TESTAMENTO

El trámite de inscripción de Testamento, consiste en inscribir la disposición de bienes que realiza una persona antes de su muerte, para sus herederos o legatarios.

Legatario: Es aquella persona particular, que adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia.

Heredero: Persona que recibe los bienes, el dinero o los derechos y obligaciones de una persona cuando esta muere.

¿A quién está dirigido?

Toda persona natural o jurídica, nacional o extranjero que esté en pleno goce de sus derechos de ciudadanía y que requiera ejercer su legítimo derecho de heredero o legatario de los bienes dejado por la persona fallecida mediante testamento.

 

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

INSCRIPCIÓN DEL TESTAMENTO

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  • Escritura de testamento.
  • Certificado de gravamen o Certificado de bienes otorgado por el Registro de la Propiedad del cantón donde se encuentra inscrito el bien.
  • Partida o certificado de defunción del testador.
  • Declaración del impuesto a la renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y donaciones; y su anexo, emitido y sellado por el Servicio de Rentas Internas, de cada heredero que comparece y por cada causante, con el respectivo comprobante de pago de dicho impuesto.
  • En el caso de encontrarse en alguna de las causales de exoneración o prescripción; presentar en lugar del requisito previsto en el inciso anterior, el certificado liberatorio por prescripción o exoneración respectiva

Requisitos Especiales:

 

  • En caso de solicitar el trámite en calidad de apoderado, debe contar con la carta de autorización debidamente suscrita.
  • En caso de bienes inmuebles Certificado de Gravamen o de bienes otorgado por el Registro de la Propiedad  y cartas de impuestos predial.
  • En casi de ser legatario se debe incluir el impuesto de alcabalas

¿Cómo hago el trámite?

CORREO INSTITUCIONAL: registro.propiedad.gadstalucia91@gmail.com

ATENCIÓN EN LAS OFICINAS-PRESENCIALMENTE 

HORARIOS :

LUNES A VIERNES: 08:00 AM-16:30 PM

 

TRÁMITE PRESENCIAL:

1. Dirigirse a las oficinas del Registro con los requisitos correspondientes del trámite a solicitar.

2. Realizar el pago en efectivo  en la ventanilla de atención ciudadana que se encuentra en los bajos del Gad Municipal de Santa Lucía.

3. Una vez inscrita la razón de inscripción, será notificada por medio de correo electrónico.

CORREO ELECTRÓNICO:

Enviar por email: registro.propiedad.gadstalucia91@gmail.com  todos los documentos pertinentes detallados en la pestaña “REQUISITOS” según corresponda.

NOTA: 1. El ciudadano que realice su trámite en línea y presencial, receptará observaciones y/o la razón de inscripción a través del correo electrónico que registró en los campos establecidos en la creación de usuario.


Canales de atención: Correo electrónico, En línea (Sitio / Portal Web / Aplicación web), Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

EL COSTO SE DEFINIRA SEGÚN LOS ACTOS REGISTRALES 

¿Dónde y cuál es el horario de atención?

OFICINAS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTIL

*HORARIO DE ATENCIÓN :  LUNES A  VIERNES 08:00 am -16:30 pm

*ESTAMOS UBICADOS EN EL CANTÓN SANTA LUCÍA 

*DIRECCIÓN: SEDE TEMPORAL INSTALACIONES DE LA EX ESCUELA ENRIQUE LOPEZ LASCANO. (AV.MANUEL ARMAS PALLO)

¿Cuál es la vigencia de lo emitido al completar el trámite?

La inscripción del Testamento tiene validez permanente, salvo resolución judicial o administrativa.

Contacto para atención ciudadana

Contacto: REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y MERCANTÍL SANTA LUCÍA

Email: registro.propiedad.gadstalucia91@gmail.com

Teléfono: 00000000

# Año-Mes Volumen de Quejas Volumen de Atenciones
1 2020-05 0 1
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Fecha de última actualización: 2021/06/09