Permite al usuario obtener más de un medidor de agua potable en el mismo predio, pero direccionado a diferentes unidades de vivienda o locales comerciales, lo que permite individualizar los consumos realizados por cada usuario sin considerar áreas comunales, recreacionales y/o cisternas.
Este servicio es aplicable para todos los clientes de la EPMAPS, sean personas naturales o jurídicas, ecuatorianas o extranjeras que cuenten con el servicio de agua potable y necesiten independizar su consumo siempre que no tengan áreas comunales, recreacionales, cisterna ni medidor general..
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
INSTALACIÓN DE MEDIDOR POR DERIVACIÓN
*La fotografía puede estar impresa en papel bond.
En caso que el “Total de Medidores” sea mayor a 4 (cuatro), adicionalmente debe:
En caso de que el titular anterior de la cuenta sea quien solicite el cambio, debe adjuntar lo siguiente:
En el servicio de post venta, la EPMAPS realizará al cliente una encuesta de satisfacción del servicio, mismo que será atendido 20 días laborables posterior a la aceptación del trámite.
Canales de atención: Presencial, Telefónico.
El costo por concepto de conexión por derivación de 1/2 pulgada de agua potable es de USD 63,08.
Esta tarifa rige desde mayo 2019. Los valores serán cobrados a través de las facturas de consumo de agua potable y saneamiento.
Recuerde: No están autorizados los cobros directos de los servicios que presta la EPMAPS por contratistas ni servidores de la institución. No debe realizar ningún pago adicional al valor señalado en su factura. Denuncie los cobros indebidos a nuestra línea gratuita 1800 24 24 24 o al correo electrónico: atencion.cliente@aguaquito.gob.ec
Canales de atención Presencial:
Contacto: Contacto: Pahola Carrillo
Email: atencion.cliente@aguaquito.gob.ec
Teléfono: Teléfono: 2994-400
Art. 568.- Servicios sujetos a tasas.- Las tasas serán reguladas mediante ordenanzas, cuya iniciativa es privativa del alcalde municipal o metropolitano, tramitada y aprobada por el respectivo concejo, para la prestación de los siguientes servicios: a) Aprobación de planos e inspección de construcciones; b) Rastro; c) Agua potable: d) Recolección de basura y aseo público; e) Control de alimentos; f) Habilitación y control de establecimientos comerciales e industriales; g) Servicios administrativos; h) Alcantarillado y canalización; e, i) Otros servicios de cualquier naturaleza. Cuando el gobierno central hubiere transferido o transfiera excepcionalmente al nivel de gobierno municipal o metropolitano las competencias sobre aeropuertos, se entenderá también transferida la facultad de modificar o crear las tasas que correspondan y a las que haya lugar por la prestación de éstos servicios públicos, a través de las respectivas ordenanzas.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-07 | 32 | 508 |
2 | 2024-08 | 1186 | 671 |
3 | 2024-09 | 118 | 642 |
4 | 2024-10 | 178 | 349 |
Fecha de última actualización: 2025/01/08