Las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías y sociedades extranjeras domiciliadas en el país, podrán inscribir una Cesión de Participaciones de Actos Societarios.
* Ciudadano mayor de 18 años nacional o extranjero
* Son todas las personas jurídicas legalmente constituidas en el Ecuador o sucursales de compañías o sociedades extranjeras domiciliadas en el país que deseen inscribir una Cesión de Participaciones de Actos Societarios.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Inscripción de Cesión de Participaciones
TRÁMITE EN LÍNEA:
1. Un ejemplar de la escritura pública de cesión de participaciones emitida por el Notario o Documento Privado. (Debe contener el acta de junta de aprobación de la cesión de participaciones cuando la transferencia se realice a terceras personas o certificado emitido por el representante legal cuando la transferencia se realice entre socios de la misma compañía), en formato PDF.
TRAMITE PRESENCIAL:
1.- Un ejemplar de la escritura pública de cesión de participaciones emitida por el Notario o Documento Privado. (Debe contener el acta de junta de aprobación de la cesión de participaciones cuando la transferencia se realice a terceras personas o certificado emitido por el representante legal cuando la transferencia se realice entre socios de la misma compañía), documentos originales.
NOTAS:
* Para el trámite en línea, los requisitos deben ser ingresados en el formulario web del trámite, conforme a la solicitud para una revisión previa de la documentación por parte del revisor legal quien emitirá la proforma correspondiente para el posterior pago.
* En el caso de existir observaciones a la documentación ingresada, se deberá subsanar el error e ingresar nuevamente la petición.
* Recuerde que no existe política de devolución a valores cancelados.
* El ciudadano debe contar con firma electrónica para realizar el trámite en línea.
En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con el Poder o carta de autorización debidamente suscrita.
TRÁMITE EN LÍNEA:
1. Ingresar a la plataforma www.gob.ec y dirigirse al trámite solicitado.
2. Ingresar en la opción "trámite en línea"
3. Llenar el formulario web, adjuntando los requisitos establecidos en el formulario (debe ser legible y en formato pdf.)
En el Formulario debe seleccionar una de las siguientes opciones:
NUEVO TRÁMITE: En caso de que usted este ingresando su solicitud por primera vez o su trámite aún no haya sido facturado.
REINGRESO DE TRÁMITE : Para ingresar pagos o subsanar documentos de un trámite ya solicitado anteriormente.
4. Recibir proforma por parte del Registro Mercantil el cual sera enviado al correo electrónico registrado en el formulario de ingreso.
5. Realizar el pago correspondiente de acuerdo al valor establecido en la proforma.
El pago lo podrá realizar de la siguiente manera:
Pago a favor del Registro Mercantil del Cantón en donde solicite su inscripción a través de los mecanismos de recaudación digital habilitados, los cuales son:
- Intermático del Banco del Pacífico.
- Produbanco en Línea.
- Red de Servicios Facilito (https://dce.facilito.com.ec/Ubicanos/Index.aspx).
- Ventanillas Banco del Pacífico
6. Registrar el comprobante de pago reingresando el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea/ reingreso de trámite)
7. Recibir la factura la cual será emitida por parte del registro mercantil y enviada al correo electrónico registrado en el formulario de ingreso.
8. En el caso de existir observaciones al trámite, se deberá subsanar y posterior reingresar el trámite en la plataforma gob.ec (opción trámite en línea/ reingreso de trámite)
Nota: Al momento de reingresar un trámite se deberá hacer mención al código de solicitud generado en el formulario ingresado por primera vez.
9. Recibir la razón de Inscripción, la cual será enviada al correo electrónico registrado en el formulario.
Nota: La razón de Inscripción es emitida mediante firma electrónica la cual puede ser validada en la plataforma FIRMAEC
TRÁMITE PRESENCIAL:
1.- Acudir a las oficinas del Registro Mercantil donde se va a realizar la Inscripción.
2.- Ingresar la documentación con los requisitos establecidos en las ventanillas del Registro Mercantil donde se solicite la razón de Inscripción.
3.- Receptar la proforma emitida por parte del Registro Mercantil para el posterior pago.
4.- Realizar el pago en las ventanillas del Registro Mercantil según las formas establecidas como son: efectivo o cheque certificado.
5.- Subsanar observaciones (en caso de existir).
6.- Receptar la razón de Inscripción la cual será enviada por parte del Registro Mercantil al correo electrónico registrado en el ingreso del trámite.
NOTA:
* El ciudadano que realice su trámite en línea, receptará observaciones y/o la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en la petición en el formulario en línea.
* Es responsabilidad del ciudadano revisar permanentemente el correo electrónico a fin de receptar y gestionar las observaciones (en caso de existir).
* El tiempo máximo para subsanar las observaciones es de 2 días hábiles posterior a la entrega de los mismos.
* En caso de que existan observaciones, el usuario deberá reingresar su trámite con la documentación subsanada y registrando los campos requeridos en el formulario web en la opción trámite en línea.
* El tiempo de atención para este trámite es de 3 días hábiles contados desde la generación de la factura al usuario
* Recuerde que no existe política la devolución de valores cancelados.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
$ 25,00 + 0.5 % del valor de la cuantía determinada en el contrato.
NOTAS:
* Los valores de las cuantías se encuentran determinados en la Resolución 002-NG-DINARDAP-2016, TABLA DE ARANCELES DE LOS SERVICIOS REGISTRALES MERCANTILES A NIVEL NACIONAL.
* El pago en línea se realizará a través de:
- Intermático del Banco del Pacífico.
- Produbanco en Línea.
- Red de Servicios Facilito (https://dce.facilito.com.ec/Ubicanos/Index.aspx).
- Ventanillas del Banco del Pacífico.
* Verifique que el pago se realice en el Registro Mercantil en el que proceda su inscripción
* Recuerde que no existe política la devolución de valores ya cancelados.
HORARIO DE ATENCIÓN:
Lunes a Viernes de 8h00 a 17h00
TRÁMITE EN LÍNEA:
La plataforma se encuentra disponible las 24 horas.
TRÁMITE PRESENCIAL:
REGISTRO MERCANTIL | DIRECCIÓN |
Registro Mercantil de Esmeraldas | Av. Jaime Roldós Aguilera o Vía al Puerto Pesquero CAC Bloque B PB |
Registro Mercantil de Ibarra | Sánchez y Cifuentes 10-75 y Juan de Velasco, Edif. ex Previsora, piso 3, oficina 301 |
Registro Mercantil de Quito | Avenida Antonio José de Sucre N54-103 y José Sánchez (Occidental), Piso 3, Edificio A.N.T. |
Registro Mercantil de Riobamba | Junín entre Tarqui y Juan de Velasco |
Registro Mercantil de Ambato | AV. Rodrigo Panchano y Montalvo, C.C. Caracol, locales 27 y 28 |
Registro Mercantil de Manta | Av. Circunvalación y Av. Flavio Reyes, C.C. Manicentro oficina 40 |
Registro Mercantil de Portoviejo | Calle Nardos y 15 de Abril - CAC Primer Piso |
Registro Mercantil de Santo Domingo de los Tsáchilas | Calle Guayaquil N100 y Av. Abraham Calazacón |
Registro Mercantil de Babahoyo | 10 de Agosto 1527 y Ricaurte, Edif. Lorences, piso 2 |
Registro Mercantil de Guayaquil | Cooperativa Guayaquil, Miguel H. Alcívar y Francisco de Orellana, frente al Edf. De las Cámaras |
Registro Mercantil de Samborondón | Calle 12 de Noviembre y Manzana W Norte, Edificio del Registro Civil de Durán, piso 2 |
Registro Mercantil de Cuenca | Los Pensamientos s/n y De las Retamas, Edif. Geranios, planta baja, ofi. 104 |
Registro Mercantil de Loja | Juan José Peña 1230 entre Lourdes y Mercadillo |
Registro Mercantil de Machala |
Calle Vela, entre 25 de junio y sucre, planta alta del bloque A |
CONTACTO ELECTRONICO:
REGISTRO MERCANTIL | CORREO ELECTRONICO | TELEFONO |
AMBATO | enrique.molina@dinardap.gob.ec | 03-2829-283 |
BABAHOYO | herminia.villalva@dinardap.gob.ec | 05-2731-181 |
CUENCA | cecilia.calle@dinardap.gob.ec | 07-4126-475 |
DURAN SAMBORONDON | karen.mazon@dinardap.gob.ec | 0996488277 |
ESMERALDAS | rita.barre@dinardap.gob.ec | 06-2991-655 |
GUAYAQUIL | juanbastidasrmg@hotmail.com | 04-2295-030 |
IBARRA | ana.hidalgo@dinardap.gob.ec | 06-2954-200 |
MACHALA | rosa.rivera@dinardap.gob.ec | 07-2983-197 |
MANTA | gema.briones@dinardap.gob.ec | 05-2623-050 |
LOJA | psantin381@dinardap.gob.ec | 07-2574-809 |
PORTOVIEJO | maryc2305@dinardap.gob.ec | 05-3043-774 |
QUITO | registromercantilquito@gmail.com | 02-3809-840 |
RIOBAMBA | sandra.robalino@dinardap.gob.ec | 03-2947-483 |
SANTO DOMINGO | juan.bedoya@dinardap.gob.ec | 02-2751-065 |
La inscripción de Cesión de Participaciones de Actos Societarios, está establecida con la fecha y hora en la cual fue generada.
Contacto: DIRECCIÓN DE CONTROL Y EVALUACIÓN Nota: Para agilitar la atención, favor registrar el normbre del Registro Mercantil en el cual está realizando su trámite
Email: incidencias.gobec@registrospublicos.gob.ec
Teléfono: 3514124 ext. 401
Art. 113.- La participación que tiene el socio en la compañía de responsabilidad limitada estransferible por acto entre vivos, en beneficio de otro u otros socios de la compañía o de terceros, sise obtuviere el consentimiento unánime del capital social.
La cesión se hará por escritura pública. El notario incorporará al protocolo o insertará en la escriturael certificado del representante de la sociedad que acredite el cumplimiento del requisito referido enel inciso anterior. En el libro respectivo de la compañía se inscribirá la cesión y, practicada ésta, seanulará el certificado de aportación correspondiente, extendiéndose uno nuevo a favor delcesionario.De la escritura de cesión se sentará razón al margen de la inscripción referente a la constitución dela sociedad, así como al margen de la matriz de la escritura de constitución en el respectivoprotocolo del notario.
El artículo 1 de la norma ordena: La inscripción de los instrumentos públicos, títulos y demás documentos que la Ley exige o permite que se inscriban en los registros correspondientes (…)
El artículo 25 de la norma ibídem prevé, están sujetos al registro los títulos, actos y documentos siguientes:
i) Los documentos que se mencionan en el libro primero, sección segunda, párrafo segundo del Código de Comercio, inclusive los nombramientos de los administradores de las Compañías Civiles y Mercantiles;
l) Cualquier otro acto o contrato cuya inscripción sea exigida por la Ley.
El artículo 31 señala entre otras, las siguientes atribuciones y facultades de la Dirección Nacional de Registros Públicos:
7.- "Vigilar y controlar la correcta administración de la actividad registral”
Art.4, literal 4,6 Actos y Contratos considerados como de cuantía determinada
El valor a cobrarse por los actos y contratos identificados como de cuantía determinada, se calcularán tomando en cuenta un rubro fijo de USD $25.00más el 0.5% del valor de la cuantía determinada en el acto o contrato.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2023-01 | 0 | 82 |
2 | 2023-02 | 0 | 98 |
3 | 2023-03 | 0 | 131 |
4 | 2023-04 | 0 | 91 |
5 | 2023-05 | 0 | 116 |
6 | 2023-06 | 0 | 101 |
7 | 2023-07 | 0 | 123 |
8 | 2022-01 | 0 | 121 |
9 | 2022-02 | 0 | 97 |
10 | 2022-03 | 0 | 108 |
11 | 2022-04 | 0 | 108 |
12 | 2022-05 | 0 | 105 |
13 | 2022-06 | 0 | 125 |
14 | 2022-07 | 0 | 101 |
15 | 2022-08 | 0 | 129 |
16 | 2022-09 | 0 | 128 |
17 | 2022-10 | 0 | 89 |
18 | 2022-11 | 0 | 85 |
19 | 2022-12 | 0 | 101 |
20 | 2021-01 | 0 | 202 |
21 | 2021-02 | 0 | 181 |
22 | 2021-03 | 0 | 191 |
23 | 2021-04 | 0 | 165 |
24 | 2021-05 | 0 | 216 |
25 | 2021-06 | 0 | 267 |
26 | 2021-07 | 0 | 260 |
27 | 2021-08 | 0 | 211 |
28 | 2021-09 | 0 | 176 |
29 | 2021-10 | 0 | 146 |
30 | 2021-11 | 0 | 142 |
31 | 2021-12 | 0 | 80 |
32 | 2020-01 | 0 | 0 |
33 | 2020-02 | 0 | 0 |
34 | 2020-03 | 0 | 0 |
35 | 2020-04 | 0 | 0 |
36 | 2020-05 | 0 | 13 |
37 | 2020-06 | 0 | 137 |
38 | 2020-07 | 0 | 163 |
39 | 2020-08 | 0 | 139 |
40 | 2020-09 | 0 | 150 |
41 | 2020-10 | 0 | 159 |
42 | 2020-11 | 0 | 176 |
43 | 2020-12 | 0 | 212 |
Fecha de última actualización: 2024/07/09