Trámite orientado a evaluar la viabilidad de proyectos o intervenciones para obras mayores, obras menores,reconocimiento de construcciones informales,regularización de áreas y linderos dentro del polígono patrimonial o bienes patrimoniales
Este trámite está dirigido a todo ciudadano que desee realizar obras mayores o menores, reconocer construcciones informales, o regularizar áreas y linderos en inmuebles ubicados dentro de áreas patrimoniales.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Informe Técnico Vigencia 2 años
1. Oficio dirigido al/la Director/a de Cultura, Educación y Recreación, solicitando la Factibilidad Técnica de Intervención en Áreas Patrimoniales
2. Informe Predial de Regulación de Usos de Suelo – IPRUs
3. Escritura o título de propiedad inscrito en el Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Rumiñahui
4. Certificado de Gravámenes vigente
5. Copia del pago de impuesto predial del año en curso
6. Certificado de No Adeudar al Municipio
7. Copia de cédula de los propietarios
8. Copia del carnet profesional de registro municipal y registro en la SENESCYT del profesional responsable
9. Memoria descriptiva y fotográfica del bien inmueble indicando la época de construcción, autores y/o constructores, datos de compra y venta, propietarios, hechos históricos y personajes que lo habitaron, de ser el caso y de la propuesta indicando los espacios arquitectónicos a construir, los materiales y acabados que se van a utilizar tanto en fachadas como en todos los ambientes interiores, mismos que deberán guardar los conceptos de armonía, integración, escala y unidad arquitectónica respecto de las edificaciones protegidas
10. Propuesta arquitectónica de la intervención a realizar: que contendrán al menos, ubicación e implantación georreferenciadas en el sistema de coordenadas oficial SISTEMA DE PROYECCIÓN UTM-RUMINAHUI; plantas, elevaciones externas e internas, cortes (mínimo dos) cuadros de áreas (que incluyan los coeficientes de ocupación del suelo en planta baja y total), fachada incluida en el tramo urbano, plantas de liberaciones e incorporaciones y detalles técnicos y constructivos necesarios para la comprensión cabal de la propuesta a escala 1:100 o 1:50 u otra de requerirse
11. Copia del Informe de los Planos Arquitectónicos y Permiso Provisional de Construcción de las edificaciones aprobadas en fechas anteriores a la emisión de la presente ordenanza, de ser el caso
1. Acta notariada de autorización de copropietarios en caso de haber sido declarado en propiedad horizontal.
1. Entregar el oficio del requerimiento con todos los requisitos obligatorios en la Oficina de Atención al Ciudadano.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
Baldón de Servicios de 07:30-16:00
2 años
Contacto: Balcón de Servicios
Email: tramites.ciudadanos@ruminahui.gob.ec
Teléfono: 2998-300 ext. 2065
Ordenanza 008-2016 Que contiene las Normas de Arquitectura y Urbanismo para el Cantón Rumiñahui
Artículo 1 OBJETO La presente normativa propende el mejoramiento de las condiciones del hábitat definiendo las normas mínimas de diseño y construcción que garanticen niveles adecuados de funcionalidad seguridad, estabilidad e higiene en los espacios urbanos y edificaciones y, además que permitan prevenir y controlar la contaminación y el deterioro del medio ambiente. La conservación, consolidación y mejora de los inmuebles declarados de interés cultural se realizará según lo dispuesto en la Ley de Patrimonio Cultural y su Reglamento, en las normas del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, en aquellas disposiciones pertinentes de la presente normativa y aquellas especiales que para el efecto dicten los organismos pertinentes.
Artículo 2 AMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación de las Normas de Arquitectura y Urbanismo es el área correspondiente al Cantón Rumiñahui.
Artículo 3 SUJECION Toda persona natural o jurídica, pública o privada se sujetará a lo dispuesto en esta normativa. Corresponde a la Municipalidad del Cantón Rumiñahui a través de sus Direcciones y Departamentos hacer cumplir lo dispuesto en estas Normas. La Dirección de Planificación, se encargará de absolver las consultas sobre las normas constantes en este documento.
- Ordenanza 001-2024 de Regularización de Edificaciones en el cantón Rumiñahui
Art. 1. Objeto. - La presente Ordenanza tiene por objeto regularizar las edificaciones realizadas sin los correspondientes permisos municipales, que permita el registro y la actualización catastral.
Art. 2. Ámbito. - Las disposiciones de la presente Ordenanza, se aplicarán en la jurisdicción territorial del cantón Rumiñahui.
Ordenanza 012-2021 Cantón Rumiñahui, que regula la preservación, mantenimiento y difusión del patrimonio Arquitectónico y Cultural
Artículo 1.- Objeto.- La presente ordenanza tiene por objeto regular y normar el procedimiento para el ejercicio de la competencia exclusiva de preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico y cultural del cantón Rumiñahui, y construir los espacios públicos para estos fines, con sujeción a los Planes de Desarrollo y de Ordenamiento Territorial y los Planes de Uso y Gestión del Suelo para su uso y puesta en valor.
Artículo 2.- Ámbito.- La presente ordenanza es aplicable a todas las actividades vinculadas a la planificación, intervención y gestión del patrimonio cultural tangible e intangible del cantón Rumiñahui, así como a las comunidades, colectivos, personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas, mixtas o privadas, que realicen dichas actividades en la jurisdicción del cantón Rumiñahui.
- Ordenanza Municipal 002-2021 Que contiene el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial y el Plan de Uso y Gestión del Suelo para el cantón Rumiñahui
Artículo 1.- Objeto de la ordenanza. - La presente ordenanza tiene por finalidad aprobar los objetivos estratégicos, metas de resultados, programas y proyectos contemplados en el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Rumiñahui; y, las normas jurídicas y técnicas previstas en el Plan cantonal que define el uso y gestión del suelo del Cantón Rumiñahui.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación. - La presente Ordenanza de aprobación de la actualización del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial que contiene el Plan de Uso y Gestión del Suelo, rige dentro de la circunscripción territorial del Cantón Rumiñahui.
- Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,COOTAD
Art. 1.- Ambito.- Este Código establece la organización político-administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio: el régimen de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera. Además, desarrolla un modelo de descentralización obligatoria y progresiva a través del sistema nacional de competencias, la institucionalidad responsable de su administración, las fuentes de financiamiento y la definición de políticas y mecanismos para compensar los desequilibrios en el desarrollo territorial.
-Ley orgánica de cultura y su reglamento
Art. 1.- Del objeto. El objeto de la presente Ley es definir las competencias, atribuciones y obligaciones del Estado, los fundamentos de la política pública orientada a garantizar el ejercicio de los derechos culturales y la interculturalidad; así como ordenar la institucionalidad encargada del ámbito de la cultura y el patrimonio a través de la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Cultura.
Fecha de última actualización: 2025/08/08