Trámite orientado a la obtención del certificado de reinscripción de la notificación sanitaria de Alimenticios Procesados de fabricación nacional y extranjera. Se otorgará siempre y cuando la solicitud de reinscripción se presente dentro de los 90 (NOVENTA) días previos al vencimiento de la respectiva notificación sanitaria.
Notificación sanitaria.- Es la comunicación en la cual el interesado informa a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria - ARCSA, Doctor Leopoldo Izquieta Pérez bajo declaración juramentada, que comercializará en el país un alimento procesado, fabricado en el territorio nacional o en el exterior cumpliendo con condiciones de calidad, seguridad e inocuidad.
En el caso que no se haya solicitado la reinscripción de la notificación sanitaria y haya vencido la vigencia de la misma, se deberá iniciar un nuevo proceso de obtención del certificado de la notificación sanitaria, cancelando el importe correspondiente y se asignará un nuevo número de notificación sanitaria. El usuario no podrá acogerse a lo establecido en el capítulo para agotamiento de etiquetas
Nota: En el caso de notificaciones sanitarias obtenidas por el método simplificado, la reinscripción se realizara en las coordinaciones zonales de acuerdo a lo establecido en el Instructivo Proceso Simplificado de Obtención del Certificado de Notificación Sanitaria para Alimentos Procesados en Coordinaciones Zonales. Disponible en https://www.controlsanitario.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/06/IE-B.3.1.1-ALI-01_NS-SIMPLIFICADA-DE-ALIMENTOS_V2.0.pdf
El beneficiario del trámite Otorgamiento de Reinscripción de la Notificación Sanitaria de Alimentos Procesados Nacionales y Extranjeros, podrá ser toda razón social que cuente con Registro Único de Contribuyentes (RUC) de persona natural ó jurídica, nacional o extranjera, privada
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Certificado de Reinscripción de la Notificación Sanitaria de Alimenticios Procesados Nacionales y Extranjeros
La reinscripción de la notificación sanitaria de un alimento procesado se debe realizar dentro de los noventa (90) días previos al vencimiento de la misma; no se receptarán solicitudes de reinscripción previo al tiempo establecido.
Para realizar las reinscripciones de la notificación sanitaria de alimentos procesados de fabricación nacional y extranjera, el titular de la notificación sanitaria (solicitante) debe realizar la solicitud de reinscripción a través de la VUE.
Los alimentos procesados que cuenten con su respectiva notificación sanitaria y que durante su periodo de vigencia no hubieren sido objeto de suspensión por parte de la Autoridad Sanitaria, la reinscripción de la notificación sanitaria se realizará una vez presentada la solicitud de reinscripción a través de la VUE y cancelado el valor del importe por reinscripción.
En línea
El Titular de la Notificación Sanitaria debe ingresar la solicitud, para lo cual debe seguir los siguientes pasos:
1.- Ingresar al portal web de la VUE, para lo cual debe:
- Ingresar al Portal Web ECUAPASS, a través de la dirección electrónica https://ecuapass.aduana.gob.ec/
- Llenar los campos correspondientes a ID. Usuario / Contraseña
- Dar clic en el botón INICIAR SESIÓN.
- Hacer clic en el link VUE
2.- Seleccionar Elaboración de Solicitud.
3.- Seleccionar Documentos de Acompañamiento.
4.- Seleccionar Listado de Documento de Acompañamiento.
5.- Llenar los siguientes campos, seleccionando las opciones de las listas desplegables:
- Institución: ARCSA– Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria.
- Documento: Seleccionar de la lista desplegable, el documento [129-AL-001-REQ-02] Solicitud de Reinscripción de Notificación Sanitaria de Productos Alimenticios
6.- Seleccionar la opción Consultar.
7.- Una vez que aparezca el documento en el listado, seleccionar el mismo (se torna celeste)
8.- Seleccionar la opción Solicitar, ubicada en la parte inferior derecha de la pantalla, para acceder al formulario.
9.- Generar el número de solicitud: Una vez seleccionado el formulario según proceso mencionado anteriormente se genera el número de solicitud, haciendo clic en la opción Consultar
10.- Al seleccionar la opción Consultar se obtiene el número de trámite. Con este número el usuario podrá realizar el seguimiento de la solicitud.
11.- Llenar los campos solicitados en el formulario.
12.- Se ingresa el *Número de Notificación Sanitaria, *Origen del Producto y se selecciona la opción Búsqueda
13.- Escoger la opción Ver borrador en la parte inferior, para revisar la solicitud y verificar los datos ingresados.
14.- Una vez revisado el formulario, hacer clic en el botón Registrar, para que la solicitud sea enviada a la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (en el sistema ECUAPASS debe cambiar el estado de solicitud enviada a receptada). Para realizar ésta operación se debe firmar electrónicamente el documento, mediante el uso del TOKEN respectivo.
15.- Verificar que el estado del procesamiento de su solicitud se encuentre como: “Solicitud Receptada”
NOTA. Cuando la solicitud se encuentra en este estado de “Solicitud Receptada”, significa que el trámite ha sido receptado en el sistema interno de la agencia, caso contrario el trámite no ha sido receptado. Por este motivo se sugiere que las solicitudes se ingresen a tiempo, a fin de evitar posibles inconvenientes que se pudieran presentar por problemas con la conexión de red, etc.
16.- La solicitud será revisada por la ARCSA y de ser necesario se notificará la subsanación para corrección de información en la misma, mediante el sistema ECUAPASS
17.- El Usuario deberá subsanar la solicitud con las correcciones solicitadas mediante el sistema ECUAPASS, en el caso de haber recibido objeciones.
18.- Un vez aprobada la solicitud, el Titular de la Notificación Sanitaria, podrá consultar su Certificado de Reinscripción de Notificación Sanitaria de Alimentos de procesados nacionales y extranjeros, a través del portal web ECUAPASS, ingresando el Número de Solicitud.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
Los importes a cobrarse por la emisión de certificados de reinscripciones o renovaciones, darán lugar al pago del 20% del importe fijado de Notificación Sanitaria.
Las tasas vigentes las puede descargar aquí
ARCSA Planta Central (Ciudadela Samanes, Av. Francisco de Orellana y Av. Paseo del Parque, Parque Samanes, Bloque 5, Guayaquil - Ecuador). Código Postal: 090703.
De lunes a viernes 08h00 a 17h00.
9 Coordinaciones Zonales (https://www.controlsanitario.gob.ec/contacto/).
La vigencia del certificado de la notificación sanitaria nacional tiene una vigencia de 5 años
Contacto: Dirección de Atención al Usuario
Email: atencionalusuario@controlsanitario.gob.ec
Teléfono: 043727440
Art. 46.- La reinscripción de la notificación sanitaria de un alimento procesado se debe realizar dentro de los noventa (90) días previos al vencimiento de la misma; no se receptarán solicitudes de reinscripción previo al tiempo establecido.
Art. 47.- Para realizar las reinscripciones de la notificación sanitaria de alimentos procesados de fabricación nacional y extranjera, el titular de la notificación sanitaria (solicitante) debe realizar la solicitud de reinscripción a través de la VUE.
Art. 48.- Los alimentos procesados que cuenten con su respectiva notificación sanitaria y que durante su periodo de vigencia no hubieren sido objeto de suspensión por parte de la Autoridad Sanitaria, la reinscripción de la notificación sanitaria se realizará una vez presentada la solicitud de reinscripción a través de la VUE y cancelado el valor del importe por reinscripción.
Art. 49.- En el caso que no se haya solicitado la reinscripción de la notificación sanitaria y haya vencido la vigencia de la misma, se deberá iniciar un nuevo proceso de obtención del certificado de la notificación sanitaria, cancelando el importe correspondiente y se asignará un nuevo número de notificación sanitaria. El usuario no podrá acogerse a lo establecido en el capítulo para agotamiento de etiquetas
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2025-01 | 0 | 584 |
2 | 2025-02 | 0 | 509 |
3 | 2025-03 | 0 | 505 |
4 | 2024-01 | 0 | 382 |
5 | 2024-02 | 0 | 391 |
6 | 2024-03 | 0 | 365 |
7 | 2024-04 | 0 | 436 |
8 | 2024-05 | 0 | 476 |
9 | 2024-06 | 0 | 470 |
10 | 2024-07 | 0 | 373 |
11 | 2024-08 | 0 | 365 |
12 | 2024-09 | 0 | 523 |
13 | 2024-10 | 0 | 495 |
14 | 2024-11 | 0 | 343 |
15 | 2024-12 | 0 | 434 |
16 | 2023-01 | 0 | 455 |
17 | 2023-02 | 0 | 296 |
18 | 2023-03 | 0 | 421 |
19 | 2023-04 | 0 | 332 |
20 | 2023-05 | 0 | 540 |
21 | 2023-06 | 0 | 303 |
22 | 2023-07 | 0 | 186 |
23 | 2023-08 | 0 | 411 |
24 | 2023-09 | 0 | 295 |
25 | 2023-10 | 0 | 195 |
26 | 2023-11 | 0 | 300 |
27 | 2023-12 | 0 | 200 |
28 | 2022-01 | 0 | 304 |
29 | 2022-02 | 0 | 342 |
30 | 2022-03 | 1 | 487 |
31 | 2022-04 | 0 | 284 |
32 | 2022-05 | 0 | 346 |
33 | 2022-06 | 0 | 309 |
34 | 2022-07 | 0 | 327 |
35 | 2022-08 | 0 | 367 |
36 | 2022-09 | 0 | 262 |
37 | 2022-10 | 0 | 315 |
38 | 2022-11 | 0 | 322 |
39 | 2022-12 | 0 | 350 |
40 | 2021-01 | 3 | 239 |
41 | 2021-02 | 0 | 227 |
42 | 2021-03 | 0 | 248 |
43 | 2021-04 | 2 | 227 |
44 | 2021-05 | 1 | 209 |
45 | 2021-06 | 0 | 381 |
46 | 2021-07 | 0 | 216 |
47 | 2021-08 | 0 | 225 |
48 | 2021-09 | 0 | 265 |
49 | 2021-10 | 0 | 316 |
50 | 2021-11 | 0 | 233 |
51 | 2021-12 | 0 | 215 |
52 | 2020-09 | 0 | 307 |
53 | 2020-10 | 0 | 198 |
54 | 2020-11 | 0 | 7 |
55 | 2020-12 | 0 | 239 |
Fecha de última actualización: 2023/08/23