Permisos de Construcción

Definición de edificación con normativa. - Es toda construcción a realizarse en suelo urbano, urbanizable y no urbanizable (éste último mediante vivienda agrícola siempre que la pendiente y la regulación del uso y ocupación del suelo lo permita). El cual se sujeta a los planos de zonificación del presente código y a las Normas de Arquitectura y Urbanismo.

¿A quién está dirigido?

Todos los usuarios que tengan aprobada la revisión de planos arquitectónicos y estructurales, para  una nueva construcción, reconstrucción o ampliación en edificaciones superiores a 30 m2 se requerirá la aprobación de planos arquitectónicos y estructurales por la Dirección de Planificación

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Si no cumple con lo establecido se negará la solicitud

Se notificará la aceptación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Planos aprobados de la edificación (arquitectónicos, estructurales y especiales en caso de ser necesario);
  • Formulario de revisión de planos para edificación (aprobado);
  • Formulario de permiso de construcción (RECAUDACIÓN);
  • Formulario INEC;
  • Certificado de inscripción patronal del profesional que realice la construcción de la edificación (Ley de Seguridad Social Título V);
  • Pago de la tasa municipal de aprobación de plano equivalente al 2 x 1000 del valor de la obra a ejecutarse;
  • Comprobante de depósito de la garantía (0.8% del costo total – superficie por costo de m2 de construcción) de fiel cumplimiento de los planos arquitectónicos y estructurales aprobados por el GADMM, equivalente a lo que establece la ordenanza de tasas vigente.

¿Cómo hago el trámite?

Se procede a calcular el valor de la garantía y a emitir los pagos por el permiso de construcción por el valor de la garantía de las construcciones que se realicen o se planifiquen en la circunscripción territorial del gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Mera.


Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

  • Pago de la tasa municipal de aprobación de plano equivalente al 2 x 1000 del valor de la obra a ejecutarse;
  • Comprobante de depósito de la garantía (0.8% del costo total – superficie por costo de m2 de construcción) de fiel cumplimiento de los planos arquitectónicos y estructurales aprobados por el GADMM, equivalente a lo que establece la ordenanza de tasas vigente.

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

Cantón Mera.- 08h00 a 16h30 (Ventanilla de servicios – Calle Salvador Moral).

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

6 meses

Contacto para atención ciudadana

Contacto: Lic. Carminia Quituizaca

Email: planificacion_mera@municipiomera.gob.ec

Teléfono: 032790141 Ext. 109


Fecha de última actualización: 2021/04/09