrediten tiempo de permanencia mayor a 21 meses en residencia temporal en el Ecuador, con la intención de establecerse para realizar actividades lícitas con una condición migratoria regular.

Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Visa de residencia permanente por 21 meses

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral (de preferencia), o tener una sonrisa natural, con ambos ojos abiertos;
  • Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses;
  • Pago de la tarifa fijada (Arancel Consular y Diplomático).
  • Acreditar medios de vida lícitos conforme el Acuerdo Ministerial No. 70, de 28 de junio de 2024. Enlace: ( https://www.cancilleria.gob.ec/wp-content/uploads/2024/07/0000070.pdf)

Menores de edad

  • En ausencia de uno de los padres, deberá presentar poder especial o autorización, apostillado o legalizado y de ser el caso traducido.
  • Se adjuntará la partida de nacimiento del menor de edad apostillada o legalizada y de ser el caso traducida al castellano.

Requisitos Especiales:

  • Certificado de antecedentes penales del Ecuador. Documento requerido únicamente para personas mayores de 18 años.
  • Constancia de residencia temporal con la que se acredite el tiempo de permanencia de al menos 21 meses continuos y la solicitud de residencia permanente tendrá que ser presentada previo al vencimiento de la condición migratoria que ostenta.
  • Documentación que de cuenta del hecho que ocasionó el otorgamiento de la visa de residencia temporal.

 

Las Direcciones Zonales o los Consulados del Ecuador podrán convocar a la persona solicitante de la categoría migratoria y/o a sus representantes legales, a una entrevista con el fin de verificar la información presentada o solicitar información vinculada al trámite.

Formatos y anexos

¿Cómo hago el trámite?

PROCEDIMIENTO PRESENCIAL

TRÁMITE - Direcciones Zonales en el Ecuador

  1. Iniciar la solicitud del trámite conforme a los lineamientos de cada una de las oficinas prestadoras de servicios en el país. Acceder al detalle de cada oficina mediante el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/
  2. Seguir las instrucciones que se le enviará a su correo electrónico. 

TRÁMITE - Oficinas Consulares en el exterior

  1. Contactarse con el Consulado más cercano. Puede revisar los Consulados en el exterior a través de este enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/
  2. Presentar documentación habilitante.
  3. Cancelación de Tasa.

PROCEDIMIENTO EN LINEA

  1. Registro
  1. Completa campos de registro
  • Ingresar datos personales y aceptar términos y condiciones.
  1. Solicitud de visa
  • Seleccionar nuevo trámite
  • Escoger tipo de servicio al que se desea acceder
  • Completar datos: pasaporte, fotografía y demás documentos de respaldo.
  • NOTA: los menores de edad deben realizar este trámite a través de sus representantes legales o apoderados según sea el caso.
  • Luego de realizar la solicitud de visa se debe realizar el primer pago en línea.
  • NOTA: este pago corresponde a la presentación de la solicitud y revisión de documentos, el usuario recibirá correos electrónicos de notificación según el proceso avance conjuntamente con la factura electrónica del pago efectuado. Se debe seleccionar de manera adecuada el tipo de visa ya que este pago NO es reembolsable.
  1. Confirmación y seguimiento de trámite
  • Revisar el estado de solicitud en el sistema.
  • Puede acceder al expediente para obtener un resumen del trámite.
  1. Proceso de subsanación
  • Si la información presentada esta incompleta o incorrecta recibirá una notificación.
  • Seguir las indicaciones y subir la documentación solicitada.
  • El tiempo previsto en la norma para realizar este proceso son 10 días laborables.
  • En el caso que corresponda el CESDI informará si se requiere o no una entrevista presencial o virtual.
  1. Realizar pago
  • Una vez aprobada la solicitud podrá realizar el pago de la visa y orden de cedulación, dependiendo del tipo de visa solicitada. Por ahora se lo puede realizar solo en línea posteriormente se incrementará el canal presencial en las oficinas bancarias autorizadas.
  • En su correo electrónico recibirá una notificación del pago conjuntamente con las facturas electrónicas de los valores pagados por el usuario.
  1. Emisión de visa y orden de cedulación
  • Una vez efectuado el segundo pago, se generará de forma automática la visa y orden de cedulación, en caso de corresponder.

El videotutorial de la nueva plataforma se podrá visualizar en el siguiente enlace:

https://youtu.be/FfzAzuTcOIc?feature=shared

 


Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

Solicitud de visa USD $50

Otorgamiento de visa USD $225. No grava IVA.

 

Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.

Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.  

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Ecuador -  Direcciones Zonales:

Lunes a viernes de 08h30 a 16h15

Para mayor información de las Direcciones Zonales ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/07/30/direccioneszonales/

 

Oficinas Consulares en el Exterior:

Lunes a viernes de 08h30 a 14h00

Para mayor información sobre las oficinas consulares en el exterior, ingresar en el siguiente enlace: https://www.cancilleria.gob.ec/2021/05/11/embajadas-y-consulados-en-el-exterior/

 

Consultas en línea: https://serviciosciudadanos.cancilleria.gob.ec/

 

Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Indefinida.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Unidad de Consejería

Email: consejeria@cancilleria.gob.ec

Teléfono: 02-3933520

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2025-01 0 567
2 2024-01 0 152
3 2024-02 0 140
4 2024-03 0 148
5 2024-04 0 112
6 2024-05 0 226
7 2024-06 0 109
8 2024-07 0 109
9 2024-08 0 178
10 2024-09 0 226
11 2024-10 0 243
12 2024-11 0 263
13 2024-12 0 164
14 2023-01 0 140
15 2023-02 0 236
16 2023-03 0 191
17 2023-04 0 65
18 2023-05 0 136
19 2023-06 0 163
20 2023-07 0 119
21 2023-08 0 146
22 2023-09 0 105
23 2023-10 0 132
24 2023-11 0 119
25 2023-12 0 102
26 2022-01 0 410
27 2022-02 0 431
28 2022-03 0 356
29 2022-04 0 234
30 2022-05 0 184
31 2022-06 0 151
32 2022-07 0 199
33 2022-08 0 151
34 2022-09 0 217
35 2022-10 0 204
36 2022-11 0 150
37 2022-12 0 205
38 2021-01 0 173
39 2021-02 0 151
40 2021-03 0 362
41 2021-04 0 309
42 2021-05 0 390
43 2021-06 0 510
44 2021-07 0 383
45 2021-08 0 306
46 2021-09 0 487
47 2021-10 0 302
48 2021-11 0 419
49 2021-12 0 475
50 2020-01 0 119
51 2020-02 0 57
52 2020-03 0 60
53 2020-04 0 4
54 2020-05 0 30
55 2020-06 0 56
56 2020-07 0 104
57 2020-08 0 120
58 2020-09 0 151
59 2020-10 0 158
60 2020-11 0 141
61 2020-12 0 209
62 2019-01 0 24
63 2019-02 0 28
64 2019-03 0 41
65 2019-04 0 42
66 2019-05 0 102
67 2019-06 0 126
68 2019-07 0 130
69 2019-08 0 108
70 2019-09 0 79
71 2019-10 0 165
72 2019-11 0 141
73 2019-12 0 60
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Fecha de última actualización: 2024/12/31

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