Trámite orientado al registro del dispositivo TAG para la circulación de los vehículos que requieran transitar por el “Peaje de flujo libre Oswaldo Guayasamín”, dentro del Distrito Metropolitano de Quito.
NOTA: En el caso que el ciudadano no disponga del dispositivo TAG, el valor por cada pasada es de USD 0,40 centavos y se lo debe cancelar dentro de un periodo de 15 días, que corre a partir de la fecha que cruzó por el peaje. El pago debe ser realizado en las ventanillas autorizadas, las cuales pueden ser consultadas a través del siguiente link: https://www.peajeguayasamin.ec/pages/inic/sgk_arranque.aspx. Para realizar este proceso tenga a mano la matrícula del vehículo y la cédula. Este proceso permite enrolar un TAG de otro peaje. Recuerde el TAG es personal y debe ser utilizado solo en el vehículo enrolado.
Este trámite está dirigido a personas naturales (mayores de edad), que requieran movilizarse desde Quito hacia el Valle de Tumbaco o viceversa, y diferentes destinos transitando por el peaje del túnel Oswaldo Guayasamín.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Dispositivo TAG registrado
En línea:
Aplicación Móvil:
Canales de atención: Aplicación Móvil, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
Trámite en línea y aplicación móvil
Contacto: DIRECCIÓN DE TERMINALES Y PEAJES
Email: marco.shive@epmmop.gob.ec
Teléfono: 3945200 Ext. 31241
Objeto principal.- El objeto principal de la empresa pública metropolitana, es el
siguiente:
a. Diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar la infraestructura de vías y
espacio público;
b. Diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar todo tipo de infraestructura
para movilidad;
c. Diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar la infraestructura del sistema
de transporte terrestre;
d. Diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar el espacio público destinado
a estacionamientos;
e. Prestar servicios públicos a través de la infraestructura a su cargo; y,
f. Las demás actividades operativas y de prestación de servicios relativas a las competencias que le
corresponden al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, de conformidad con el ordenamiento
jurídico nacional y metropolitano, en el ámbito de la movilidad y ejecución de obras públicas.
Para el cumplimiento de su objeto y sin perjuicio de lo establecido en el régimen común de las
empresas públicas metropolitanas, podrá:
a. Promover la participación activa de la ciudadanía y la comunidad, en el desarrollo, preservación y
cuidado de la obra pública entregada;
b. Atender las necesidades de movilidad de peatones y usuarios que se movilicen en otros medios
de transporte, con la construcción y dotación de la infraestructura pertinente; y,
c. Brindar particular atención a las zonas carentes de obras, así como a aquellas en que existan o se
proyecten altos niveles de concentración poblacional.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 0 |
2 | 2025-02 | 0 | 0 |
3 | 2024-07 | 0 | 0 |
4 | 2024-08 | 0 | 0 |
5 | 2024-09 | 0 | 0 |
6 | 2024-10 | 0 | 0 |
7 | 2024-11 | 0 | 0 |
8 | 2024-12 | 0 | 0 |
Fecha de última actualización: 2024/10/15