Trámite orientado a registrar a ciudadanos interesados en formar parte del Centro de Formación Musical Municipal (CEFOM), para participar en procesos de enseñanza musical en distintas áreas, según la oferta vigente.
Procedimiento mediante el cual los niños, niñas, jóvenes y público en general pueden acceder a la inscripción en el Centro de Formación Musical Municipal, ubicado en la Casa de las Artes, con el propósito de brindar espacios de aprendizaje artístico, fomentar el desarrollo del talento musical y promover la participación activa en procesos culturales y educativos que fortalezcan la identidad y el patrimonio cultural del cantón.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Inscripción aprobada
1. Formulario de Inscripción y Audición Presencial
1. Inscripción y audición presencial:
Completar el Formulario de Inscripción y presentarlo en la Dirección de Cultura, Educación y Recreación, donde se llevará a cabo el proceso de inscripción y la audición de manera presencial.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Dirección de Cultura, Educación y Recreación
07:30-16:00
Ley Orgánica de cultura Art. 146, 147
Art. 146.- De las facultades y obligaciones de las Orquestas Sinfónicas. Las orquestas sinfónicas tienen entre sus funciones, las siguientes: a) Ejecutar en forma pública y periódica el repertorio sinfónico ecuatoriano, latinoamericano y universal, tanto por la orquesta en pleno, como por los grupos de cámara, con el objetivo de alcanzar la excelencia en su ejecución y generar mecanismos de financiamiento propio; b) Propiciar la producción y ejecución de obras sinfónicas de compositores ecuatorianos, y articular colaboraciones artísticas mediante convocatorias públicas y residencias a directores, compositores y arreglistas; c) En coordinación con otras orquestas o instituciones musicales del país, como orquestas sinfónicas locales, infanto-juveniles, instituciones educativas especializadas en artes, orquestas de cámara, entre otros; las orquestas sinfónicas prestarán asistencia técnica, capacitación y asesoría profesional; d) Recopilar, mantener y difundir el patrimonio musical ecuatoriano, así como coordinar con el ente rector de cultura y patrimonio la alimentación de partituras, grabaciones y otros documentos en la Red Ecuatoriana de Archivos, de acuerdo al Reglamento correspondiente; e) Fomentar la generación de nuevos públicos enfocados a la niñez y juventud a través de la realización de eventos o conciertos de tipo didáctico; f) Velar por la formación integral de sus miembros fomentando la capacitación, el intercambio y el desarrollo profesional; y, g) Las demás que establezca la Ley y los Reglamentos.
Art. 147.- De la Red de Orquestas y Bandas Infanto-Juveniles. La Red de Orquestas y Bandas Infanto-Juveniles tiene por objeto desarrollar capacidades, habilidades y destrezas musicales individuales y colectivas de niños, niñas y jóvenes a través de la formación musical, ejecución orquestal y práctica coral. Sus facultades y obligaciones serán establecidas en el Reglamento.
Ordenanza 004-2023
Art. 2.- CREACIÓN: En el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Rumiñahui, créase el Centro Cultural "Casa de las Artes Rumiñahui", mismo que será regido por la Dirección de Educación, Cultura, Deporte y Recreación del GADMUR y tendrá como finalidad la enseñanza formal de la música, a niños y jóvenes del Cantón Rumiñahui, a través del Centro del Formación Musical Municipal, así como también otras artes y manifestaciones culturales a través de las diferentes escuelas de formación.
Fecha de última actualización: 2025/08/08