Al presente trámite puede acceder los ciudadanos que hayan obtenido la respectiva Providencia de Adjudicación y certificación por parte del MAG (Ministerio de Agricultura y Ganadería) y MIDUVI ( Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda) y requieran registrar en el sistema catastral el inmueble.
¿A quién está dirigido?
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera, que hayan obtenido la respectiva Providencia de Adjudicación y certificación por parte del MAG (Ministerio de Agricultura y Ganadería) y MIDUVI ( Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda)
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Registro en el sistema catastral el inmueble de acuerdo a la providencia de la adjudicación otorgada por el Ministerio de Agricultura y Ganadería y Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Parroquia: En la cual se encuentra ubicado el bien inmueble.
- Providencia de Adjudicación en formato PDF legible
- Archivo digital del plano del lote adjudicado en FORMATO PDF con la firma electrónica del profesional.
- Archivo digital del plano del lote adjudicado en FORMATO DWG con coordenadas WGS84 TM QUITO (autocad max. Versión 2004).
Requisitos Especiales:
- Número de predio.
- Nombramiento representante legal: Documento vigente.
- Informe de ratificación de la Providencia de Adjudicación por parte del MAG O MIDUVI: Cuando han transcurrido más de 10 años sin catastrar ni registrar. Una vez que el analista catastral valide la información adjunta, deberá acercarse a la Secretaría de la Dirección Metropolitana de Catastro; entregar la documentación física original con el número de trámite.
- Fotografías en formato digital (jpg) de las edificaciones: espacios interiores y exteriores y del frente del lote: En caso de existir construcciones, fotografías actualizadas.
- Certificado de bienes raíces, búsqueda del Registro de la Propiedad, indicando que la persona que consta en el catastro no tiene titulo de propiedad inscrito.
- Cesión de derechos posesionarios de la persona que consta en el catastro a favor de posesionarios ó declaración juramentada del solicitante de la adjudicación del MIDUVI, que la persona que consta en el catastro no puede ser identificada.
¿Cómo hago el trámite?
- Acceder por la opción “Ir al trámite en línea”
- Registrar en el sistema el usuario y clave personal.
- Registrar la información y adjuntar en formato digital los requisitos obligatorios y especiales según sea el caso.
- Recibir la respuesta a su trámite al correo electrónico registrado en el sistema o ingresando al Portal Administrativo Municipal - PAM con usuario y clave en el siguiente link: https://pam.quito.gob.ec/PAM/Inicio.aspx en el ítem "Consulta de Trámites en Línea"
Nota: En caso de no estar registrado realizar la creación de usuario y clave como personal natural o jurídica, según sea el caso en el siguiente link: https://pam.quito.gob.ec/PAM/Inicio.aspx en el ítem "Creación de usuario"; para lo cual deberá contar con un correo electrónico y número telefónico.
Canales de atención:
En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por las dependencias municipales en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30.
# |
Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
1 |
2024-07 |
0 |
55 |
2 |
2024-08 |
0 |
48 |
3 |
2024-09 |
0 |
65 |
Ir al trámite en línea
Fecha de última actualización: 2024/08/21