Otorgamiento de una visa de residente permanente de entradas múltiples al Ecuador a ciudadanos pertenecientes a los países que conforman la Comunidad Andina. Las visas de residencia permanente en el exterior se otorgan en los Consulados y/o en las Oficinas Consulares en los distintos países en donde el Ecuador mantiene relaciones consulares, mientras que en el Ecuador las visas son otorgadas por las Direcciones Zonales las mismas que se encuentran distribuidas y desconcentradas en todo el territorio nacional. Para el caso de ausentismo del extranjero se deberá tomar en cuenta lo señalado en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana. |
Trámite orientado a ciudadanos extranjeros pertenecientes a los países que conforman la Comunidad Andina quienes reúnan los requisitos legales internos del país, así como los específicos del Estatuto Andino, la visa de residencia permanente por Estatuto Migratorio Andino es un servicio brindado por el Ecuador a través de los Consulados u Oficinas Consulares en el Exterior, o en las distintas Oficinas (Direcciones Zonales) desconcentradas a su vez en el territorio ecuatoriano.
Dirigido a: Persona Natural - Extranjera.
Visa de residencia permanente Estatuto Migratorio Andino
Los constantes en el Artículo 64 de la LOMH, y 58 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana.
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Cumplir los requisitos establecidos en el Estatuto Migratorio Andino, entre estos: Residir por lo menos 21 meses en el Ecuador en forma ininterrumpida. Poseer una visa de residencia temporal de estatuto migratorio andino o cualquier otra visa de residencia temporal, conforme lo establecido en el artículo 60 numeral 12 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, y el artículo 77 de su reglamento. Los establecidos en el artículo 22 de la Decisión 878 que contiene el Estatuto Migratorio Andino. |
PROCEDIMIENTO PRESENCIAL
PROCEDIMIENTO EN LÍNEA
El videotutorial de la nueva plataforma se podrá visualizar en el siguiente enlace: |
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
Solicitud de visa USD $50, Otorgamiento de visa: GRATIS
Se aplica descuento de 50 % para personas de la tercera edad (65 años en adelante), a nivel nacional.
Se aplica la exoneración de 100% a nivel nacional, a las personas con discapacidad igual o superior al 30 % presentando el carné de discapacitado emitido por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador.
En el Ecuador - Direcciones Zonales: Lunes a viernes de 08h30 a 17h00 Para mayor información ingresar en el siguiente enlace:
En el Exterior - Oficinas Consulares:
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Nota: En el Ecuador podrá realizar el depósito/pago de la tarifa (arancel consular) hasta las 16H15, según horario de atención del banco local.
La visa de residencia temporal es por naturaleza indefinida, sin embargo, es importante tomar en cuenta el tiempo de ausentismo y cumplir lo establecido en el artículo 65 de la LOMH.
El modelo de gestión de servicios digitales permitirá que los ciudadanos en el Ecuador y en el exterior, soliciten y reciban los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de manera digital, a través de la utilización de plataformas informáticas, eliminando en su mayoría, la necesidad de realizar trámites presenciales.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
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1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2024-01 | 0 | 0 |
3 | 2024-02 | 0 | 0 |
4 | 2024-03 | 0 | 0 |
5 | 2024-04 | 0 | 0 |
6 | 2024-05 | 0 | 0 |
7 | 2024-06 | 0 | 0 |
8 | 2024-07 | 0 | 0 |
9 | 2024-08 | 0 | 0 |
10 | 2024-09 | 0 | 0 |
11 | 2024-10 | 0 | 0 |
12 | 2024-11 | 0 | 0 |
13 | 2024-12 | 0 | 0 |
14 | 2023-06 | 0 | 0 |
15 | 2023-07 | 0 | 0 |
16 | 2023-08 | 0 | 0 |
17 | 2023-09 | 0 | 0 |
18 | 2023-10 | 0 | 0 |
19 | 2023-11 | 0 | 0 |
20 | 2023-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2024/12/31