Trámite orientado a brindar talleres, socializaciones, sensibilizaciones (huertos, composta y otros) y charlas relacionados con la gestión ambiental, recursos naturales y fauna urbana
Pueden ser beneficiarios del proyecto todos los estudiantes de unidades educativas, así como jóvenes, adultos y adultos mayores del cantón, sin distinción, promoviendo la inclusión y participación activa de toda la comunidad.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Certificado de participación
De manera presencial
1. Formulario de solicitud
No aplica
1. Ingresar el Formulario de Solicitud a través del balcón de servicios.
2. Coordinar día y hora del talleres, socializaciones, sensibilizaciones, capacitaciones y charlas.
3. Recibir certificado de participación.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Contacto: Balcón de Servicios
Email: tramites.ciudadanos@ruminahui.gob.ec
Teléfono: 2998-300 ext. 2065
Contacto: Balcón de Servicios
Email: tramites.ciudadanos@ruminahui.gob.ec
Teléfono: 2998-300 ext. 2065
Constitución de la República del Ecuador, RO 449 de 20 de octubre de 2008.
"Art. 313.- El Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos, de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia (...).
Art. 315.- El Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas. (...).
Art. 316.- El estado podrá delegar la participación en los sectores estratégicos y servicios públicos a empresas mixtas en las cuales tenga mayoría accionaria. La delegación se sujetará al interés nacional y respetará los plazos y límites fijados en la ley para cada sector estratégico. El Estado podrá, de forma excepcional, delegar a la iniciativa privada y a la economía popular y solidaria, el ejercicio de estas actividades, en los casos que establezca la ley". Razones por las cuales se solicita la interpretación constitucional
Código Orgánico del Ambiente, RO 983 de 12 de abril de 2017 y RO 602 de 21 de diciembre de 2021.
Mediante oficio No. PAN-GR-2824, de 21 de diciembre de 2016, la licenciada Gabriela Rivadeneira Burbano, Presidenta de la Asamblea Nacional, me remitió el proyecto de Código Orgánico del Ambiente, a fin de que la sancione o, en su defecto, formule mis objeciones al respecto.
Reglamento al Código Orgánico del Ambiente, RO 507 de 12 de junio de 2019. Alineación con la Estrategia Nacional de Educación Ambiental 2023-2030. Estatuto de Gestión Organizacional por procesos del GADMUR, Resolución Administrativa Nro. 833-A-GADMUR-2024 de 24 de diciembre de 2024. Ordenanza de Gestión Ambiental Nro. 012-2009 de 22 de septiembre de 2009.
Fecha de última actualización: 2025/08/08