Emisión de aprobación del capacitador para impartir cursos de nivel 2, cursos de reentrenamiento y especialización que requieran el manejo y uso de armas

Atención al público

Información proporcionada por: Ministerio del Interior (MDI)

Trámite orientado a los Centros de Formación y Capacitación al personal de Vigilancia y Seguridad Privada que requieran la autorización del/los capacitador/es para impartir cursos de nivel 2 de reentrenamiento especialización y manejo y uso de armas de fuego.

¿A quién está dirigido?

Centros de Formación y Capacitación al personal de Vigilancia y Seguridad Privada que soliciten la aprobación del capacitador para impartir cursos de nivel 2, cursos de reentrenamiento y especialización que requieran el manejo y uso de armas

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Oficio de aprobación y registro del capacitador para impartir el curso de nivel 2, cursos de reentramiento y especialización que requieran el manejo y uso de armas de fuego del Centro de Formación y Capacitación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

BÁSICOS:

1. Ser ciudadano ecuatoriano o en caso de ser extranjero contar con la autorización para ejercer actividades laborales, otorgada por la autoridad competente.
2. Haber cumplido al menos 25 años de edad y hasta un máximo de 69 años 12 meses de edad.
3. El certificado de reconocimiento de los certificados de evaluación psiquiátrica, psicología forense y análisis toxicológico emitido por el Ministerio de Salud Pública.
4. El certificado de no registrar antecedentes penales actualizados hasta 8 días antes de la fecha de solicitud de la autorización.
5. El certificado de no tener denuncias, demandas o procesos por violencia intrafamiliar otorgados por autoridad competente.
6.El/los certificados que acrediten la experiencia laboral mínimo (5 años) en conocimiento de armas de fuego, tipos de armas, manipulación, arme, desarme, munición, características individuales, técnicas de tiro, seguridad con las armas de fuego en las instalaciones de tiro.
7. Certificado por competencias laborales, avalado por el Ministerio del Trabajo.
8. El curso de instructor de tiro para armas de fuego con una duración mínima de (150) horas.
9. Para miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio pasivo y ex-servidores de las entidades complementarias de Seguridad Ciudadana: El certificado de no haber sido dado de baja y/o destituido por mala conducta, acto administrativo u orden judicial.
10. Los miembros de la Fuerza Pública y Policía Nacional en servicio pasivo que brinden sus servicios como capacitadores en los Centros de Capacitación y Formación al Personal de Vigilancia y Seguridad Privada, deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 22 del Acuerdo Ministerial 0091, a excepción de los numerales 6 y 8, para lo cual deberán presentar los certificados que acrediten su permanencia dentro de la institución a la que perteneció con un mínimo de 10 años, los cuales serán validados y aprobados por el Ministerio del Interior.

¿Cómo hago el trámite?

1. Elaborar una solicitud dirigida al Director/a de Regulación de Seguridad Privada, firmada por el representante legal del Centros de Formación y Capacitación al personal de Vigilancia y Seguridad Privada

2. Adjuntar al oficio los requisitos

3. Ingresar el oficio y los requisitos a la ventanilla de Gestión de Documental ubicada en las instalaciones del Ministerio del Interior que se encuentra en Quito en la avenida Amazonas N24-196 y Luis Cordero, edificio CONTEMPO.

4. Recibir notificación de respuesta favorable a la solicitud a través de correo electrónico adjunto el oficio de aprobación y registro del capacitador.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

DIRECCIÓN UNIDAD HORARIO
Amazonas N24-196 y Luis Cordero, edificio CONTEMPO. Gestión Documental ubicada en planta baja Lunes a Viernes de 8:00-12:30

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

Conforme la vigencia del permiso de funcionamiento del Centro de Formación y Capacitación.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Dirección de Regulación de Seguridad Privada

Email: centros.formacion@interior.gob.ec


Fecha de última actualización: 2025/06/09

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