EL GAD del Distrito Metropolitano de Quito a través del Departamento de Coactivas, previa solicitud de los coactivados, realiza el levantamiento de las medidas cautelares interpuestas por el GADDMQ dentro de los juicios coactivos, tales como: el levantamiento de retención de cuentas bancarias, levantamiento de prohibición de enajenar bienes muebles e inmuebles, prohibición de salida del país, prohibición de enajenar vehículos, etc.; siempre que las obligaciones se encuentren canceladas o anuladas por la autoridad competente.
¿A quién está dirigido?
Está dirigido a todas las Personas: Naturales, Jurídicas, Extranjeras que se encuentren con juicios coactivos, interpuestos por el Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, por incumplimiento de obligaciones tributarias y no tributarias.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Levantamiento de Medidas Cautelares
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Formulario de Levantamiento de Medidas Cautelares: Descargar el formulario del siguiente link llenar todos los campos y subir escaneado en PDF https://pam.quito.gob.ec/PAM/Formularios%20PAM/Financiera/FORMULARIOS%20TRAMITES%20COACTIVAS.pdf
- Comprobante o comprobantes de pago: Subir en formato PDF en forma legible los pagos que justifiquen la cancelación total del valor coactivado. (Titulo o títulos de crédito que forman parte del juicio coactivo)
Requisitos Especiales:
- Nombramiento del representante legal: Si es persona jurídica, subir escaneado en PDF en forma legible.
- Certificado o rol de pensión jubilar emitido por el IESS, ISSFA ó ISSPOL: En caso de pensión jubilar o montepío, debe constar número de cuenta bancaria y el valor que recibe por pensión jubilar o montepío. Subir en formato PDF de forma legible.
- Certificado emitido por la empresa privada o pública: En caso de retención de remuneraciones, deberá ser suscrito por el personal de Talento Humano, en el que debe constar logo y sello de la entidad que certifica. Subir en formato PDF de forma legible.
- Resolución emitida por la autoridad competente: En caso de resolución emitida por autoridad competente en el cual disponga la baja de título o títulos de crédito, tributarios o no tributarios, que formen parte del procedimiento coactivo. Subir en formato PDF de forma legible.
- Poder general o especial: Cuando el trámite lo realice una tercera persona, debe ser legalizado. Subir en formato PDF de forma legible
- Autorización emitida por el contribuyente: En caso de comparecer con un Abogado Patrocinador. Subir en formato PDF de forma legible.
Formatos y anexos
¿Cómo hago el trámite?
- Acceder por la opción “Ir al trámite en línea”
- Ingresar al sistema con usuario y clave personal. En caso de no tener, se debe crear el usuario como persona natural o jurídica, según sea el caso.
- Ingresar en formato digital todos los requisitos establecidos para atención del trámite.
- Recibir la respuesta a su trámite mediante un correo electrónico o ingresando en consulta de trámites con su usuario y clave personal.
Canales de atención:
En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
Trámite en línea habilitado las 24 horas. La respuesta será emitida por el Departamento de Coactivas de la Dirección Metropolitana Financiera en horarios laborales: de lunes a viernes entre las 8h00 y las 16h30.
# |
Año-Mes |
Volumen de Quejas |
Volumen de Atenciones |
1 |
2024-07 |
0 |
744 |
2 |
2024-08 |
0 |
32 |
3 |
2024-10 |
0 |
28 |
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Fecha de última actualización: 2025/03/06