Todo acontecimiento organizado con el fin de congregar a varias personas para presenciar una actuación, representación, exhibición o proyección de naturaleza artística cultural o deportivas, recreativa o en general cualquier actividad de esparcimiento, ocio y diversión ofrecida por empresarios actores, artistas o cualesquiera otros ejecutantes. Los eventos de concentración masiva se dividen en eventos micro, eventos meso, eventos macro, eventos mega.
Todas las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras que deseen realizar eventos de concentración masiva previa la revisión del plan de contingencias para eventos de concentración masiva.
Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.
TRAMITE REVISADO
· Solicitud de aprobación del plan de contingencia para eventos de concentración masiva (micro y meso), formato.
· Plan de contingencias, formato establecido por la dirección de Seguridad y Riesgos del GADMUR.
· Si requiere la ocupación de espacio público la autorización de la Dirección de Planificación Territorial del GADMUR.
· Si requiere la ocupación de la vía pública la autorización de la dirección de Movilidad y Transporte del GADMUR.
· Si el evento es en un local privado debe presentar la LUF o autorización de uso por parte del propietario.
La documentación deberá ser ingresada de manera física en la ventanilla de atención al ciudadano o mediante la ventanilla digital al correo electrónico: tramites@ruminahui.gob.ec de lunes a viernes.
Canales de atención: Presencial, Sistema de Gestión Documental Quipux (www.gestiondocumental.gob.ec).
El trámite no tiene costo
Lunes a viernes 07h30 - 13h00/ 13h30-16h00
Ventanilla de atención al ciudadano
El plazo de atención y respuesta es de 10 días laborables
La validez es hasta la ejecuci{on del evento de concentración masiva
ART 54.- p) Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los derechos de la colectividad;
ART 55.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado municipal.- Los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sinperjuicio de otras que determine la ley;
b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón;
ART 60.- Atribuciones del alcalde o alcaldesa.- Le corresponde al alcalde o alcaldesa:
r) Conceder permisos para juegos, diversiones y espectáculos públicos, en las parroquias urbanasde su circunscripción, de acuerdo con las prescripciones de las leyes y ordenanzas sobre la materia.Cuando los espectáculos públicos tengan lugar en las parroquias rurales, se coordinará con elgobierno autónomo descentralizado parroquial rural respectivo;
ART 84.- Funciones.- Son funciones del gobierno del distrito autónomo metropolitano:
o) Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial metropolitanacon el objeto de precautelar el desarrollo ordenado de las mismas;
ART 90.- Atribuciones del Alcalde o Alcaldesa Metropolitano.- Le corresponde al alcalde o alcaldesa metropolitano:
y) Conceder permisos para juegos, diversiones y espectáculos públicos, en el distrito de acuerdo conlas prescripciones de las leyes y ordenanzas sobre la materia;
ART 140 .- Ejercicio de la competencia de gestión de riesgos.- La gestión de riesgos que incluye lasacciones de prevención, reacción, mitigación, reconstrucción y transferencia, para enfrentar todas lasamenazas de origen natural o antrópico que afecten al territorio se gestionarán de manera concurrente y de forma articulada por todos los niveles de gobierno de acuerdo con las políticas y losplanes emitidos por el organismo nacional responsable, de acuerdo con la Constitución y la ley.
Los gobiernos autónomos descentralizados municipales adoptarán obligatoriamente normas técnicas para la prevención y gestión de riesgos en sus territorios con el propósito de proteger las personas,colectividades y la naturaleza, en sus procesos de ordenamiento territorial.
Fecha de última actualización: 2021/06/24