Nombre del trámite

La calificación y credencialización como residente temporal la solicitan personas que requieren ingresar a Galápagos con fines "no" turísticos, sino para realizar por un plazo fijo, menor a cinco años una de las siguientes actividades:

1. Servicios correspondientes a entidades públicas por más de noventa días.

2. Servicios en relación de dependencia a empresas o negocios privados legalmente domiciliados en la provincia de Galápagos.

3. Servicios de seguridad y defensa en relación de dependencia con las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.

4. Investigación científica mientras dure el proyecto, el cual debe ser relevante para la conservación y desarrollo sostenible de Galápagos y debe contar con el auspicio de instituciones del Estado o de centros de investigación previamente calificados por la Secretaría Técnica.

5. Desarrollar programas de investigación ejecutados por instituciones públicas o entidades privadas sin fines de lucro debidamente registradas, hasta por un lapso máximo de dos años, renovable por una sola ocasión por el mismo lapso. Para su ingreso no requerirán concurso público.

6. Servicios de voluntarios y becarios dentro de programas de conservación, investigación, capacitación, educación o asistencia social ejecutados por instituciones públicas o entidades privadas sin fines de lucro debidamente registradas, hasta por un lapso máximo de un año, renovable por una sola ocasión por el mismo lapso de tiempo. Para su ingreso no requerirán concurso público. 

7. Servicio obligatorio rural, que cuenten con el auspicio del ministerio que ejerce la rectoría de la política pública respectiva e ingresen para ejercer actividades en beneficio de la comunidad local.

8. Ministerio de cultos u órdenes religiosas reconocidas por el Estado ecuatoriano que sean designados para el cumplimiento de sus funciones en la provincia de Galápagos, mientras dure la misión.

Otros casos que motivan la emisión de una residencia temporal son:

1. Ser cónyuge o conviviente, de una persona residente permanente, mientras transcurra el plazo de diez años, desde la fecha en que contrajeron matrimonio o la legalización de la unión de hecho.

2. Las hijas e hijos menores de dieciocho años, cuyos padres sean residentes temporales.

3. Las hijas e hijos mayores de edad que no estén emancipados y dependan de residentes temporales, cuando adolezcan de alguna discapacidad o enfermedades catastróficas o degenerativas, debidamente calificado por la autoridad competente, que les imposibilite mantenerse por sí mismos.

4. Los adultos mayores con discapacidad o enfermedades catastróficas o degenerativas, debidamente calificados por la autoridad nacional competente, padre o madre de un residente permanente o temporal y que sean sus dependientes.

5. Cónyuge o conviviente, hijos menores de edad, hijos no emancipados o adultos mayores que tengan alguna discapacidad o enfermedad catastrófica o degenerativa que dependan de las personas calificadas como residentes temporales.

¿A quién está dirigido?

Persona naturales que cumplan con algunos de los siguientes criterios:

  1. Personas que tienen un permiso para trabajar en la provincia de Galápagos.
  2. Cónyuge o conviviente de un residente temporal
  3. Hijos e hijas menores de edad
  4. Hijos e hijas mayores de edad que no estén emancipados y dependan de residentes temporales cuando adolezcan de una discapacidad o enfermedades catastróficas degenerativas.
  5. Servidores públicos con contrato de servicios ocasionales o profesionales con gestión de empleo
  6. Representantes legales de empresas legalmente domiciliadas en la provincia de Galápagos.
  7. Empleados privados de empresas legalmente domiciliadas en la provincia de Galápagos en relación de dependencia por un lapso de hasta un año.
  8. Personal de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional (cónyuge o conviviente e hijos menores de edad).
  9. Personas con discapacidad dependientes del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
  10. Investigadores científicos
  11. Voluntarios y becarios
  12. Científicos
  13. Padres de residentes que tengan una discapacidad o enfermedad catastrófica que justifique no tener ningún familiar en el Ecuador continental que cuide de ellos.
  14. Profesionales médicos que deben prestar un servicio obligatorio rural.
  15. Ministros de cultos religiosos o de órdenes religiosas reconocidas por el Estado ecuatoriano (su cónyuge e hijos menores de edad)
  16. Ciudadanos y funcionarios que intervengan en procedimientos de contratación pública de obras, bienes y servicios.

Dirigido a: Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Calificacion y credencializacion de residencia temporal

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Para el trámite de Credencialización:

Requisito General:
1. Comprobante de depósito para la credencial.

Para Primera Vez:
1. Adjuntar formato de solicitud de calificación firmado por el auspiciante  (Descargar página web CGREG).
2. Registro del trámite a través de la página web del CGREG.  
3. Contar en el Registro Civil como ciudadano ecuatoriano (extranjeros).
4. Presentación de credencial de residencia original del auspiciante.  

Para renovación:
1. Entrega de credencial de residencia caducada.

Por pérdida:
- Formulario de constancia de pérdida de documentos en la página del Consejo de Judicatura

Por deterioro:
- Entrega física de la credencial deteriorada.

Formatos y anexos

  • Carnetización
    Residentes Temporales Renovación de residencias temporales

¿Cómo hago el trámite?

Para solicitar el trámite en línea ir a: https://siiws.gobiernogalapagos.gob.ec/siicgg_web/ 

Para solicitar usuario y clave de acceso al sistema, solicitar por correo a: cindy.aguayo@gobiernogalapagos.gob.ec

Para solicitar el trámite de forma presencial:

Solicitar usuario y clave para el sistema Informático Integral SIICGG

  1. Generar trámite el sistema Informático Integral SIICGG.
  2. Ingresar documentación de respaldo
  3. Recibir respuesta del trámite
  4. Depositar el valor correspondiente al tipo de credencial a obtener
  5. Tomar turno para obtener la credencial de residencia en el módulo de Atención al Usuario de Residencia.
  6. Realizar el curso de inducción (sólo mayores de 12 años)
  7. Presentar cédula y papeleta de depósito para trámite de credencialización.
  8. Recibir credencial de residencia temporal.

Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite de calificación de residencia no tiene costo.

Una vez aprobada la solicitud de residencia temporal el ciudadano podrá realizar su credencialización.

Los valores a cancelar por la credencialización de residencia temporal son:

USUARIO Primera Vez Renovación Reposición
Personas que tienen un permiso para trabajar en Galápagos $ 43 $ 43 $ 15
Cónyuge o conviviente de residente temporal $ 43 $ 43 $ 15
Hijos e hijas menores de edad y para hijas (os) mayores de edad que no estén emancipados y dependan de residentes temporales, cuando adolezcan de una discapacidad o enfermedades catastróficas degenerativas de residente temporal $ 43 $ 43 $ 15
Servidores públicos que se encuentren cumpliendo sus servicios por más de 90 días, mientras duren sus funciones- sin gestión de empleo $ 43 $ 43 $ 15
Servidores públicos con contrato de servicios ocasionales o profesionales- con gestión de empleo $ 43 $ 43 $ 15
Representantes legales de empresas legalmente domiciliadas en la provincia de galápagos $ 43 $ 43 $ 15
Empleados privados de empresas legalmente domiciliadas en la provincia de galápagos en relación de dependencia por un lapso de hasta un año $ 43 $ 43 $ 15
Personal de las fuerzas armadas y policía nacional (cónyuge o conviviente e hijos menores de edad) $ 6 $ 6 $ 15
Dependientes con discapacidad del personal de las fuerzas armadas y policía nacional $ 6 $ 6 $ 15
Investigadores Científicos $ 43 $ 43 $ 15
Voluntarios y Becarios $ 43 $ 43 $ 15
Científicos $ 43 $ 43 $ 15
Padres de residentes con discapacidad o enfermedad catastrófica que justifiquen no tener ningún familiar en el ecuador continental que cuide de ellos $ 43 $ 43 $ 15
Profesionales médicos que deben prestar un servicio obligatorio rural $ 6 $ 6 $ 15
Ministros de cultos religiosos o de órdenes religiosas reconocidas por el estado ecuatoriano (su cónyuge e hijos menores de edad) $ 43 $ 43 $ 15
Ciudadanos y funcionarios que intervengan en procedimientos de contratación pública de obras, bienes o servicios $ 43 $ 43 $ 15

El ciudadano deberá depositar el valor a la cuenta corriente Nro. 7260466, código Nro. 140204 del Banco del Pacífico a nombre del Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Horario de Atención de lunes a viernes de 07h30 a 15h30

SAN CRISTÓBAL
Dirección: Av. Perimetral - Proyecto Chatam

SANTA CRUZ:
Dirección Cantonal: Karl Angermeyer e Islas Duncan

ISABELA:
Dirección: Vía al aeropuerto junto a la antigua gasolinera.

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La vigencia de la credencial de residencia temporal durará:

Cinco años o fracción inferior a cinco años: Para Matrimonios luego del ll-jun-2015. Temporales cónyuge de residente permanentes (Art. 41-1)* , Hijos residentes temporales (Art. 41-2)**, Adultos mayores 41-10 de la LOREG y artículo 29 de este Reglamento ***.
Un año o fracción de un año: Para Hijos mayores de edad (Art. 41-3), Servidores públicos (Art. 41-4) , Representantes legales (Art. 41-5), Trabajadores en relación de dependencia (Art. 45-5), Actividad castrense y sus dependientes (Art. 41-6), Actividades de investigación (Art. 41-7), Voluntarios y becarios (Art. 41-8) y Científicos 41-9, Profesionales Sanitarios Rurales (Art. 41-11),  Ministros de cultos y órdenes religiosas (Art. 41-12) y Padres de residentes temporales****

*  Hasta cumplir el plazo establecido de 10 años. 
** La calificación y la credencial se otorgarán únicamente a los hijos menores de edad.
*** La credencial tendrá vigencia de 5 años y renovaciones por el mismo lapso.
****Padres de residentes temporales

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Erick Suarez

Email: tramite.sancristobal@gobiernogalapagos.gob.ec

Teléfono: 053706290 - 053706329 EXT. 3096

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2023-01 0 872
2 2023-02 0 447
3 2023-03 0 813
4 2023-04 0 882
5 2023-05 0 1096
6 2023-06 0 1119
7 2023-07 0 1341
8 2023-08 0 1367
9 2023-09 0 1201
10 2023-10 0 1160
11 2023-11 0 1363
12 2023-12 0 1537
13 2022-01 0 566
14 2022-02 0 538
15 2022-03 0 714
16 2022-04 0 551
17 2022-05 0 529
18 2022-06 0 438
19 2022-07 0 506
20 2022-08 0 686
21 2022-09 0 899
22 2022-10 0 547
23 2022-11 0 554
24 2022-12 0 674
25 2021-01 0 657
26 2021-02 0 206
27 2021-03 0 452
28 2021-04 0 379
29 2021-05 0 414
30 2021-06 0 488
31 2021-07 0 173
32 2021-08 0 293
33 2021-09 0 445
34 2021-10 0 207
35 2021-11 0 173
36 2021-12 0 230
37 2020-01 0 0
38 2020-02 0 1045
39 2020-03 0 402
40 2020-04 0 0
41 2020-05 0 0
42 2020-06 0 95
43 2020-07 0 426
44 2020-08 0 991
45 2020-09 0 551
46 2020-10 0 370
47 2020-11 0 600
48 2020-12 0 3164
49 2019-11 0 769
50 2019-12 0 770
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Fecha de última actualización: 2022/03/11

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