Está dirigido a personas naturales o jurídicas, propietarias de edificaciones o conjuntos inmobiliarios, que deseen someter sus construcciones al Régimen de Propiedad Horizontal para obtener la respectiva declaratoria y reglamento, conforme a la normativa vigente.
¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas propietarias de edificaciones, conjuntos habitacionales, edificios comerciales o mixtos que desean acogerse al Régimen de Propiedad Horizontal para regularizar, dividir o individualizar sus unidades inmobiliarias conforme a la ley.
Dirigido a:
Persona Jurídica - Privada, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Resolución administrativa y aprobación para legalización posterior
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
Para que una edificación sea sometida al Régimen de Propiedad Horizontal, deberá estar al día en el pago de los impuestos prediales y haber obtenido al respectivo Registro de Construcción.
Para nuevas edificaciones: Se presentará en la Secretaría General de la Municipalidad, los siguientes documentos:
- Solicitud dirigida al Alcalde, firmada por el propietario del predio, con copia de la Cédula de Ciudadanía.
- Certificado de pago de predios urbanos del año en curso.
- Tres (3) copias de planos arquitectónicos, en los que se determine las aéreas comunes y las aéreas privadas con su correspondiente desagregación.
- Original y tres (3) copias de la tabla de alícuotas, suscritas por un profesional de la ingeniería civil o arquitectura.
- Esa tabla debería aclarar las indicaciones de las aéreas comunes.
- Dos (2) juegos completos de planos arquitectónicos, estructurales, eléctricos y sanitarios aprobados y sellados por el organismo competente municipal, adjuntando el correspondiente Permiso de Construcción.
- Original y copia del informe del Departamento Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, en el que se certifique la aprobación de los planos referentes a estas instalaciones.
- Copia auténtica de la Escritura Pública de Propiedad del inmueble, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad del Cantón.
- Informe del Cuerpo de Bomberos del Cantón, en el que se certifique que la edificación cumple con las normas técnicas exigidas por la Ley Contra Incendios.
- Informes de la empresa eléctrica y de telefonía, en el que se certifique el cumplimiento de estas instancias.
Requisitos para edificaciones construidas con anterioridad a la promulgación de esta Ordenanza: se presentarán en La Secretaría General de la Municipalidad, los siguientes documentos:
- Solicitud dirigida al Alcalde, firmada por el propietario, con copia de Cédula de Identidad.
- Tres (3) copias de planos arquitectónicos, en los que se determinen las aéreas comunes y las aéreas privadas, con sus correspondientes linderos y dimensiones.
- Original y copia de la tabla de alícuotas firmadas por un ingeniero civil o arquitecto en las que se debe aclarar las incidencias de las aéreas comunes.
- Dos (2) juegos completos de planos arquitectónicos, estructurales, eléctricos y sanitarios aprobados por la municipalidad. En caso de la no existencia de planos aprobados de la edificación, el interesado deberá presentar únicamente los planos arquitectónicos, firmados y ejecutados por un arquitecto; así como un informe de las características estructurales del edificio firmado por un Ingeniero Civil.
- Original y copia del informe emitido por la dependencia municipal de agua potable y Alcantarillado, en el que se certifique el buen estado de las instalaciones de aprovisionamiento de agua y recolección de aguas servidas y lluvias.
- Certificado del año, de no adeudar al Municipio.
- Copia autentificada de la Escritura Pública de propiedad del inmueble, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad del Cantón.
- Informe del Cuerpo de Bomberos del Cantón, en el que se certifique que la edificación cumple con las normas técnicas exigidas por la Ley Contra Incendios.
- Informes de las empresas públicas eléctricas y telefónicas, en el que se certifique el buen estado de dichas instalaciones."
¿Cómo hago el trámite?
Una vez presentada toda la documentación, se emiten los informes técnicos por parte de Avalúos y Catastros, Planificación y Procuraduría Síndica.
Posteriormente, el Concejo Municipal evalúa y aprueba la solicitud mediante resolución administrativa.
Canales de atención:
Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
$50,00
¿Dónde y cuál es el horario de atención?
GAD. MUNICIPAL CRNEL MARCELINO MARIDUEÑA
¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?
Hasta que exista disposición contraria a la resolución emitida
Fecha de última actualización: 2025/07/11