Trámite orientado actualización, modificación y corrección de tipográfico en la información en el cuadro de áreas del proyecto arquitectónico, que no afecte el diseño original ni aumento de áreas o coeficientes.
Tramite dirigido a los ciudadanos y ciudadanas que requieran modificación o actualización de planos o documentos de un proyecto ya existente, ya sea por cambios en el diseño original, ampliaciones, modificaciones o porque han caducado tras un período de tiempo.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Informe de convalidación de planos para modificaciones menores
De manera Presencial
1. Oficio dirigido al (la) Director(a) de Planificación Territorial, solicitando la convalidación de cuadro de áreas suscrito por el profesional.
2. Informe de aprobación del proyecto técnico arquitectónico.
3. Planos aprobados debidamente sellados.
4. Informe Predial de Regulación de uso de suelo (IPRUS) vigentes.
5. Memoria Técnica que sustente el error.
6. Cuatro (4) juegos del proyecto arquitectónico de modificaciones menores, firmado por los propietarios y profesional responsable.
7. CD con el Archivo Excel del cuadro de áreas corregido y archivo digital del proyecto arquitectónico con las polilíneas en AutoCAD versión 2010.
No aplica
1. Ingreso de la documentación habilitante (requisitos) en la ventanilla correspondiente para iniciar el trámite.
2. Recepción de la respuesta oficial por parte de la autoridad competente, una vez evaluados y aprobados los planos arquitectónicos presentados.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Balcón de Servicios ubicado en la calle Montúfar 251 y Espejo, cabecera Cantonal del GADMUR
Horario de atención: De lunes a viernes de 07:00 a 16:00 horas
Contacto: Balcón de Servicios
Email: tramites.ciudadanos@ruminahui.gob.ec
Teléfono: 2998-300 ext. 2065
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización (COOTAD) regula los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) de Ecuador
Art 55.- Competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal- Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley;
b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;
i) Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales
Fecha de última actualización: 2025/08/08