Proceso orientado a la regulación, supervisión y control de todas las actividades económicas que se llevan a cabo dentro de la jurisdicción del cantón, con el objetivo de garantizar que dichas actividades se desarrollen en cumplimiento de las normativas legales, ordenanzas municipales y disposiciones técnicas vigentes, promoviendo así un entorno ordenado, formal y sostenible para el desarrollo económico local.
Trámite obligatorio para personas naturales y jurídicas, para el ejercicio de las actividades económicas, profesionales o de servicios en el Cantón Rumiñahui, autorizando el funcionamiento de sus establecimientos en razón de haber cumplido con los requisitos exigidos, de acuerdo a su categoría, inspecciones y controles realizados por las entidades del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Licencia Única de funcionamiento
1. Solicitud que debe ser descargada de la página http://pagos.ruminahui.gob.ec/portal/
2. En el caso de personas naturales, la copia de cédula y en el caso de personas jurídicas, la copia del nombramiento y la cédula del Representante Legal
3. Copia del RUC y Certificado de Establecimiento Registrado
4. Informe con Compatibilidad de Uso de Suelo vigente
5. Levantamiento planimétrico o planos arquitectónicos (aforo interno > 20 personas y aforo externo <= 49 personas)
6. Estudio estructural (bares, karaokes, discotecas o actividades que la construcción sea de dos o más plantas)
7. Permiso ambiental obtenido a través del SUIA según corresponda: Registro Ambiental, Licencia Ambiental o respaldo de encontrarse realizando el trámite en la actualidad
8. En el caso de Registro Ambiental: presentación de seguimiento de PMA y/o documentos de respaldo de la gestión ante la autoridad
9. En el caso de Licencia Ambiental: presentación de términos de referencia, auditorías ambientales y/o documentos de respaldo de la gestión ante la autoridad
10. Documento recibido por el CBR de la Fe de presentación del plan de emergencia (en caso de aplicar)
11. Copia del Certificado de Registro Turístico (en caso de aplicar)
12. Diseño de aislamiento acústico acompañado de un certificado suscrito por el profesional que realizó el mencionado diseño (bares, karaokes, discotecas, clubes nocturnos, salas de eventos)
13. Cuadro de identificación de amenazas (aforo > 20 personas)
14. Procedimiento establecido por la EPMFCR (en caso de aplicar)
15. Contrato de arrendamiento registrado por la Municipalidad (en caso de aplicar)
1. Ingreso de documentación habilitante (requisitos)
2. Recibe la respuesta
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Balcón de Servicios ubicado en la calle Montúfar 251 y Espejo, cabecera Cantonal del GADMUR
Horario de atención: De lunes a viernes de 07:00 a 16:00 horas
La Licencia Única de Funcionamiento, tendrá una vigencia de DOS AÑOS fiscales, contados desde el primero de enero hasta el treinta y uno de diciembre del año correspondiente, en ningún caso se renovará automáticamente.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui, tiene como atribución otorgar, suspender, modificar o revocar las Licencias Únicas de Funcionamiento; así como, regular la ubicación y condiciones de funcionamiento de los establecimientos obligados a la obtención de la Licencia Única de Funcionamiento correspondiente.
Muy pronto éste trámite lo podrá realizar en línea, a través de la plataforma Municipal del GADMUR.
Contacto: Balcón de Servicios
Email: tramites.ciudadanos@ruminahui.gob.ec
Teléfono: 2998-300 ext. 2065
Código Orgánico de Organización Territorial, COOTAD Registro Oficial Suplemento No 303, 19 de octubre 2010. Art. 54 literal g)
Art. 54.- Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes:
g) Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas y empresas comunitarias de turismo
Fecha de última actualización: 2025/08/08