El usuario solicita la revisión y registro de documentación de gestión predial de riesgos de acuerdo a los formatos proporcionados por la Unidad de Gestión de Riesgos, una vez obtenida la certificación el usuario podrá continuar con el debido proceso en el área competente.
Todas las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras que soliciten la revisión y registro de documentación de gestión predial de riesgos de acuerdo a los formatos proporcionados por la Unidad de Gestión de Riesgos
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
TRAMITE REVISADO
1. Plan de contingencias, formato establecido por la Dirección de Seguridad y riesgos
2. Ficha técnica de información para predios que se encuentran en el área de amenaza volcánica, formato establecido por la Dirección de Seguridad y riesgos
3. Copia de declaración juramnetada de la contratación de seguro de riesgos
4. Copia de cédula del propietario
5. Copia de certificado de normas particulares
6. Copia de planilla de servicio básico de la familia acogiente
Oficio dirigido al Director de Seguridad y Riesgos, detallando el nombre de la persona encargada del trámite, día, fecha y hora
La documentación deberá ser ingresada de manera física en la ventanilla de atención al ciudadano o mediante la ventanilla digital al correo electrónico: tramites@ruminahui.gob.ec de lunes a viernes.
Canales de atención: Presencial.
El trámite no tiene costo
07h30- 13h00 y 13h30- 16h00 ventanilla de atención al ciudadano en las instalaciones del GADMUR o al correo electrónico: tramites@ruminahui.gob.ec
1 año
Articulo 50.- CONDICIONES DE IMPLANTACIÓN EN ÁREAS DE RIESGO MITIGABLE - En los sectoresdonde la Dirección de Gestión de Riesgos, a través de ordenanza municipal o informe técnicopertinente, determine que el predio o sector se encuentran en la zona de riesgo, el cual se puede mitigar a través de la obra civil se permitirá la implantación de las edificaciones y actividades de acuerdo a la zonificación existente del sector siempre cuando las obras de mitigación seanaprobadas a través de un informe favorable de la Dirección de Gestión de Riesgos y el informe de aprobación de la Dirección de Gestión Territorial; para ejecutar las edificaciones de acuerdo ala zonificación del sector, obras de mitigación deberán estar terminadas. El Proyecto de mitigación y la construcción de las obras civiles son responsabilidad y costa del propietario sea institución o persona natural o jurídica.Para el caso de obra pública del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui la elaboración del Plan de Contingencia y Mitigación corresponde a la Dirección de Gestión deRiesgos, y el Proyecto de Mitigación de la Obra Civil corresponde y a la Dirección de GestiónTerritorial.
Artículo 51- CONDICIONES DE IMPLANTACIÓN EN ÁREAS DE RIESGO NO MITIGABLE.- En las zonasdonde la Dirección de Gestión de Riesgos determine a través de Ordenanza Municipal o informe pertinente que el riesgo no es mitigable no se permitirá la aprobación, regularización,legalización, reconstrucción, ni ampliación de proyectos u obras destinadas a las actividades residenciales, comerciales, de servicio, administrativas, productivas, .Se permitirá la construcción de soluciones viales playas de estacionamientos, proyectos u obras destinadas a usos recreacionales, deportivos, culturales o turísticos, tales como parques;miradores; paseos escénicos y paisajísticos; senderos; bulevares; y otros de similar naturaleza,que no motiven la aglomeración y permanencia prolongada de personas; actividades de servicio o comercio sin edificación permanente, las edificaciones de apoyo a estas actividades serán decarácter temporal, que podrán ser desmontadas. Cumplirán con la zonificación del sector con la altura máxima de pisos uno o tres metros.No se permitirá la regularización o construcción de edificaciones destinadas al hospedaje deturistas.En el área rural además de lo descrito en el párrafo anterior se permitirá preferencialmente, la implantación de proyectos ecológicos y dirigidos a la protección del medio natural, tales como senderos eco-turísticos, y otros similares destinados a la recuperación y/o conservación de la flora, fauna, suelo y agua.Para efectos de este articulo toda actividad, obra o construcción, deberá poseer sucorrespondiente Plan de Contingencia y Mitigación de Riesgos revisado y aprobado por la Dirección de Gestión de Riesgos.
Fecha de última actualización: 2021/06/24