Un testamento es un acto legal personalísimo y solemne mediante el cual una persona, mientras vive, dispone total o parcialmente de sus bienes para que sus decisiones tengan efecto después de su fallecimiento. Este documento es esencialmente revocable, lo que significa que el testador puede modificarlo o anularlo en cualquier momento antes de morir, asegurando que su última voluntad sea la que prevalezca en la distribución de su patrimonio, para sus herederos o legatarios.
Se entiende por legatario, aquella persona particular, que adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia.
¿A quién está dirigido?
Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjero que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que requiera ejercer su legítimo derecho de heredero o legatario de los bienes dejado por la persona fallecida mediante testamento.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Razón de Inscripción de Testamento
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Pago por concepto de inscripción de Testamento
- Protocolizacion del Testamento
- Partida de Defunción del Testador
- Certificado de Gravamen Actualizado
- Comprobante de pago del Impuesto Predial del año en curso
- Declaración y Pago del Impuesto a la Herencia, Legados y Donaciones
- Copia de la cédula de ciudadanía de los herederos o legatarios
- Formulario de Solicitud de Ingreso de Tramite
- Requisitos propios del GADMC-PENIPE
Requisitos Especiales:
- En caso de solicitar o intervenir en calidad de apoderado, debe contar con el Poder debidamente notarizado, conjuntamente con la razón de que el mismo no se encuentra revocado
- En caso de que la transferencia sea de Acciones y Derechos se deberá adjuntar el pago del impuesto predial del lote global.
Formatos y anexos
¿Cómo hago el trámite?
TRÁMITE EN LÍNEA:
- Ingresar en la opción "trámite en línea".
- Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos del formulario (debe ser legible y acorde al trámite). En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones: NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado. REINGRESO DE TRÁMITE: Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
- Subsanar observaciones reingresando el trámite en la plataforma gob.ec, en caso de ser observado (opción trámite en línea).
- Recibir por medio de correo electrónico la proforma emitida por parte del Registro de la Propiedad.
- Pagar a favor del Registro de la Propiedad, a través de los mecanismos de recaudación habilitados.
- Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea).
- Recibir por medio de correo electrónico la factura emitida por el Registro de la Propiedad.
- Recibir por medio de correo electrónico la razón de inscripción.
TRÁMITE PRESENCIAL:
- Ingresar el trámite con los requisitos establecidos en las oficinas del Registro de la Propiedad.
- Subsanar observaciones (en caso de existir).
- Realizar el pago según las formas aceptadas.
- Retirar la razón de inscripción.
NOTA:
- El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en el formulario en línea.
- Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico, tanto en su bandeja de entrada cómo bandeja de correos no deseados, a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
- En caso de que existan observaciones, el usuario deberá proporcionar la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
- El plazo para subsanar las observaciones es de máximo 60 días.
Canales de atención:
Aplicación Móvil, Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El costo de inscripción del Testamento es de OCHENTA DÓLARES AMERICANOS (USD 80,00), de conformidad a lo determinado en el numeral uno, literal c), del Art. 17 de la REFORMA A LA ORDENANZA QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL DEL CANTÓN PENIPE.
NOTA:
El pago mediante transferencia bancaria se realizara a la siguiente cuenta:
- GADM DE PENIPE
- Banco de Pacifico
- Cuenta Corriente No. 5396457
- RUC: 0660000950001
Posterior al pago el solicitante deberá acercarse a la oficina de Recaudación del GADMC-PENIPE para la emisión de la factura.
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Horario: Lunes a Viernes de 08h00 a 17h00.
TRÁMITE EN LÍNEA:
La plataforma se encuentra disponible las 24 horas.
TRÁMITE PRESENCIAL:
Provincia de Chimborazo, cantón Penipe, parroquia matriz . Calle David Ramos 08-21 y Mons. Silvio Luis Haro.
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
La inscripción del Testamento tiene validez permanente, salvo resolución judicial o administrativa.
Fecha de última actualización: 2025/07/18