Tramite orientado a otorgar la Habilitación vehicular para transporte por cuenta propia de personas, a través de las direcciones provinciales a nivel nacional, mediante la cual se habilita a vehículos en las por cuenta propia.
Persona mayor a 18 años de edad, que desee obtener el trámite. Existen los siguientes tipos de beneficiarios:
- Persona jurídica: persona sujeta a derechos y obligaciones de una empresa, pueden ser privadas o públicas.
- Persona natural: responsable personalmente de las deudas y obligaciones de una empresa, pueden ser ecuatorianos o extranjeros.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución de habilitación de vehículo para cuenta propia
1. Formulario de Habilitación para la Prestación del Servicio de Transporte por Cuenta Propia, en el formato establecido y publicado en la página web de la ANT;
2. Comprobante de pago de valores, de habilitación para la Prestación del Servicio de Transporte por Cuenta Propia, de acuerdo al tarifario vigente, mismo que es por vehículo;
3. Copia simple y actualizado del Registro único de Contribuyente, a nombre de la persona natural o jurídica que solicita la Autorización de Operación para la Prestación del Servicio de Transporte por Cuenta Propia, en el que se verificará su actividad comercial;
4. Para el caso de personas jurídicas, debe presentar copia simple del nombramiento del representante legal debidamente registrado en el ente competente;
5. Copia de la matrícula, factura o contrato de compra y venta debidamente registrada a nombre de la persona natural o jurídica que solicita la Autorización de Operación para la Prestación del Servicio de Transporte por Cuenta Propia.
6. En el caso de los vehículos que vayan a transportar alimentos, productos agrícolas, medicina o similares, deberán estar equipados de conformidad con las buenas prácticas de manufactura conforme a la Ley Orgánica de Salud y su normativa técnica (vehículos con refrigeración). Por lo que deberá anexar el respectivo justificativo de cumplimiento de este requisito.
7. La persona natural o jurídica, así mismo como los vehículos a ser habilitados, no deberán tener deudas pendientes por conceptos de multas de tránsito.
8. Tres guías de remisión y tres lacturas de venta de los últimos seis meses diferentes) del producto y/o servicio a ofertar, emitidos por la persona natural o jurídica.
8. Que las actividades comerciales exclusivas, se encuentran descritas como actividades económicas principales y/o secundarias en el Registro único de Contribuyentes (RUC).
9. Que el/los vehículos a habilitarse dentro de una Autorización de Operación para la Prestación del Servicio de Transpo(e por cuenta propia deben estar concordantes con el giro del negocio acorde a las actividades comerciales de la persona natural o jurídica requirente,
10. Que los vehículos a habilitarse dentro de una Autorización de Operación para la Prestación de Servicios de Transporte Por cuenta propia deben estar homologados de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Homologación Vehicular;
11. Que elllos vehículos dispongan de matrícula vigente, según el cuadro de calendarización vigente, excepto para vehículos nuevos que son habilitados con factura;
12. Que el/los vehículos dispongan de revisión técnica vehicular vigente, según el cuadro de calendarización vigente, excepto para vehículos nuevos, considerando las excepciones de revisión técnica vehicular de conformidad con el artículo 30g del Reglamento General de Aplicación a la LOTTTSV;
13. Que el/los vehículos, persona natural o representante legal no tengan deudas pendientes por concepto de infracciones de tránsito sancionadas por los organismos de control de tránsito competentes;
14. Para los vehículos con una capacidad de más de 3.5 toneladas, que no registren valores pendientes con el Ministerio de Transporte y Obras públicas, por concepto de tasas por la emisión de certificados de operación regular, referente a las especificaciones técnicas de pesos y dimensiones.
PROCESO PRESENCIAL:
Entregar los documentos habilitantes (requisitos) en el módulo de recepción de documentos.
Esperar la respuesta de la solicitud (aprobación o negativa), a través del Sistema de Gestión Documental Quipux.
Canales de atención: Presencial.
El costo del trámite tiene un valor de 115 USD No grava IVA + valor de comisión del banco.
Costo obtenido mediante el cuadro tarifario 2024 (Resolución Nro. 025-DIR-2023-ANT).
El costo es por vehículo a ser habilitado
ANT direcciones provinciales:
Horario de atención: Lunes a viernes de 8h00 a 16h30
Vigencia: La misma vigencia de la autorización
Contacto: Agencia Nacional de Tránsito - Contacto Ciudadano Digital (https://www.contactociudadano.gob.ec/)
Teléfono: 023828890Resoluciones de Directorio
079-DIR-2020-ANT "Reglamento para la emisión de autorización de operación para el servicio de transporte por cuenta propia" - 16/12/2020
018-DIR-2022-ANT - Reglamento para la optimización, actualización y simplificación de trámites regulados por la Agencia Nacional de Tránsito - 28/06/2022
Fecha de última actualización: 2024/09/12