Servicio orientado a la autorización de uso de las instalaciones de Autoridad Portuaria de Guayaquil, ubicadas en Data-Villamil, por parte los prácticos. Los profesionales de practicaje mediante esta autorización puedan hacer uso de la infraestructura de la casa de prácticos para hospedaje, los muelles fijo y flotante para el embarque y desembarque, las lanchas de transporte y las comunicaciones, a efectos de que dichos profesionales presten el servicio de practicaje a los buques que ingresan y salen de la jurisdicción de Autoridad Portuaria de Guayaquil.
Trámite orientado a autorizar a los prácticos el uso de las instalaciones existentes en Data - Villamil, la infraestructura de la Casa de Prácticos para hospedaje, los muelles fijo y flotante para el embarque y desembarque, las lanchas de transporte y las comunicaciones, a efectos de que dichos profesionales presten el servicio de practicaje a los buques que ingresan y salen de la jurisdicción de Autoridad Portuaria de Guayaquil.
Agencias Navieras y Armadores, representantes de Buques.
Profesionales presten el servicio de practicaje a los buques que ingresan y salen de la jurisdicción de Autoridad Portuaria de Guayaquil.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública.
autorización de ingreso
Solicitud de Autorización de uso de Facilidades en Data-Villamil. Emisor del Requisito APG - Autoridad Portuaria de Guayaquil.
1. La Agencia Naviera o Armador representante del buque mediante página web http://admin.apg.gob.ec/ ó correo electrónico superintendentes@apg.gob.ec, genera la solicitud para que el práctico contratado pueda utilizar las instalaciones existentes en Data-Villamil.
2. Usuario recibe aprobación mediante correo electrónico.
Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web).
El trámite no tiene costo
-Unidad responsable: Dirección de Gestión de Seguridad Operativa
- Correo electrónico: superintendentes@apg.gob.ec
- Teléfono de contacto: (+593)42012000 ext. 210
- Horario de atención: LUN - VIE 08:00 - 16:30
Solo para la fecha solicitada.
La prestación de servicios portuarios y otras actividades que se realicen en todas las entidades portuarias o sus delegatarios, terminales portuarios habilitados y/o facilidades portuarias privadas autorizadas a operar en tráfico nacional y/o internacional, solo podrán ser tramitadas por los operadores portuarios y agencias navieras con matrícula para operar como tal, los que deberán observar las disposiciones de la presente normativa, así como de los Reglamentos de Operaciones o su equivalente, de cada una de ellas.
Para dar el servicio de practicaje a una nave que arriba y solicita tránsito de entrada, el práctico se reportará en la estación de Data o de Puná, 01 (una) hora antes de la hora de paso de la nave por la boya de mar o Punta Mandinga, respectivamente. Ninguna nave pasará la boya de mar o punta Mandinga si el práctico no se encuentra en la estación respectiva.
# | Año-Mes | Volumen de Quejas | Volumen de Atenciones |
---|---|---|---|
1 | 2021-01 | 0 | 571 |
2 | 2021-02 | 0 | 522 |
3 | 2020-01 | 0 | 639 |
4 | 2020-02 | 0 | 549 |
5 | 2020-03 | 0 | 520 |
6 | 2020-04 | 0 | 385 |
7 | 2020-05 | 0 | 483 |
8 | 2020-06 | 0 | 419 |
9 | 2020-07 | 0 | 457 |
10 | 2020-08 | 0 | 442 |
11 | 2020-09 | 0 | 469 |
12 | 2020-10 | 0 | 512 |
13 | 2020-11 | 0 | 500 |
14 | 2020-12 | 0 | 552 |
15 | 2019-01 | 0 | 696 |
16 | 2019-02 | 0 | 599 |
17 | 2019-03 | 0 | 693 |
18 | 2019-04 | 0 | 589 |
19 | 2019-05 | 0 | 653 |
20 | 2019-06 | 0 | 587 |
21 | 2019-07 | 0 | 581 |
22 | 2019-08 | 0 | 578 |
23 | 2019-09 | 0 | 547 |
24 | 2019-10 | 0 | 563 |
25 | 2019-11 | 0 | 645 |
26 | 2019-12 | 0 | 544 |
Fecha de última actualización: 2021/08/13