Las Juntas intervienen en casos de violencia contra mujeres y personas adultas mayores, imponiendo medidas de protección. Se excluyen aquellos casos no relacionados con violencia de género o intergeneracional en contra de personas adultas mayores.
Los beneficiarios directos del servicio que brindan gratuitamente las Juntas Metropolitanas de Protección de Derechos son las mujeres víctimas de violencias y personas adultas mayores que requieren medidas de protección frente a amenazas o vulneraciones de derechos.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Medidas administrativas de protección para mujeres víctimas de violencias y personas adultas mayores.
1. Presentar verbalmente o por escrito la denuncia que incluya:
a. El organismo ante el cual se comparece;
b. Los nombres, apellidos, edad y domicilio del denunciante y la calidad en la que comparece;
c. La identificación más detallada posible del niño, niña o adolescente afectado;
d. La identificación más detallada posible de la persona o entidad denunciada; y,
e. Las circunstancias del hecho denunciado, con indicación del derecho afectado.
Ninguno
Presencial
1. Llenar el formulario y firmarlo.
2. Entregar el formulario de solicitud de medidas de protección a primera acogida de la Junta Metropolitana de Protección de Derechos de Mujeres y Personas Adultas Mayores.
3. Recibir por correo y/o en físico la resolución con las medidas de protección.
Correo electrónico:
1. Solicitar el formulario de solicitud de medidas de protección, a los siguientes correos electrónicos: junta.mujer.pam.calderon@gmail.com / junta.mujer.adultomayor.denuncia@gmail.com
2. Entregar el formulario de solicitud de medidas de protección a los siguientes correos electrónicos: junta.mujer.pam.calderon@gmail.com / junta.mujer.adultomayor.denuncia@gmail.com
3. Recibir por correo y/o en físico la resolución con las medidas de protección.
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
El trámite no tiene costo
De lunes a viernes de 08:00 a 16:30, en los siguientes canales:
Junta Metropolitana de Protección de Derechos de Mujeres y Personas Adultas Mayores Zona Calderón
Dirección: Av. Geovanny Calles y Padre Luis Vaccari /junto a la administración zonal de Calderón
Junta Metropolitana de Protección de Derechos de Mujeres y Personas Adultas Mayores Zona Centro
Dirección: Centro Comercial La Manzana, segundo piso, ubicado en la calle García Moreno N1-42, entre Rocafuerte y Bolívar
Por el tiempo que se mantenga el riesgo de violencia contra mujeres adultas o personas adultas mayores
Contacto: Junta Metropolitana de Protección de Derechos de Mujeres y Personas Adultas Mayores Zona Calderón
Email: mujeres.pam.calderon@quito.gob.ec
Teléfono: 023952300 ext 18000
Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores
La Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores establece un marco legal para proteger los derechos de las personas mayores. Según el artículo 84, las juntas de protección de derechos en los municipios deben actuar ante casos de amenaza o vulneración de los derechos de las personas mayores y tomar medidas de protección necesarias dentro de su jurisdicción.
Ley Orgánica Integral para la Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres
La Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres establece un marco legal para el Sistema Nacional Integral de Prevención y Erradicación de la violencia. Según el artículo 50, las Juntas Cantonales de Protección de Derechos tienen atribuciones como conocer casos de violación de derechos de mujeres de todas las edades, tomar medidas de protección, interponer acciones legales y vigilar prácticas institucionales para evitar violaciones de derechos.
Fecha de última actualización: 2025/03/27