Trámite orientado hacia personas naturales o jurídicas que deseen adquirir viviendas disponibles de los proyectos de la Empresa Pública Creamos Infraestructura.
El registro como postulante incluye al interesado en las listas de difusión de información de interés sobre los proyectos en comercialización de la empresa, misma que tomará contacto con el interesado para analizar conjuntamente las opciones de compra venta.
Personas naturales o jurídicas privadas, nacionales o extranjeras, , que cuenten con capacidad legal, económica y que estén interesadas en obtener información de viviendas ofertadas por la Empresa Pública Creamos Infraestructura; y, deseen que se establezca contacto con ellas a fin de analizar las opciones de compra venta, lo cual puede o no derivar en la adquisición del bien.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Compra venta de inmueble (de ser el caso)
Establecimiento de contacto por parte de la empresa con el interesado
Registro de postulante en listas de difusión de información de interés sobre proyectos en comercialización de viviendas
Completar los campos solicitados en el formulario Registro de Datos, disponible en el enlace:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScQxLswZnKMd_c9Wr3c7e2dsdLo2zTo5vdZ84hVSpGiQRM_Yw/viewform
EN LÍNEA:
El trámite inicia en línea, para lo cual el usuario deberá realizar lo siguiente:
1. Ingresar a la página web: https://www.creamosinfraestructura.gob.ec/oferta-inmobiliaria/
2. Seleccionar el proyecto de vivienda del cual se encuentra de interesado, dando clic en "Regístrate Aquí"
3. En el enlace: https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScQxLswZnKMd_c9Wr3c7e2dsdLo2zTo5vdZ84hVSpGiQRM_Yw/viewform, completar los campos solicitados en el Formulario Registro de Datos.
4. En el caso que el proyecto seleccionado por el usuario se encuentre en promoción y venta, Creamos Infraestructura EP tomará contacto con el interesado en máximo tres días laborables.
5. Si Creamos Infraestructura EP no ha iniciado el contacto, el usuario puede solicitar una cita con un asesor comercial vía correo electrónico o llamada telefónica, a los siguientes contactos según corresponda:
UBICACIÓN |
CORREO |
TELÉFONO |
Región Sierra |
ventas@creamosinfraestructura.gob.ec |
096 991 8070 |
Región Costa |
ventas@creamosinfraestructura.gob.ec |
04 373 2900 ext. 9201 |
PRESENCIAL
Una vez que el usuario realiza el registro de información en el Formulario Registro de Datos, el trámite continúa de manera presencial de la siguiente forma:
1. El usuario debe asistir a la reunión acordada con el asesor comercial, en el punto de atención seleccionado en la cual se visitará los bienes inmuebles disponibles para compra venta y se expondrá al interesado el proceso correspondiente: unidades de vivienda disponibles, precio de venta, requisitos generales y formatos, sanción en caso de desistimiento, forma de pago de la reserva, cuota de entrada, crédito hipotecario y entrega de vivienda. A partir de este momento, el asesor comercial mantendrá un acompañamiento continuo al interesado.
2. En el caso que exista la voluntad de compra, el interesado debe proporcionar su número de cédula y de su cónyuge de ser el caso, para registrar sus datos en el sistema de comercialización (para personas naturales); o proporcionar número de RUC para registrar sus datos en el sistema de comercialización (para personas jurídicas); así como:
3. Con base en la información financiera presentada, la Empresa Pública Creamos Infraestructura, remitirá vía correo electrónico la propuesta de plan de pagos construida, en caso de conformidad de parte del interesado, el interesado debe ejecutar el pago de la reserva a la cuenta bancaria de Creamos Infraestructura EP que será provista por el asesor comercial; y, remitir vía correo electrónico el comprobante asociado.
4. Una vez verificado el pago de la reserva, la Empresa Pública Creamos Infraestructura, coordinará con el usuario la suscripción de la siguiente documentación habilitante para la continuidad del proceso de compra venta:
El usuario debe honrar los montos y cronograma de pagos establecidos en el acta de reserva.
5. En el caso de compra con crédito, una vez concluido el pago de la entrada establecida en el acta de reserva, el usuario debe presentar la carta de calificación de crédito definitiva, la Empresa Pública Creamos Infraestructura, proporcionará toda la documentación habilitante al usuario a fin de que inicie el proceso de crédito hipotecario en la institución financiera y de escrituración.
En el caso que el crédito sea otorgado por el Banco del IESS, el asesor comercial en coordinación con el usuario, realizarán la solicitud de crédito, y Creamos Infraestructura EP conjuntamente con el usuario, ingresarán el expediente de crédito a la referida entidad.
En el caso de compra de contado o fondos propios, una vez recibida la totalidad de los valores de compra venta del bien inmueble, la Empresa Pública Creamos Infraestructura, proporcionará toda la documentación habilitante al usuario, a fin de que realice el proceso de escrituración.
6. El usuario debe presentar una copia simple de la escritura inscrita en el Registro de la Propiedad, a fin de proceder a la suscripción del acta de entrega recepción física del bien correspondiente.
Información adicional:
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
El trámite no tiene costo
REGIÓN | PROVINCIA | CANTÓN | DIRECCIÓN | CORREO | TELÉFONO |
Costa | Guayas | Guayaquil | Av. Francisco de Orellana y calle Justino Cornejo. Edificio Gobierno del Litoral, piso 5 |
ventas@creamosinfraestructura.gob.ec |
04 373 2900 ext. 9201 |
Sierra | Pichincha | Quito | Av. Amaru Ñan, Quito 170702 Plataforma Social-Quitumbe. Piso 3 | ventas@creamosinfraestructura.gob.ec | 096 991 8070 |
Adicionalmente, se atenderá también en los puntos de atención al cliente de cada proyecto habitacional, previa cita solicitada y acordada con el asesor comercial vía correo electrónico o llamada telefónica.
Art. 1732.- Compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa, y la otra a pagarla en dinero. El que contrae la obligación de dar la cosa se llama vendedor, y el que contrae la de pagar el dinero, comprador. El dinero que el comprador se obliga a dar por la cosa vendida se llama precio.
Art. 1740.- La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio, salvo las excepciones siguientes: La venta de bienes raíces, servidumbres y la de una sucesión hereditaria, no se reputan perfectas ante la ley, mientras no se ha otorgado escritura pública, o conste, en los casos de subasta, del auto de adjudicación debidamente protocolizado e inscrito. Los frutos y flores pendientes, los árboles cuya madera se vende, los materiales de un edificio, y los que naturalmente adhieren al suelo, como piedras y sustancias minerales de toda clase, no están sujetos a la excepción del inciso segundo.
Art. 1768.- El vendedor está obligado a entregar lo que expresa el contrato.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 21 |
2 | 2025-02 | 0 | 42 |
3 | 2024-01 | 0 | 70 |
4 | 2024-02 | 0 | 74 |
5 | 2024-03 | 0 | 64 |
6 | 2024-04 | 0 | 47 |
7 | 2024-05 | 0 | 91 |
8 | 2024-06 | 0 | 26 |
9 | 2024-07 | 0 | 32 |
10 | 2024-08 | 0 | 14 |
11 | 2024-09 | 0 | 20 |
12 | 2024-10 | 0 | 15 |
13 | 2024-11 | 0 | 9 |
14 | 2024-12 | 0 | 14 |
15 | 2023-01 | 0 | 15 |
16 | 2023-02 | 0 | 21 |
17 | 2023-03 | 0 | 40 |
18 | 2023-04 | 0 | 16 |
19 | 2023-05 | 0 | 20 |
20 | 2023-06 | 0 | 16 |
21 | 2023-07 | 0 | 14 |
22 | 2023-08 | 1 | 26 |
23 | 2023-09 | 0 | 39 |
24 | 2023-10 | 0 | 14 |
25 | 2023-11 | 0 | 15 |
26 | 2023-12 | 0 | 28 |
27 | 2022-01 | 0 | 91 |
28 | 2022-02 | 0 | 73 |
29 | 2022-03 | 0 | 62 |
30 | 2022-04 | 0 | 52 |
31 | 2022-05 | 0 | 28 |
32 | 2022-06 | 0 | 9 |
33 | 2022-07 | 0 | 8 |
34 | 2022-08 | 0 | 7 |
35 | 2022-09 | 0 | 20 |
36 | 2022-10 | 0 | 6 |
37 | 2022-11 | 0 | 4 |
38 | 2022-12 | 0 | 4 |
39 | 2021-01 | 0 | 313 |
40 | 2021-02 | 0 | 657 |
41 | 2021-03 | 0 | 841 |
42 | 2021-04 | 0 | 397 |
43 | 2021-05 | 0 | 374 |
44 | 2021-06 | 0 | 210 |
45 | 2021-07 | 0 | 151 |
46 | 2021-08 | 0 | 1204 |
47 | 2021-09 | 0 | 282 |
48 | 2021-10 | 0 | 203 |
49 | 2021-11 | 0 | 266 |
50 | 2021-12 | 0 | 71 |
51 | 2020-01 | 0 | 1 |
52 | 2020-02 | 0 | 0 |
53 | 2020-03 | 0 | 15 |
54 | 2020-04 | 0 | 0 |
55 | 2020-05 | 0 | 1 |
56 | 2020-06 | 0 | 221 |
57 | 2020-07 | 0 | 32 |
58 | 2020-08 | 0 | 40 |
59 | 2020-09 | 0 | 54 |
60 | 2020-10 | 0 | 69 |
61 | 2020-11 | 0 | 158 |
62 | 2020-12 | 0 | 124 |
Fecha de última actualización: 2024/06/25