El trámite permite incorporar nuevas actividades que no fueron contempladas en el estudio ambiental aprobado, dentro de las áreas de estudio que motivó la emisión de la Licencia Ambiental; sirve para garantizar una adecuada y fundamentada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales de las nuevas actividades, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos ambientales y riesgos.
A todos los facilitadores ambiental (persona natural o jurídica), una vez finalizada la visita previa al área de influencia del proyecto, obra o actividad; deberá presentar el informe de planificación, documento que incluirá los medios de convocatoria y los mecanismos de participación ciudadana más adecuados en función de las características del proyecto, obra o actividad.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Resolución de aprobación o negación del Estudio Complementario de Impacto Ambiental
1. Descargar el formulario de la solicitud y llenarlo debidamente.
2. Ingresar la solicitud junto con los requisitos en la Ventanilla Universal Virtual en la página web institucional o a través de las ventanillas indicadas en la sección ¿Dónde y cuál es el el horario de atención?
3. Posteriormente, esperar la notificación de culminación del trámite a través del correo electrónico registrado, o efectuar el seguimiento del trámite, a través de la Ventanilla Universal Virtual.
Canales de atención: En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.
PAGO POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE REGULARIZACIÓN, CONTROL Y SEGUIMIENTO |
DERECHO ASIGNADO |
USD |
REQUISITO |
Revisión, calificación de inclusión a la Licencia Ambiental (Reevaluación, alcance, adéndum, estudios complementarios, actualización de estudios ambientales) |
1 x 1000 (uno por mil) sobre el costo del proyecto (respaldo) |
Mínimo USD 1000,00 |
Presentación de la protocolización del presupuesto estimado |
Este trámite se lo puede efectuar a través de los siguientes canales de atención:
Fecha de última actualización: 2021/06/22