Se refiere a la habilitación, mediante un contrato, para el ingreso de los residuos sólidos no peligrosos en las Estaciones de Transferencias o en el Relleno, para su disposición final.
Definición de término según Ordenanza Metropolitana No. 090-2025:
Residuos Sólidos No Peligrosos.-Cualquier objeto, material, sustancia o elemento sólido, que no presenta características de peligrosidad en base al código C.R.T.I.B. (Corrosivo, Reactivo, Tóxico, Inflamable, Biológico- infeccioso.), resultantes del consumo o uso de un bien tanto en actividades domésticas, industriales, comerciales, institucionales o de servicios, que no tiene valor para quien lo genera, pero que es susceptible de aprovechamiento y transformación en un nuevo bien con un valor económico agregado.
Personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, y, sociedades de hecho o de derecho del Distrito Metropolitano de Quito y del cantón Rumiñahui que por sus actividades económicas se consideren generadores y/o gestores de residuos sólidos no peligrosos.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Contrato para la habilitación del servicio de disposición final de residuos sólidos no peligrosos
Nota:
Si su contrato cumplió los 2 años de vigencia y usted desea continuar con el servicio deberá generar un contrato nuevo, llenando los formularios indicados al inicio, con la información actualizada y enviándolos al correo: contratos.cliente@emgirs.gob.ec
Canales de atención: Correo electrónico, Presencial.
El trámite de habilitación no tiene costo, pero existe una tarifa del servicio de disposición final de residuos sólidos no peligrosos:
Las tarifas se rigen o modifican conforme a lo establecido en la Ordenanza Metropolitana No. 090-2025, expedida mediante Registro Oficial No. 55 del 9 de abril del 2025.
CANAL DE ATENCIÓN PRESENCIAL:
CANAL VIRTUAL (CORREO ELECTRÓNICO):
LUGARES Y HORARIOS PARA DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS
Atención de lunes a viernes de 8h00 a 17h00 en los siguientes lugares:
El contrato del servicio tiene una vigencia de 2 años.
Contacto: Coordinación de Comercialización - EMGIRS-EP
Email: contratos.cliente@emgirs.gob.ec
Teléfono: (593 2) 3930600, Ext. 1417 1657
Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito - Publicado en el Registro Oficial Edición Especial Nro 172 del 8 de mayo de 2025, capítulo XI
Art. 204.- Creación.- Créase la empresa pública denominada "Empresa Pública Metropolitana de Gestión Integral de Residuos Sólidos".
Art. 205.- Objeto Principal.- El objeto principal de la empresa pública metropolitana es el siguiente:
a. Diseñar, planificar, construir, mantener, operar y, en general, explotar la infraestructura del sistema municipal de gestión de residuos sólidos del Distrito Metropolitano de Quito;
b. Prestar servicios atinentes al objeto previsto en el literal anterior, a través de la infraestructura a su cargo, directamente o por medio de sus empresas filiales y unidades de negocios (...)
Ordenanza Metropolitana modificatoria del Código Municipal del Distrito Metropolitano de Quito que incorpora la sección II, de las tasas por servicios complementarios en la gestión integral de residuos, dentro del capítulo I, del título iv, de las tasas, libro III.5.
Artículo 3: Incorpórese a continuación del artículo 1609 del Capítulo I, del Título IV, del Libro III.5 del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, la siguiente Sección y artículos:
SECCIÓN II - DE LAS TASAS POR SERVICIOS COMPLEMENTARIOS EN LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2024-07 | 0 | 2 |
2 | 2024-08 | 0 | 1 |
3 | 2024-09 | 0 | 2 |
4 | 2024-10 | 0 | 2 |
5 | 2020-12 | 0 | 10 |
Fecha de última actualización: 2025/07/18