Trámite orientado a la emisión de la matrícula vehicular por cambio de tipo de servicio, aplicable a vehículos cuyo uso ha sido modificado (por ejemplo, de particular a comercial o institucional), conforme a la normativa vigente en materia de tránsito.
Los beneficiarios del trámite son todas las personas que posean un vehículo de servicio y requieran realizar el cambio a servicio público o comercial enmarcados en el cumplimiento de la normativa vigente de transporte terrestre.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Matricula
1. Matrícula
2. Cédula
3. Papeleta de votación
4. Pago SRI Matricula
5. Pago fondo vial de pichincha
6. Pago rodaje
7. Pago adhesivo *Pago Tasa municipal
8. Pago de especie
9. Pago por cambio de color
10. Aprobación Revisión Técnica Vehicular
11. Certificado de improntas
12. Resolución Administrativa de Titulos Habilitantes (cambio de servicio - permiso de operación- licencia profesional conductor)
No aplica
1. Ingreso de la documentación habilitante (requisitos) en la ventanilla correspondiente para dar inicio al trámite.
2. Recepción de la respuesta por parte de la autoridad competente, una vez revisada la documentación ingresada.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
1. Matrícula - No tiene costo
2. Cédula - No tiene costo
3.Papeleta de votación - No tiene costo
4. Pago SRI Matricula - 1% transferencia de dominio - Costo en relación al tipo de vehículo
5. Pago fondo vial de pichincha - $18.00 vehículos particulares - $20.5 vehículos públicos
6. Pago rodaje - Costo de acuerdo al avalúo del vehículo
7. Pago adhesivo - $6.80
8. Pago Tasa municipal - $3.80 vehículos livianos - $ $5.80 vehículos pesados - $2.80 motocicletas
9. Pago de especie - $23.80
10. Pago por cambio de color - $ 9.80
11. Aprobación Revisión Técnica Vehicular - Costo RTV
12. Certificado de improntas - Costo RTV
13. Resolución Administrativa de Titulos Habilitantes (cambio de servicio - permiso de operación- licencia profesional conductor)- Costo Títulos Habilitantes
Dirección de Movilidad y Transportes- Centro de Revisión Técnica Vehicular del cantón Rumiñahui - Calle A y
Av.General Enriquez
De lunes a viernes de 07:30 a 16:00 horas
Contacto: Aurora Andrea Santy Sáenz de Viteri
Email: andrea.santy@ruminahui.gob.ec
Teléfono: 022998300 Ext. 4030
Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad Vial Art. 103 - Art. 104 - Art. 105 y Reglamento de Procedimientos Requisitos Para la Matriculación Vehicular
Art. 103.- La matrícula será emitida en el ámbito de sus competencias por la Agencia Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, sus Unidades Administrativas o por los GADs, previo el pago de las tasas e impuestos correspondientes y el cumplimiento de los requisitos previstos en el Reglamento. El documento que acredite el contrato de seguro obligatorio para accidentes de tránsito, será documento habilitante previo para la matriculación y circulación de un vehículo. Nota: Artículo sustituido por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 415 de 29 de Marzo del 2011 .
Art. 104.- La matrícula tendrá una duración de cinco años; cada año se cancelará los derechos y valores de tránsito asociados a cada vehículo, incluidos los valores en caso de haberlos que por concepto de multas hubieren sido sancionados por la autoridad competente. El pago de los valores por concepto de matriculación y la revisión será obligatoria y exclusiva de acuerdo al último dígito de la placa de identificación vehicular en el mes que señale el reglamento, en caso de que no lo hubiere hecho, podrá matricular el vehículo con la multa respectiva. Nota: Artículo sustituido por Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 415 de 29 de Marzo del 2011 .
Art. 105.- Para el transporte internacional por carretera los vehículos autorizados para prestar este servicio deberán contar con el Certificado de Habilitación del Vehículo, conforme los requisitos y procedimientos previstos en las normas de la Comunidad Andina de Naciones.
Fecha de última actualización: 2025/08/08