Proceso voluntario de establecimientos de salud y sus profesionales, los cuales por primera vez solicitan la acreditación, y en el cual se verifica el cumplimiento de estándares de calidad fijados y normados por el INDOT, para realizar procesos de donación y trasplante de hígado.
Trámite orientado a recibir la documentación habilitante, validarla y verificar la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud y sus profesionales de salud para realizar la actividad trasplantológica en el programa de trasplante hepático
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
Acreditación de establecimientos de salud y sus profesionales de salud para programa de trasplante hepático
Requisitos:
Carta motivada para la creación de Programa de Trasplante hepático suscrita por la máxima autoridad |
Permiso de funcionamiento vigente |
Copia del Registro Único de Contribuyentes (RUC) |
Copia del nombramiento del Representante Legal o máxima autoridad del requirente |
Listado del equipo de Procuración (Coordinador intrahospitalario y equipo de apoyo) |
Esquema organizacional del equipo de ablación y de trasplante. |
Certificado del sistema de gestión de calidad. |
Perfil epidemiológico de patologías hepáticas susceptibles de trasplante |
Proyección anual de trasplantes a realizarse por cada año de acreditación |
Proyección de identificación anual de donantes (potenciales y efectivos) |
Planificación anual de vacaciones del equipo de trasplante |
Planificación anual de capacitaciones del equipo de trasplante |
Listado de los equipos e instrumental quirúrgico |
Listado de insumos y materiales: disponibilidad y cálculo de necesidades anuales. |
Listado de medicamentos según protocolos: disponibilidad; cálculo de necesidades anuales y planificación de compras. |
Planificación anual de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos a ser usados en la evaluación pre trasplante, el trasplante y seguimiento pos trasplante. |
Planificación de movilización y logística del equipo quirúrgico de ablación, en el caso de aceptar la oferta de una ciudad fuera de la que se encuentra el establecimiento de salud que solicita la acreditación o re acreditación. |
Listado de los exámenes serológicos y de función hepática que realiza el laboratorio institucional para evaluación de donante y de receptor. En caso de no contar con la realización de este tipo de exámenes indicar que mecanismo ha implementado para su rea |
Protocolos de trasplantes: |
Requerimientos para acreditación en el programa de trasplante hepático |
Solicitud de acreditación de profesionales |
Hoja de vida |
Documento que certifique la relación laboral con el establecimiento de salud |
Documento que certifique tres años de experiencia en la profesión |
Registro del título profesional del Ministerio de Salud Pública |
Documentos que avalan formación y/o experiencia en donación y trasplante hepático de acuerdo a perfil. |
1. Ir a trámite en línea de esta página, llenar el formulario.
2. Coordinar la visita de inspección que se realizará al establecimiento solicitante.
3. Acompañar en la visita de inspección a los representantes del INDOT.
4. Recibir certificado de acreditación de acuerdo a la Coordinación Zonal donde fue entregada la solicitud.
1. Descargar formularios de la página web institucional http://www.donaciontrasplante.gob.ec/indot/biblioteca/ o solicitarlos en las Coordinaciones Zonales del INDOT (Quito: Yaguachi y Numa Pompillo Llona E6-68 Barrio "EL Dorado" , Cuenca: Av. Octavio Chacón Moscoso-Carlos Tosi Siri Bloque Ocho Edificio CENAPIC Oficina 201-202-204, Guayaquil: Av. García Moreno Hospital Teodoro Maldonado Carbo IESS, planta baja. Referencia: ingresando por la antigua emergencia (a lado del departamento de Necropsia).
2. Entregar los requisitos con toda la documentación habilitante conforme el programa al que se desee acreditar o reacreditar en las Coordinaciones Zonales del Indot (Quito: Yaguachi y Numa Pompillo Llona E6-68 Barrio "EL Dorado" , Cuenca: Av. Octavio Chacón Moscoso-Carlos Tosi Siri Bloque Ocho Edificio CENAPIC Oficina 201-202-204, Guayaquil: Av. García Moreno Hospital Teodoro Maldonado Carbo IESS, planta baja. Referencia: ingresando por la antigua emergencia (a lado del departamento de Necropsia).
3. Coordinar la visita de inspección que se realizará al establecimiento solicitante.
4. Acompañar en la visita de inspección a los representantes del INDOT.
5. Recibir certificado de acreditación de acuerdo a la Coordinación Zonal donde fue entregada la solicitud.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
La atención para este servicio se realiza únicamente en las siguientes Oficinas del Instituto Nacional de Donación y Trasplantes de Órganos, Tejidos y Células - INDOT:
Coordinación Zonal 1 - Quito
Coordinación Zonal 2 - Guayaquil
Coordinación Zonal 3 - Cuenca
Horario de Atención
LUN - VIE
08:00 - 16:30
2 años
6. PROCESO DE ACREDITACION Y REACREDITACION
6.1. ACREDITACION
6.1.1 I FASE DE REVISION DOCUMENTAL
6.1.1.1. Documentos Institucionales requeridos
1. Formulario 001 "Solicitud de acreditación o re acreditación código: RG-INDOT-270 (anexo 1)
2. Formulario 002.HIGa "Requerimientos para acreditación en el programa de trasplante hepático adulto" código: RG-INDOT-326 (anexo 2)
Anexar
1) Carta motivada para la creación de Programa ce Trasplante hepático suscrita por la máxima autoridad.
2) Permiso de funcionamiento vigente del establecimiento de salud.
3) Copia del Registro Unico de Contribuyentes.
4) Copia del nombramiento del Representante Legal o máxima autoridad del requirente.
5) Listado del equipo de Procuración: Integrado por: Coordinador intrahospitalario de trasplante y un equipo de profesionales de apoyo (mínimo 3 personas) a la coordinación para la realización de la procuración 24 horas del día, 7 días a la semana.
6) Esquema organizacional del equipo de trasplante que incluya:
- Detalle de los nombres de los responsables en cada perfil del equipo de trasplantes:
- Visibilizar los equipos clínicos y quirúrgicos: de ablación y trasplante de la siguiente manera:
Nota: Para leer Grafico, ver Registro Oficial Suplemento 494 de 23 de Julio de 2018, página 12.
7) Documento que certifique que el establecimiento de salud cuenta con Sistema de Gestión de Calidad.
8) Perfil epidemiológico de patologías hepáticas susceptibles de traspl; hepático del Sistema de salud con su respectivo análisis
9) Proyección anual de trasplantes a realizarse por cada año de acreditación.
10) Proyección de identificación anual de potenciales donantes y donantes efectivos.
11) Planificación anual de vacaciones de los miembros del equipo de trasplante, que garanticen funcionamiento permanente del programa,
12) Planificación anual de capacitaciones formal o informal, para todos los miembros del equipo de trasplante, que garanticen, por un lado el funcionamiento permanente del programa y por otro, la formación de nuevos profesionales en trasplante hepático.
13) Listado de los equipos e instrumental quirúrgico a ser usados para la actividad trasplantológica.
14) Listado de insumos y materiales a ser utilizados para la actividad trasplantológica que incluya la disponibilidad y el cálculo de necesidades anuales.
15) Listado de medicamentos a ser utilizados en la actividad trasplantológica, según protocolos que incluya la disponibilidad; el cálculo de necesidades anuales y la planificación de compras.
16) Planificación anual de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos a ser usados en la actividad trasplantológica.
17) Planificación de movilización y logística del equipo quirúrgico de ablación, en el caso de aceptar la oferta de una ciudad fuera de la que se encuentra el establecimiento de salud que solicita la acreditación o re acreditación.
18) Listado de los exámenes serológicos y de función hepática que realiza el laboratorio institucional para evaluación de donante y de receptor. En caso de no contar con la realización de este tipo de exámenes indicar que mecanismo ha implementado para su realización,
19) Protocolos, que incluya los siguientes temas, los establecimientos de salud deberán presentar los protocolos según la fase en que se acreditan
Art. 19.- Autorización y Acreditación.- Los trasplantes de órganos, tejidos y células solamente podrán realizarse en hospitales e instituciones de salud que cuenten con la autorización de la Autoridad Sanitaria Nacional.
La acreditación será otorgada por la entidad o dependencia designada por la Autoridad Sanitaria Nacional. Los requisitos para la acreditación serán determinados por el reglamento que se expida para el efecto.
La Autoridad Sanitaria Nacional suspenderá o retirará, en forma inmediata y luego de la correspondiente inspección, la autorización y/o acreditación a los programas de trasplantes de los establecimientos de salud que no realicen estos procedimientos, de conformidad con el reglamento correspondiente.
Capítulo IV
Régimen de Acreditación
Artículo 7.- Acreditación.- Es un proceso que tiene como objetivo la evaluación y garantía pública de que los procedimientos de donación y trasplantes de órganos, tejidos y células, incluida la terapia celular o regenerativa, la ingeniería tisular y el xenotrasplante, realizados por instituciones, hospitales, bancos de tejidos y/o células y profesionales, cumplan con lo establecido en la ley, el presente reglamento general y las demás resoluciones que emita la Autoridad Sanitaria Nacional y el INDOT.
La acreditación otorgada a las instituciones, hospitales y profesionales relacionadas con la actividad trasplantológica será concedida para cada órgano, tipo de tejido o aplicación regenerativa específico/a de acuerdo al órgano, tejido o célula utilizada, tanto para terapia celular, ingeniería tisular como para el xenotrasplante.
La acreditación otorgada es pública por lo que podrá ser consultada por los usuarios a través de la página web del Ministerio de Salud Pública y exhibida en la oficina principal de las instituciones, hospitales y bancos de tejidos y/o células.
Los requisitos y el procedimiento de acreditación serán establecidos por el INDOT.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-01 | 0 | 0 |
2 | 2024-02 | 0 | 1 |
3 | 2024-03 | 0 | 1 |
4 | 2024-04 | 0 | 0 |
5 | 2024-05 | 0 | 1 |
6 | 2024-06 | 0 | 0 |
7 | 2024-07 | 0 | 0 |
8 | 2024-08 | 0 | 0 |
9 | 2024-09 | 0 | 1 |
10 | 2023-01 | 0 | 0 |
11 | 2023-02 | 0 | 0 |
12 | 2023-03 | 0 | 0 |
13 | 2023-04 | 0 | 0 |
14 | 2023-05 | 0 | 2 |
15 | 2023-06 | 0 | 0 |
16 | 2023-07 | 0 | 0 |
17 | 2023-08 | 0 | 0 |
18 | 2023-09 | 0 | 0 |
19 | 2023-10 | 0 | 0 |
20 | 2023-11 | 0 | 2 |
21 | 2023-12 | 0 | 0 |
22 | 2022-01 | 0 | 0 |
23 | 2022-02 | 0 | 0 |
24 | 2022-03 | 0 | 1 |
25 | 2022-04 | 0 | 1 |
26 | 2022-05 | 0 | 0 |
27 | 2022-06 | 0 | 0 |
28 | 2022-07 | 0 | 0 |
29 | 2022-08 | 0 | 1 |
30 | 2022-09 | 0 | 0 |
31 | 2022-10 | 0 | 1 |
32 | 2022-11 | 0 | 0 |
33 | 2022-12 | 0 | 1 |
34 | 2021-01 | 0 | 0 |
35 | 2021-02 | 0 | 0 |
36 | 2021-03 | 0 | 1 |
37 | 2021-04 | 0 | 0 |
38 | 2021-05 | 0 | 0 |
39 | 2021-06 | 0 | 2 |
40 | 2021-07 | 0 | 0 |
41 | 2021-08 | 0 | 0 |
42 | 2021-09 | 0 | 0 |
43 | 2021-10 | 0 | 0 |
44 | 2021-11 | 0 | 2 |
45 | 2021-12 | 0 | 0 |
46 | 2020-01 | 0 | 0 |
47 | 2020-02 | 0 | 0 |
48 | 2020-03 | 0 | 0 |
49 | 2020-04 | 0 | 2 |
50 | 2020-05 | 0 | 0 |
51 | 2020-06 | 0 | 0 |
52 | 2020-07 | 0 | 1 |
53 | 2020-08 | 0 | 0 |
54 | 2020-09 | 0 | 0 |
55 | 2020-10 | 0 | 0 |
56 | 2020-11 | 0 | 0 |
57 | 2020-12 | 0 | 0 |
58 | 2019-01 | 0 | 0 |
59 | 2019-02 | 0 | 0 |
60 | 2019-03 | 0 | 0 |
61 | 2019-04 | 0 | 0 |
62 | 2019-05 | 0 | 0 |
63 | 2019-06 | 0 | 1 |
64 | 2019-07 | 0 | 0 |
65 | 2019-08 | 0 | 0 |
66 | 2019-09 | 0 | 0 |
67 | 2019-10 | 0 | 1 |
68 | 2019-11 | 0 | 0 |
69 | 2019-12 | 0 | 0 |
70 | 2018-12 | 0 | 0 |
71 | 2017-12 | 0 | 1 |
Fecha de última actualización: 2024/05/22