De conformidad con el Art. Art. 547 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, están obligados a obtener la patente y, por ende, el pago anual del impuesto de patente, las personas naturales, jurídicas, sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal o metropolitana, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales.
La patente municipal deberá obtenerse dentro de los treinta días siguientes al último día del mes en que se inician las actividades, o dentro de los treinta días siguientes al último día del año (mes de enero)
Las personas naturales, jurídicas, sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal o metropolitana, que ejerzan permanentemente actividades comerciales, industriales, financieras, inmobiliarias y profesionales.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
Obtención de la patente municipal
Obtención del permiso de funcionamiento
1. CERTIFICADO DE NO ADEUDAR AL GAD
2.SOLICITUD EN ESPECIE VALORADA
3. COPIA DEL PAGO DE IMP. PREDIAL
4. PERMISO DE CUERPO DE BOMBEROS
5. COPIA DE CEDULA DE IDENTIDAD
6.- COPIA DEL RUC
7. USO DE SUELO EN ESPECIE VALORADA
Las personas que obtienen por primera vez la Patente Municipal, deberán adquirir el formulario de declaración inicial de actividad económica y procederá a llenar todos los datos requeridos en dicho formulario.
Adjuntando todos los requisitos señalados, la documentación debe ser entregada en la ventanilla de Rentas del GAD Municipal, en donde se procederá al cálculo provisional del valor del impuesto de patente, sin perjuicio de la inspección o verificación por parte del municipio sobre el capital declarado.
Una vez determinado el valor a pagar, procederá a cancelar en la ventanilla de Recaudación y posteriormente retirará su patente municipal y su respectivo permiso de funcionamiento.
Para las personas no obligadas a llevar contabilidad y que deseen renovar su patente anual, deberá acercarse máximo hasta el 30 de junio de cada año, a partir de esa fecha se cobrarán las multas y recargos conforme la ordenanza municipal.
Para las personas obligadas a llevar contabilidad, la renovación se realizará cada año con la declaración del impuesto a la renta del año inmediato anterior, con los mismos plazos y multas.
Canales de atención: Presencial.
Oficina de Rentas Municipales
Atención de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas
El impuesto de Patente Municipal tiene una vigencia de un año, dentro del ejercicio fiscal correspondiente.
Contacto: Ing. Willians Muñoz
Email: eduardo.munoz@municipiopichincha.gob.ec
Teléfono: +593 95 910 2549
Fecha de última actualización: 2025/02/12